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Fecha de publicación: 27/04/2022
Declaración de Estado de Emergencia en los distritos de Challhuahuacho y Coyllurqui, provincia de Cotabambas, departamento de Apurímac

Incluyen en el numeral 1 del Capítulo IV del Plan Anual de Transferencia Sectorial del Año 2022 del Ministerio de la Producción, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 087-2022-PRODUCE, al Desembarcadero Pesquero Artesanal San José, como nuevo activo a transferir al Gobierno Regional de Lambayeque

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 00152-2022-PRODUCE

Lima, 19 de abril de 2022

VISTOS:

Los Informes Nos. 00000026-2021-PRODUCE/OAIPCS-jalegre, 00000009-2022-PRODUCE/OAIPCS-jalegre y 00000012-2022-PRODUCE/OAIPCS-jalegre y el Memorando N° 0000083-2022-PRODUCE/OAIPCS de la Oficina de Articulación Intergubernamental y Prevención de Conflictos Sociales; el Memorando N° 000000162-2022-PRODUCE/DVPA del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura; el Informe N° 00000411-2022-PRODUCE-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 83 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, las Comisiones Sectoriales de Transferencia, presididas por un Viceministro del Sector correspondiente, proponen planes anuales de transferencia sectoriales, hasta el último día útil del mes de febrero de cada año, presentándolos a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 00087-2022-PRODUCE se aprobó el Plan Anual de Transferencia Sectorial del Año 2022 del Ministerio de la Producción;

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 504-2009-PRODUCE, modificada por las Resoluciones Ministeriales Nos. 162-2013-PRODUCE y 159-2017-PRODUCE, se constituye, en el marco del proceso de descentralización de la gestión del Estado: (i) la Comisión Sectorial de Transferencia de Competencias y Funciones del Ministerio de la Producción, en materia de Pesca y Acuicultura; y (ii) la Comisión Sectorial de Transferencia de Competencias y Funciones del Ministerio de la Producción, en materia de MYPE e Industria; ejerciendo en ambos casos, la Oficina de Articulación Intergubernamental y Prevención de Conflictos Sociales, la Secretaría Técnica de las citadas Comisiones;

Que, a través de los Informes Nos. 00000026-2021-PRODUCE/OAIPCS-jalegre, 00000009-2022-PRODUCE/OAIPCS-jalegre y 00000012-2022-PRODUCE/OAIPCS-jalegre y el Memorando N° 00000083-2022-PRODUCE/OAIPCS la Oficina de Articulación Intergubernamental y Prevención de Conflictos Sociales, en su calidad de Secretaría Técnica de (i) la Comisión Sectorial de Transferencia de Competencias y Funciones del Ministerio de la Producción, en materia de Pesca y Acuicultura; y (ii) la Comisión Sectorial de Transferencia de Competencias y Funciones del Ministerio de la Producción, en materia de MYPE e Industria; propone incluir en el Plan Anual de Transferencia Sectorial del Año 2022 del Ministerio de la Producción, aprobado por la Resolución Ministerial N° 00087-2022-PRODUCE, al Desembarcadero Pesquero Artesanal San José, como nuevo activo a transferir al Gobierno Regional de Lambayeque, tomando en consideración que se trata de una infraestructura culminada y operativa;

Que, a través del Memorando Nº 000000162-2022-PRODUCE/DVPA, el Viceministro de Pesca y Acuicultura, en su calidad de presidente de la Comisión Sectorial de Transferencia de Competencias y Funciones del Ministerio de la Producción, en materia de Pesca y Acuicultura, autoriza incluir al Desembarcadero Pesquero Artesanal San José en el Plan Anual de Transferencia Sectorial del Año 2022 del Ministerio de la Producción, para su transferencia al Gobierno Regional de Lambayeque;

Que, a través de la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 002-2022-PCM/SD, se aprueba la Directiva Nº 001-2022-PCM-SD, “Directiva para la Formulación de los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales”, la cual establece en el literal c) del numeral 6.1 que el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales que elabora cada uno de los Sectores es remitido a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros y se aprueba mediante Resolución Ministerial publicada en el diario oficial El Peruano;

Que, a fin de continuar en el marco de la normativa vigente, con el proceso de descentralización resulta necesario incluir en el Plan Anual de Transferencia Sectorial del Año 2022 del Ministerio de la Producción, aprobado por Resolución Ministerial N° 00087-2022-PRODUCE, al Desembarcadero Pesquero Artesanal San José, como nuevo activo a transferir al Gobierno Regional de Lambayeque;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, de la Oficina de Articulación Intergubernamental y Prevención de Conflictos Sociales y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias; la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización y sus modificatorias; el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modificatorias; y el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y su modificatoria; y la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 002-2022-PCM/SD, que aprueba la Directiva Nº 001-2022-PCM-SD, “Directiva para la Formulación de los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales”;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Incluir en el numeral 1 del Capítulo IV del Plan Anual de Transferencia Sectorial del Año 2022 del Ministerio de la Producción, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 087-2022-PRODUCE, al Desembarcadero Pesquero Artesanal San José, como nuevo activo a transferir al Gobierno Regional de Lambayeque.

Artículo 2. Publicar la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), en la fecha de publicación de la presente norma en el diario oficial El Peruano.

Artículo 3. Remitir a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, copia de la presente Resolución Ministerial, para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE LUIS PRADO PALOMINO

Ministro de la Producción

2061330-1