RESOLUCION N� 666-2013-CONAFU - Norma Legal Diario Oficial El Peruano
El Peruano
Jueves 23 de enero de 2014
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pronunciamiento respectivo, a fin de no afectar el normal
desarrollo de las actividades jurisdiccionales de la Cuarta
Sala Penal Para Procesos con Reos Libres de Lima, y del
D�cimo Quinto Juzgado Especializado en lo Civil de Lima
y disponer la incorporaci�n del doctor Jos� Luis Velarde
Acosta a esta Corte Superior de Justicia.
Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia,
es la m�xima autoridad administrativa de la sede
judicial a su cargo y dirige la pol�tica interna de su
Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente
servicio de administraci�n de justicia en beneficio
de los justiciables; y en virtud a dicha atribuci�n, se
encuentra facultado para designar y dejar sin efecto
la designaci�n de los Magistrados Provisionales y
Supernumerarios que est�n en el ejercicio del cargo
jurisdiccional.
Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3�
y 9� del art�culo 90� del Texto �nico Ordenado de la Ley
Org�nica del Poder Judicial,
SE RESUELVE:
Art�culo Primero: DESIGNAR a la doctora
LORENA TERESA ALESSI JANSSEN, Juez Titular
del 50� Juzgado Penal de Lima, como Juez Superior
Provisional, integrante de la Cuarta Sala Penal Para
Procesos con Reos Libres de Lima, a partir del 22 al
31 de enero del presente a�o, por la licencia del doctor
Quezada Mu�ante, quedando conformado el Colegiado
de la siguiente manera:
CUARTA SALA PENAL PARA PROCESOS CON REOS LIBRES
Dra. Mar�a Del Carmen Paloma Altab�s Kajatt
Presidente
Dra. Nancy Elizabeth Eyzaguirre G�rate
(T)
Dra. Lorena Teresa Alessi Janssen
(P)
Art�culo Segundo: DESIGNAR al doctor WOLFRAY
HUERTA ROBLES, como Juez Supernumerario del 50�
Juzgado Penal de Lima, a partir del 23 al 31 de enero
del presente a�o, por la promoci�n de la doctora Alessi
Janssen.
Art�culo Tercero: DISPONER LA INCORPORACI�N
del doctor JOS� LUIS VELARDE ACOSTA, como Juez
Titular del 15� Juzgado Especializado en lo Civil de Lima,
a partir del 23 de enero del presente a�o; debiendo
designar al magistrado que lo reemplazar� mientras dure
su designaci�n en la Oficina de Control de la Magistratura
(OCMA).
Art�culo Cuarto: DESIGNAR al doctor GUSTAVO
ALBERTO REAL MACEDO, Juez Titular del 1� Juzgado
de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho, como Juez
Provisional del 15� Juzgado Especializado en lo Civil de
Lima a partir del 23 de enero del presente a�o y mientras
dure la designaci�n del doctor Velarde Acosta en la
Oficina de Control de la Magistratura (OCMA).
Art�culo Quinto: DESIGNAR a la doctora PATRICIA
CLAUDIA PANDO SIMONETTI, como Juez Provisional del
1� Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho a
partir del 23 de enero del presente a�o y mientras dure la
promoci�n del doctor Real Macedo.
Art�culo Sexto: Precisar la Resoluci�n Administrativa
N� 004-2014-P-CSJLI/PJ, de fecha 06 de enero del
presente a�o, publicada en el Diario Oficial El Peruano
el 07 de enero del presente a�o, respecto a la licencia
por salud de la doctora Hilda Cecilia Piedra Rojas, Juez
Superior Titular, integrante de la Sexta Sala Penal Para
Procesos con Reos Libres de Lima, licencia que s�lo
comprend�a el periodo del 06 al 10 de enero del presente
a�o conforme al Certificado M�dico expedido por la Cl�nica
Internacional.
Art�culo S�timo: PONER la presente Resoluci�n en
conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del
Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control
de la Magistratura, de la Unidad Ejecutora de esta Corte
Superior, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia
de Lima y de los Magistrados para los fines pertinentes.
