Disponen la publicación en el Portal Institucional de la PCM del proyecto de Reglamento de la Ley N° 30254, Ley de Promoción para el uso seguro y responsable de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones por Niños, Niñas y Adolescentes y su exposición de motivos

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 246-2015-PCM

Lima, 22 de octubre de 2015

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 30254, se aprobó la Ley de Promoción para el uso seguro y responsable de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones por Niños, Niñas y Adolescentes;

Que, según lo establecido en la Única Disposición Complementaria Final de la mencionada Ley, el Poder Ejecutivo, a través de la Presidencia del Consejo de Ministros, reglamentará la Ley N° 30254;

Que, conforme al artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus portales electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, permitiendo que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas;

De conformidad con el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de Reglamento de la Ley N° 30254, Ley de Promoción para el uso seguro y responsable de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones por Niños, Niñas y Adolescentes y su exposición de motivos hasta por un plazo máximo de treinta (30) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, en el Portal Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe), para recoger las opiniones, comentarios y observaciones de la ciudadanía en general.

Artículo 2.- Disponer que las opiniones, comentarios y observaciones de la ciudadanía en general se remitan por escrito a Calle de la Prosa N° 136, San Borja, vía fax al (01) 475-1816 o vía correo electrónico a ProyectoNormas@osiptel.gob.pe, y establecer que el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL esté a cargo su recepción, procesamiento y sistematización.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO CATERIANO BELLIDO

Presidente del Consejo de Ministros

1302850_1