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Fecha de publicación: 06/02/2019
Designan Sub Directora de la Unidad de Abastecimiento y Patrimonio del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL

Fijan remuneración mensual de Alcalde y dieta de Regidores

Acuerdo de Concejo

Nº 001-2019-MDCLR

Carmen de la Legua-Reynoso, 14 de enero del 2019

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE CARMEN DE LA LEGUA-REYNOSO

VISTO:

En sesión ordinaria de Concejo Nº 001-2019, celebrado en la fecha, el Informe Nº 001-2019-GPPR/MDCLR de la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización y el Memorando Nº 003-2019-GAJ/MDCLR; de la Gerencia de Asesoría Jurídica sobre remuneración mensual del Alcalde y dieta de los señores regidores.

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 28 del artículo 9º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades indica que es atribución del Concejo Municipal, aprobar las remuneración del alcalde y dieta de los regidores.

Que, asimismo el Artículo 12º de la acotada ley, estable que los regidores desempeñan su cargo a tiempo parcial y tienen derecho a dietas fijadas por acuerdo del concejo municipal dentro del primer trimestre del primer año de gestión.

Que, el literal d) del artículo 4º de la Ley Nº 28212, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 038-2006, concordante con lo dispuesto en los literales a), b), c) y d) del numeral 3.2 del artículo 3º del Decreto Supremo Nº 025-2007-PCM establece que los Alcaldes provinciales y distritales reciben una remuneración mensual que es fijada por el Concejo Municipal, en proporción a la población electoral de la circunscripción, de acuerdo a la información de la población electoral emitida por el RENIEC y el monto de remuneración mensual no supere los cuatro y un cuarto unidades de ingresos del sector público.

Que, mediante Informe Nº 001-2019-GPPR/MDCLR, la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización, indica que existe una asignación presupuestal de la remuneración del Alcalde en S/. 5,200.00 soles, y su equivalente al 30% para la dieta de los regidores, ascendente a un total de S/. 1,560.00 soles, recomendando que dicha aprobación se efectúe dentro de la normatividad vigente y de las leyes anuales de presupuesto.

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica, según Memorando Nº 003-2019-GAJ/MDCLR, con voto UNANIME de los señores regidores asistentes, y con la dispensa de lectura y aprobación del acta;

SE ACORDO:

Artículo Primero.- Fijar la remuneración mensual por todo concepto, del Alcalde distrital de Carmen de la Legua Reynoso, en la suma de S/. 5,200.00 (cinco mil doscientos y 00/100 soles).

Artículo Segundo.- Establecer un máximo de dos (02) sesiones ordinarias de Concejo al mes pagadas mediante dietas.

Artículo Tercero.- Fijar en S/. 780.00 (setecientos ochenta y 00/100 soles), el monto a pagar por concepto de dieta a los señores regidores de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso, por asistencia efectiva a cada sesión ordinaria de concejo; precisando que, de conformidad al artículo segundo del presente Acuerdo y conforme a Ley, en ningún caso podrá superar mensualmente un total de S/. 1,560.00 (mil quinientos sesenta y 00/100 soles).

Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal, Secretaría General, Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización, Gerencia de Administración, Sub. Gerencia de Recursos Humanos, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo de Concejo.

Artículo Quinto.- Disponer a través de la Gerencia de Administración y Sub. Gerencia de Logística, la publicación del mencionado Acuerdo de Concejo, en el Diario Oficial El Peruano.

Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase.

CARLOS ALFREDO COX PALOMINO

Alcalde

1737808-1