Publ�quese, reg�strese, c�mplase y arch�vese.
IV�N ALBERTO SEQUEIROS VARGAS
Presidente
1041403-1
ORGANOS AUTONOMOS
ANR - CONSEJO NACIONAL
PARA LA AUTORIZACION
DE FUNCIONAMIENTO
DE UNIVERSIDADES
Otorgan autorizaci�n de funcionamiento
provisional a la Universidad Nacional
de Ca�ete
RESOLUCI�N N� 666-2013-CONAFU
Lima, 18 de diciembre de 2013
"UNIVERSIDAD NACIONAL DE CA�ETE"
VISTOS: La Ley N� 29488, publicada en el diario oficial
"El Peruano" el 23 de diciembre de 2009, el Oficio N� 550-
2012-ME/SG recibido con fecha 30 de marzo de 2012, la
Resoluci�n N� 303-2012-CONAFU de fecha 14 de junio de
2012, la Resoluci�n N� 594-2012-CONAFU de fecha 21 de
noviembre de 2012, la Resoluci�n N� 019-2013-CONAFU
de fecha 16 de enero de 2013, la Resoluci�n N� 293-2013-
CONAFU de fecha 08 de mayo de 2013, la Resoluci�n N�
487-2013-CONAFU de fecha 04 de setiembre de 2013, la
Resoluci�n N� 571-2013-CONAFU de fecha 23 de octubre
de 2013, la Resoluci�n N� 605-2013-CONAFU de fecha
20 de noviembre de 2013, la Resoluci�n N� 607-2013-
CONAFU de fecha 20 de noviembre de 2013, el Oficio
N�041-2013-ONAFU-JABR recibido el 29 de noviembre
de 2013, el Oficio N� 1225-2013-CONAFU-CDAA de
fecha 02 de diciembre de 2013, Acuerdo N�830-2013 de
la Sesi�n Ordinaria del d�a 03 de diciembre de 2013, la
Carta s/n recibida el 12 de diciembre de 2013 y el Acuerdo
N� 887-2013-CONAFU de la Sesi�n Ordinaria de Pleno del
CONAFU llevada a cabo el d�a 18 de diciembre de 2013,
y;
CONSIDERANDO:
Que, por Ley N� 26439, se crea el Consejo Nacional
para la Autorizaci�n de Funcionamiento de Universidades -
CONAFU, como �rgano aut�nomo de la Asamblea Nacional
de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones:
Evaluar los proyectos y solicitudes de autorizaci�n de
funcionamiento de las nuevas universidades a nivel
nacional, emitiendo resoluciones autorizando o denegando
el funcionamiento provisional, previa verificaci�n de los
requisitos y condiciones establecidos; en concordancia con
el art�culo 3� inciso a) del Estatuto del CONAFU, aprobado
por Resoluci�n N� 189-2006-CONAFU de fecha 13 de julio
de 2006;
Que, el art�culo 2� de la Ley N� 29971, publicada
el 22 de diciembre de 2012 en el diario El Peruano,
restituye al CONAFU la facultad de emitir resoluciones de
funcionamiento provisional a universidades p�blicas, de tal
manera que se autoriza excepcionalmente por el plazo de
un (1) a�o, al Consejo Nacional para la Autorizaci�n de
Funcionamiento de Universidades (CONAFU) para que
eval�e y autorice a las universidades p�blicas que hayan
superado la fase de verificaci�n de la implementaci�n inicial,
las dem�s universidades creadas por ley, continuar�n con
su correspondiente tr�mite;
Que, mediante Ley N� 29488, publicada en el diario
oficial "El Peruano" el 23 de diciembre de 2009, se crea la
Universidad Nacional de Ca�ete, con sede en el distrito de
San Vicente, provincia de Ca�ete, departamento de Lima;
Que, mediante Oficio N� 550-2012-ME/SG recibido
con fecha 30 de marzo de 2012, la Secretaria General del
Ministerio de Educaci�n, Dra. �rsula Desil� Le�n Chemp�n,
en nombre de la Promotora Ministerio de Educaci�n,
