Disponen la publicación del proyecto de “Resolución Ministerial que aprueba las medidas de conservación y ordenamiento para el aprovechamiento sostenible del recurso concha de abanico (Argopecten purpuratus) en el ámbito de la Isla Lobos de Tierra, comprendida dentro de la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 000099-2023-PRODUCE
Lima, 9 de marzo de 2023
VISTOS: El Informe N° 00000006-2023-PRODUCE/DGAC-lbravo de la Dirección de Gestión Acuícola y el Memorando N° 00000098-2023-PRODUCE/DGA de la Dirección General de Acuicultura; el Informe N° 00000064-2023-PRODUCE/DPO de la Dirección de Políticas y Ordenamiento y el Informe N° 00000101-2023-PRODUCE/DGPARPA de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura; el Informe N° 00000314-2023-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 2 del Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, establece que los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación, correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional;
Que, el artículo 9 de la Ley General de Pesca establece que el Ministerio de la Producción, sobre la base de evidencias científicas disponibles y de factores socioeconómicos determina, según el tipo de pesquerías, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, la regulación del esfuerzo pesquero, los métodos de pesca, las tallas mínimas de captura y demás normas que requieran la preservación y explotación racional de los recursos hidrobiológicos y, que los derechos administrativos otorgados se sujetan a las medidas de ordenamiento que mediante dispositivo legal de carácter general dicta el Ministerio;
Que, los artículos 11 y 21 de la Ley General de Pesca señalan que el Ministerio de Pesquería, actualmente Ministerio de la Producción, según el tipo de pesquería y la situación de los recursos que se explotan, establece el sistema de ordenamiento que concilie el principio de sostenibilidad de los recursos pesqueros o conservación en el largo plazo, con la obtención de los mayores beneficios económicos y sociales; y que el desarrollo de las actividades extractivas se sujeta a las disposiciones de dicha Ley y a las normas reglamentarias específicas para cada tipo de pesquería;
Que, el numeral 3.10 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1195, que aprueba la Ley General de Acuicultura dispone que el desarrollo de la acuicultura se rige, entre otros, por el principio el principio de inclusión, en virtud del cual la acuicultura, como actividad productiva deberá contribuir a la generación y diversificación de oportunidades económicas, al desarrollo de capacidades productivas y de emprendimientos en las zonas rurales donde se desarrolle; así como a la seguridad alimentaria y nutricional asociada al incremento de la disponibilidad de proteína de buena calidad;
Que, mediante Decreto Supremo N° 024-2009-MINAM se establece la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras con una superficie total de ciento cuarenta mil ochocientos treinta y tres hectáreas con cuatro mil setecientos metros cuadrados (140 833.47 ha), según consta de la memoria descriptiva y mapa detallados en el Anexo que forma parte integrante de dicho Decreto Supremo; siendo la Isla Lobos de Tierra parte del Área Natural Protegida, con un área total de dieciocho mil doscientos setenta y ocho hectáreas con nueve mil metros cuadrados (18 278.90 ha);
Que, el segundo párrafo del artículo 3 del citado Decreto Supremo establece que el manejo de los recursos hidrobiológicos está a cargo del Ministerio de la Producción, a través del Viceministerio de Pesquería (hoy Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura), en el marco de lo dispuesto en la Ley General de Pesca, entre otros instrumentos de gestión que rigen para las mismas y en concordancia con lo establecido en la Ley de Áreas Naturales Protegidas y su Reglamento;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 00079-2021-PRODUCE se crea el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal denominado: “Grupo de Trabajo para el aprovechamiento sostenible del recurso de concha de abanico (Argopecten purpuratus) en la Isla Lobos de Tierra”, dependiente del Ministerio de la Producción, conformado por representantes del citado Ministerio, del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), del Instituto del Mar del Perú (IMARPE), de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas (DICAPI), del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), de la Dirección Regional de la Producción del Gobierno Regional de Piura y de la Gerencia Regional de Desarrollo Productivo del Gobierno Regional de Lambayeque;
Que, la Dirección de Políticas y Ordenamiento de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, mediante el Informe N° 00000064-2023-PRODUCE/DPO, señala que la Dirección General de Acuicultura ha alcanzado la propuesta normativa referida al establecimiento de medidas de conservación y ordenamiento para el aprovechamiento sostenible del recurso concha de abanico (Argopecten purpuratus) en el ámbito de la Isla Lobos de Tierra, comprendida dentro de la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras, que busca contribuir con la seguridad alimentaria y el desarrollo de la actividad sobre dicho recurso, beneficiando a múltiples actores directa e indirectamente, por lo que en atención a lo indicado en el Informe N° 006-2023-PRODUCE/DGAC-lbravo resulta viable que el proyecto normativo sea publicado por un periodo de 05 días calendario, con la finalidad de recibir los comentarios de todos los actores involucrados;
Que, atendiendo a lo previsto en el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, corresponde disponer la publicación del proyecto de “Resolución Ministerial que aprueba las medidas de conservación y ordenamiento para el aprovechamiento sostenible del recurso concha de abanico (Argopecten purpuratus) en el ámbito de la Isla Lobos de Tierra, comprendida dentro de la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras”, en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), por el plazo de cinco (05) días calendario, lo que permitirá recoger las opiniones, comentarios y/o sugerencias de entidades públicas, privadas y la ciudadanía en general;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, de la Dirección General de Acuicultura, de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Producción;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE; y, el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Publicación del proyecto normativo
Dispóngase la publicación del proyecto de “Resolución Ministerial que aprueba las medidas de conservación y ordenamiento para el aprovechamiento sostenible del recurso concha de abanico (Argopecten purpuratus) en el ámbito de la Isla Lobos de Tierra, comprendida dentro de la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras”, en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano, por el plazo de cinco (5) días calendario, contado desde el día siguiente de la referida publicación, a efectos de recibir opiniones, comentarios y/o sugerencias de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general.
Artículo 2.- Mecanismo de participación
Dispóngase que las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto normativo a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial sean remitidas a la sede del Ministerio de la Producción, con atención a la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, ubicada en la Calle Uno Oeste N° 060, Urbanización Córpac, San Isidro, o al correo electrónico: dgparpa@produce.gob.pe.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO
Ministro de la Producción
2158687-1