Nombran al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Popular China, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República Islámica de Pakistán
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 151-2019-RE
Lima, 7 de octubre de 2019
VISTA:
La Resolución Suprema Nº 302-2017-RE, que nombró Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Popular China, al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Felipe Quesada Incháustegui;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Nota Verbal Nº POL. 15/06, de 24 de setiembre de 2019, la Embajada de la República Islámica de Pakistán ante la República Argentina, comunica que su Gobierno ha concedido el beneplácito de estilo al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Felipe Quesada Incháustegui, para que se desempeñe como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante dicho país, con residencia en Pekín, República Popular China;
La Hoja de Trámite (GAC) Nº 1974, del Despacho Viceministerial, de 27 de setiembre de 2019; y, el Memorándum (PRO) Nº PRO00239/2019, de la Dirección General de Protocolo y Ceremonial del Estado, de 26 de setiembre de 2019; y,
De conformidad con el artículo 118° de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias, el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-2010-RE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Popular China, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Felipe Quesada Incháustegui, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República Islámica de Pakistán, con residencia en Pekín, República Popular China.
Artículo 2.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes.
Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
GUSTAVO ADOLFO MEZA-CUADRA VELÁSQUEZ
Ministro de Relaciones Exteriores
1814832-6