presenta el Proyecto de Desarrollo Institucional para la
creaci�n de la Universidad Nacional de Ca�ete, solicitando
su aprobaci�n y autorizaci�n por parte del CONAFU;
Que, el art�culo 19� del Reglamento para la
Autorizaci�n Provisional de Funcionamiento de nuevas
universidades, aprobado por Resoluci�n N�387-2009-
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CONAFU, establece: "Con los informes favorables de la
CDAA y de la CJ... el Pleno decidir� sobre la admisi�n
a tr�mite de la solicitud presentada en el plazo m�ximo
de quince (15) d�as naturales de recibido el �ltimo de los
informes antes referidos. Si uno de los informes o ambos
fueran desfavorables, el Presidente del CONAFU mediante
oficio, declarara inadmisible la solicitud, otorgando a la
promotora el plazo de cinco d�as h�biles para que subsane
las deficiencias de admisibilidad encontradas. Vencido
el plazo, el expediente ser� puesto a consideraci�n del
Pleno para realizar el apercibimiento mediante resoluci�n
otorg�ndole un plazo m�ximo de 8 d�as. Vencido este plazo,
el Pleno, de oficio, dar� por no presentada su solicitud por
incumplimiento...";
Que, por Resoluci�n N� 303-2012-CONAFU de fecha
14 de junio de 2012, se resuelve en el Art�culo Primero:
ADMITIR A TR�MITE la solicitud de Autorizaci�n de
Funcionamiento Provisional de la Universidad Nacional de
Ca�ete;
Que, por Resoluci�n N� 594-2012-CONAFU de fecha
21 de noviembre de 2012, se resuelve aprobar el Informe
Final de la Comisi�n Calificadora encargada de evaluar
el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad
Nacional de Ca�ete y aprobar el Proyecto de Desarrollo
Institucional presentado por la Promotora de la Universidad
Nacional de Ca�ete con las Carreras Profesionales
presentadas: 1) Administraci�n, 2) Contabilidad, 3)
Administraci�n en Turismo, 4) Ingenier�a de Sistemas
y 5) Agronom�a, cada una con 80 vacantes por ciclo
acad�mico;
Que, mediante Resoluci�n N� 019-2013-CONAFU de
fecha 16 de enero de 2013, se resuelve reconocer a los
miembros de la Comisi�n Organizadora de la Universidad
Nacional de Ca�ete a los siguientes profesionales: Dr.
Manuel Alejandro Borja Alcalde como Presidente, Dr.
Indalecio Enrique Horna Zegarra como Vicepresidente
Acad�mico y la Dra. Reyna L�pez de Montoya como
Vicepresidente Administrativo de la Comisi�n Organizadora
de la Universidad Nacional de Ca�ete;
Que, por Resoluci�n N� 293-2013-CONAFU de fecha
08 de mayo de 2013, se resuelve: Autorizar el Concurso
P�blico de plazas docentes por contrato y designar el Jurado
Calificador conformado por los siguientes profesionales:
Dr. Angelmiro Montoya Mestanza, Presidente; Mg. Arnaldo
Roque Kianman Chapilliquen, Secretario y Mg. Carlos
Julio Holguin Nacarino, Vocal;
Que, por Resoluci�n N� 487-2013-CONAFU de fecha
04 de setiembre de 2013, se resuelve: Admitir a tr�mite
la solicitud de autorizaci�n de ampliaci�n de local de
la Universidad Nacional de Ca�ete y se designa a los
integrantes de la Comisi�n Especial encargada de evaluar
la solicitud, la misma que est� integrada por los se�ores
Consejeros: Dr. Luis Enrique Carpio Ascu�a y el Dr. Wilson
Rolando Re�tegui Ch�vez;
Que, por Resoluci�n N� 571-2013-CONAFU de fecha
23 de octubre de 2013, se resuelve: Autorizar el Contrato
de doce (12) docentes por la modalidad de Invitaci�n,
propuestos por la Universidad Nacional de Ca�ete para el
periodo Acad�mico 2014-I;
Que, por Resoluci�n N� 605-2013-CONAFU de fecha
20 de noviembre de 2013, se resuelve: Aprobar el Informe
Final de la Comisi�n Especial encargada de evaluar
la solicitud de autorizaci�n de ampliaci�n de local de la
Universidad Nacional de Ca�ete, que recomienda se
autorice a la universidad, el uso del local con 14 ambientes
distribuidos en dos pabellones de dos pisos cada uno, que
corresponde a la Casa de la Cultura en el Centro Cultural,
ubicado en el distrito San Vicente, cedido en uso por la
Municipalidad Provincial de Ca�ete, de acuerdo al convenio
suscrito por las autoridades de ambas instituciones el 11
de julio de 2013;
Que, por Resoluci�n N� 607-2013-CONAFU de fecha
20 de noviembre de 2013, se resuelve: Admitir a tr�mite
el Informe de Implementaci�n Inicial presentado por la
Universidad Nacional de Ca�ete As� tambi�n, se designa
a los integrantes de la Comisi�n Verificadora del Informe
de Implementaci�n Inicial integrada por los siguientes
profesionales: Dr. Jorge Arturo Benites Robles como
Presidente, Ludisleydis Berm�dez D�az como Secretaria y
Jorge Anaximandro Flores Rodr�guez como Vocal;
Que,
mediante
Oficio
N�041-2013-ONAFU-
JABR recibido el 29 de noviembre de 2013, el
Presidente de la Comisi�n Verificadora del Informe de
Implementaci�n Inicial de la Universidad Nacional de
Ca�ete, Dr. Jorge Arturo Benites Robles, presenta su
Informe Final, el cual ha constatado lo siguiente: La
Autorizaci�n Municipal de Apertura y Funcionamiento
de la Oficina Administrativa y la de la Sede Acad�mica,
ambas expedidas por la Municipalidad Provincial de
Ca�ete; los planos de la infraestructura de todos los
locales, subsedes y oficinas administrativas; as� como
la escritura p�blica de la subsede "Fundo Don Luis
Distrito de San Luis", futuro Campus de la Universidad
Nacional de Ca�ete, y la relaci�n de ambientes para
los dos primeros a�os de funcionamiento (detallados
en el respectivo informe), as� como la existencia de
�rdenes de compra, resoluciones y adjudicaciones de
los materiales y equipos que faltan;
Que, con Oficio N� 1225-2013-CONAFU-CDAA de
fecha 02 de diciembre de 2013, la Comisi�n Acad�mica da
a conocer que el Presidente de la Comisi�n Verificadora
del Informe de Implementaci�n Inicial de la Universidad
Nacional de Ca�ete, mediante Oficio N� 041-2013-
CONAFU-JABR, remite el Informe Final de su comisi�n,
el cual se�ala que el Informe de Implementaci�n
presentado, contiene los siete (7) aspectos establecidos
por el Art�culo 34� del Reglamento para la Autorizaci�n
de Funcionamiento de Universidades bajo competencia
del CONAFU y de acuerdo a lo verificado in situ de lo
informado por la Comisi�n Verificadora, ha cumplido con
implementar satisfactoriamente lo proyecto para sus dos
primeros a�os de funcionamiento en infraestructura y al
primer a�o de funcionamiento en recursos humanos.
Por ello, "la Comisi�n Verificadora se permite proponer
al Pleno, continuar la siguiente fase para la Autorizaci�n
Provisional de Funcionamiento de la Universidad Nacional
de Ca�ete;
Asimismo, la Comisi�n Acad�mica se�ala que "se debe
tener en cuenta que de acuerdo a la realidad legislativa
vigente, se ha promulgado la Ley N� 29971 en la cual
establece: "Art�culo 2�: "Autor�cese excepcionalmente, por
el plazo de un a�o, al Consejo Nacional para la Autorizaci�n
de Funcionamiento de Universidades (CONAFU) para que
eval�e y autorice a las universidades p�blicas que hayan
superado la fase de verificaci�n de la implementaci�n
inicial. Las dem�s universidades creadas por ley contin�an
su correspondiente tr�mite" (subrayado agregado).En
tal sentido, al encontrarse la Universidad en el segundo
supuesto de la norma antes indicada, se deber� continuar
con el procedimiento de la verificaci�n de la etapa de
implementaci�n inicial por parte del Pleno del CONAFU,
debi�ndose fijar fecha para realizar la visita in situ, a fin de
proceder a ratificar el informe presentado por la Comisi�n
Verificadora";
Por ello, la Comisi�n Acad�mica sugiere al Pleno
del CONAFU, lo siguiente: "Conforme lo establecido en
la Ley N� 29971 y la normatividad de este Colegiado,
corresponde al Pleno del CONAFU realizar la visita in
situ a las instalaciones de la referida Universidad a fin de
continuar el correspondiente tramite, debiendo fijar fecha
para realizar la visita in situ en las instalaciones de la
Universidad";
Que, mediante Acuerdo N�830-2013 de la Sesi�n
Ordinaria del d�a 03 de diciembre de 2013, los miembros
del Pleno del CONAFU acordaron designar a los
se�ores Consejeros: Dr. Luis Enrique Carpio Ascu�a,
Presidente; Dr. Wilson Rolando Re�tegui Ch�vez,
Vicepresidente y Dr. Jorge Arturo Benites Robles,
Consejero de Asuntos Acad�micos, para que realicen
la visita in situ a las instalaciones de la universidad
Nacional de Ca�ete, en representaci�n del Pleno del
CONAFU, para el d�a 10 de diciembre de 2013, a fin
de continuar con el tr�mite correspondiente, conforme
lo establecido en la Ley N� 29971 y la normatividad de
este Colegiado ;
Que, mediante Carta s/n recibida el 12 de diciembre
de 2013, los se�ores Consejeros, Dr. Luis Enrique Carpio
Ascu�a y Dr. Jorge Arturo Benites Robles, remiten el
Informe de la Verificaci�n In Situ referido al Informe de la
Comisi�n Verificadora de la Implementaci�n Inicial de la
Universidad Nacional de Ca�ete, seg�n Acuerdo N�830-
2013-CONAFU; el cual se�ala: "Los se�ores Consejeros
del CONAFU integrantes de la Comisi�n, procedieron a la
verificaci�n del Informe de Implementaci�n Inicial y revisi�n
de su PDI aprobado, considerando todos los aspectos
contemplados del citado informe, como son la relaci�n de
ambientes acad�micos, administrativos, mobiliario y su
respectivo equipamiento, as� como la biblioteca y otros
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se�alados en el informe presentado por la Comisi�n de
Verificaci�n". En ese sentido, recomiendan ratificar el
Informe de la Comisi�n Verificadora de la Implementaci�n
Inicial de la Universidad de Ca�ete;
Que, el art�culo 39 del Reglamento se�ala: "...quince
d�as despu�s de que el Pleno del CONAFU haya hecho
la visita correspondiente in situ para ratificar el informe de
la comisi�n de verificaci�n de la implementaci�n inicial, se
pronunciar� sobre su aprobaci�n emitiendo la resoluci�n
de autorizaci�n de funcionamiento provisional de la
universidad";
Que, la Universidad Nacional de Ca�ete, en atenci�n
a los considerandos antes expuestos, cumple con las
condiciones y requisitos establecidos en la Resoluci�n N�
387-2009-CONAFU para la emisi�n de la resoluci�n de
funcionamiento provisional a su favor;
Que, el modelo Institucional adoptado por la Universidad
Nacional de Ca�ete es la de una Persona Jur�dica de
Derecho P�blico interno y se rige bajo las normas de la
Ley N� 23733-Ley Universitaria, Ley N� 29488- Ley de
su Creaci�n, Ley N� 26439-Ley de Creaci�n del Consejo
Nacional para la Autorizaci�n de Funcionamiento de
Universidades (CONAFU); por lo que estando a lo dispuesto
en la Ley 29971, la Universidad Nacional de Ca�ete se
encuentra expedita para otorg�rsele la Autorizaci�n
Provisional de Funcionamiento;
Que, en el art�culo 10� del Reglamento para la
Autorizaci�n Provisional de Funcionamiento de nuevas
Universidades aprobado por Resoluci�n N� 387-2009-
CONAFU (en adelante Reglamento) se establece: "El
procedimiento para la Autorizaci�n de funcionamiento de
una universidad, una vez admitida a tr�mite, tiene cuatro
(4) Fases: 1.- Evaluaci�n para la aprobaci�n del Proyecto
de Desarrollo Institucional. 2.- Implementaci�n Inicial
del Proyecto de Desarrollo Institucional aprobado. 3.-
Verificaci�n de la Implementaci�n Inicial. 4.- Autorizaci�n
del funcionamiento provisional de la universidad";
Que, la Universidad Nacional de Ca�ete, en atenci�n
a los considerandos antes expuestos, cumple con las
condiciones y requisitos establecidos en la Resoluci�n N�
387-2009-CONAFU para la emisi�n de la resoluci�n de
funcionamiento provisional a su favor;
Que, el Art�culo 14� del Estatuto del CONAFU,
aprobado por Resoluci�n N�189-2006-CONAFU de fecha
13 de julio de 2006 y su modificatoria mediante Resoluci�n
N�196-2009-CONAFU de fecha 15 de abril de 2009,
establece lo siguiente: "Cuando se trate de autorizar o
denegar solicitudes de Autorizaci�n de funcionamiento
provisional, de funcionamiento definitivo, de adecuaci�n de
universidades al procedimiento establecido por el Decreto
Legislativo N�882 de cierre y liquidaci�n de universidades
y para la autorizaci�n de nuevas carreras profesionales,
los acuerdos del Pleno se adoptar�n en la Sesi�n donde
asistan todos sus miembros, en Primera y Segunda
citaci�n; y en tercera citaci�n, s�lo bastar� la asistencia
de cuatro (04) de sus miembros y con votaci�n a favor por
unanimidad. Los dem�s acuerdos del Pleno se adoptar�n
por mayor�a simple de los Consejeros asistentes a la
Sesi�n...";
Que, habi�ndose convocado para Sesi�n Ordinaria
del Pleno del CONAFU para el d�a 18 de diciembre
de 2013, tanto en primera como en segunda citaci�n,
a las 9.00h. y 9.30h, respectivamente, no se cont�
con el qu�rum respectivo, y en tercera citaci�n,
se encontraban presentes cuatro de los se�ores
Consejeros: Dr. Luis Enrique Carpio Ascu�a, Presidente;
Dr. Wilson Rolando Re�tegui Ch�vez, Vicepresidente;
Dr. Jorge, Arturo Benites Robles, Consejero de Asuntos
Acad�micos; la MCs. Martha Nancy Tapia Infantes,
Consejera de Asuntos Administrativos, y habiendo
justificado su inasistencia el Dr. Angelmiro Montoya
Mestanza, Consejero de Asuntos Internacionales, se
dio inicio a la sesi�n ordinaria del Pleno del CONAFU;
quienes luego de deliberar, por Acuerdo N� 887-2013-
CONAFU, convinieron por UNANIMIDAD: 1) Otorgar
la Autorizaci�n de Funcionamiento Provisional a la
Universidad Nacional de Ca�ete para brindar servicios
educativos de nivel universitario, en el distrito de San
Vicente, provincia de Ca�ete, departamento de Lima;
autoriz�ndose las siguientes Carreras Profesionales:
a) Administraci�n, b) Contabilidad, c) Administraci�n
de Turismo y Hoteler�a, d) Ingenier�a de Sistemas y
e) Agronom�a, cada una con 80 vacantes por ciclo
acad�mico. 2) Aprobar el modelo institucional adoptado
por la Universidad Nacional de Ca�ete, organizada
como Persona Jur�dica de Derecho P�blico Interno, bajo
el R�gimen Legal de la Ley Universitaria 23733, la Ley
de su Creaci�n N� 29488, y por la Ley N� 26439 - Ley
de Creaci�n del Consejo Nacional para la Autorizaci�n
de Funcionamiento de Universidades-CONAFU. 3)
Disponer que la Promotora de la Universidad Nacional
de Ca�ete remita al CONAFU, la minuta que contiene
el Estatuto Social, para ser visado por la Presidencia, la
Secretaria General y la Comisi�n Jur�dica del CONAFU,
as� como el Reglamento General de la Universidad.
4) Establecer que la Universidad Nacional de Ca�ete,
puede iniciar sus actividades acad�micas a partir del d�a
siguiente de la notificaci�n de la presente Resoluci�n;
En atenci�n a lo expuesto en los considerandos
precedentes, y en cumplimiento al art�culo 18� del Estatuto
del CONAFU que establece: "El Presidente del CONAFU
tiene las siguiente atribuciones generales:...d) Cumplir
y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del
CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones" y de
conformidad a lo dispuesto en el art�culo 38� incisos d) y e)
del referido Estatuto del CONAFU;
SE RESUELVE:
Art�culo Primero.- OTORGAR LA AUTORIZACI�N
DE FUNCIONAMIENTO PROVISIONAL a la Universidad
Nacional de Ca�ete para brindar servicios educativos
de nivel universitario, en el distrito de San Vicente,
provincia de Ca�ete, departamento de Lima; con las
siguientes Carreras Profesionales y vacantes por Ciclo
Acad�mico:
Nombre de Carrera
N�mero de Vacantes
por ciclo acad�mico
Ciclo I
Ciclo II
Administraci�n
80
80
Contabilidad
80
80
Administraci�n de Turismo y Hoteler�a
80
80
Ingenier�a de Sistemas
80
80
Agronom�a
80
80
Art�culo Segundo.- APROBAR el modelo institucional
adoptado por la Universidad Nacional de Ca�ete,
organizada como Persona Jur�dica de Derecho P�blico
Interno, bajo el R�gimen Legal de la Ley Universitaria
23733, la Ley de su Creaci�n N� 29488, y por la Ley N�
26439 - Ley de Creaci�n del Consejo Nacional para la
Autorizaci�n de Funcionamiento de Universidades �
CONAFU.
Art�culo Tercero.- DISPONER que la Promotora de
la Universidad Nacional de Ca�ete remita al CONAFU, la
minuta que contiene el Estatuto Social para ser visado por
la Presidencia, la Secretaria General y la Comisi�n Jur�dica
de este Consejo Nacional, luego de lo cual es cargo de la
promotora presentar ante este Consejo una copia literal
de su inscripci�n registral. Asimismo, deber� remitir el
Reglamento General de la Universidad.
Art�culo Cuarto.- ESTABLECER que la Universidad
Nacional de Ca�ete, puede iniciar sus actividades
acad�micas a partir del d�a siguiente de la notificaci�n
de la presente Resoluci�n, como Persona Jur�dica de
Derecho P�blico interno, bajo el R�gimen Legal de la
Ley Universitaria-Ley N� 23733 y la Ley de Creaci�n del
Consejo Nacional para la Autorizaci�n de Funcionamiento
de Universidades, sus disposiciones modificatorias y los
reglamentos aprobados por el CONAFU.
Art�culo Quinto.- DISPONER que la presente
Resoluci�n se publique en el Diario Oficial El Peruano y la
p�gina web: www.anr.edu.pe/conafu.
Reg�strese, comun�quese, publ�quese y arch�vese.
LUIS ENRIQUE CARPIO ASCU�A
Presidente
JUAN FERNANDO LINO MALCA
Secretario General
1040524-1