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Fecha de publicación: 15/09/2021
Crean el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal denominado “Mesa Técnica para el Desarrollo de la provincia de Chumbivilcas, del departamento de Cusco”

Disponen la actualización de los documentos OD14-GOECOR/JEL “Protocolo de seguridad y prevención contra el COVID-19 en el local de votación y espacios abiertos”, Versión 04; y OD16-GOECOR/JEL “Protocolo de seguridad y prevención contra el COVID-19 para electores”, Versión 04; y emiten otras disposiciones

RESOLUCIÓN JEFATURAL

N° 000676-2021-JN/ONPE

Lima, 13 de setiembre de 2021

VISTOS: El Informe Nº 000433-2021-GOECOR/ONPE y el Memorando Nº 003838-2021-GOECOR/ONPE, ambos de la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional; el Informe Nº 000060-2021-GGC/ONPE, de la Gerencia de Gestión de la Calidad; así como el Informe Nº 001090-2021-GAJ/ONPE, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

El Poder Ejecutivo, a través del Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y dicta medidas de prevención y control del COVID-19; y habiéndose prorrogado dicho plazo mediante los Decretos Supremos n.os 020-2020-SA, 027-2020-SA, 031-2020-SA, 009-2021-SA y 025-2021-SA, este último por ciento ochenta (180) días calendario, a partir del 3 de setiembre de 2021, es decir, hasta el mes de marzo de 2022;

En atención a lo dispuesto por el Poder Ejecutivo, el Ministerio de Salud, a través de las Resoluciones Ministeriales n.os 972-2020/MINSA y 905-2020/MINSA, aprobaron el Documento Técnico: “Lineamientos para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a SARS-CoV-2” y la Directiva Nº 122-2020-MINSA-CDC “Directiva Sanitaria para la Vigilancia Epidemiológica de la Enfermedad por Coronavirus (COVID-19) en el Perú”, respectivamente;

De acuerdo con el marco legal antes citado, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) emitió la Resolución Jefatural Nº 000103-2021-JN/ONPE, mediante la cual dispuso la actualización de siete (7) documentos denominados “Protocolos de Seguridad y Prevención contra el COVID-19”, propuestos y aprobados por la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional (GOECOR);

Por otra parte, la GOECOR, mediante el documento de vistos, informó que de la revisión de los protocolos de seguridad y prevención contra la Covid-19 resulta necesario su actualización respecto a los siguientes documentos: OD14-GOECOR/JEL: Protocolo de seguridad y prevención contra el COVID-19 en el local de votación y espacios abiertos, Versión 03; y OD16-GOECOR/JEL: Protocolo de seguridad y prevención contra el COVID-19 para electores, Versión 03. Asimismo, precisa que la modificación comprende la eliminación del horario escalonado en ambos documentos de gestión y que los citados protocolos deberán tener vigencia en tanto dure la emergencia sanitaria declarada por el Poder Ejecutivo;

En relación con lo acotado, la Gerencia de Gestión de la Calidad, mediante el Informe de vistos, informó que efectuó el asesoramiento y actualización de los siguientes documentos: OD14-GOECOR/JEL “Protocolo de seguridad y prevención contra el COVID-19 en el local de votación y espacios abiertos”, Versión 04; y OD16-GOECOR/JEL “Protocolo de seguridad y prevención contra el COVID-19 para los electores”, Versión 04, los cuales cumplen con el flujo establecido en el OD09-GGC/GC “Estructura de la información documentada” y el OD01-GGC/GC “Clasificación y niveles de aprobación de información del Sistema de Gestión”;

Por lo expuesto y, en aplicación de las disposiciones legales antes referidas, se emite la presente resolución jefatural;

De conformidad con los literales c) y g) del artículo 5 y el artículo 13 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; los literales s) y t) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE, y sus modificatorias;

Con el visado de la Gerencia General, las Gerencias de Organización Electoral y Coordinación Regional, de Gestión de la Calidad y de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Modificar el artículo primero de la Resolución Jefatural Nº 000103-2021-JN/ONPE, disponiéndose dejar sin efecto los protocolos denominados: OD14-GOECOR/JEL “Protocolo de seguridad y prevención contra el COVID-19 en el local de votación y espacios abiertos”, Versión 03; yOD16-GOECOR/JEL “Protocolo de seguridad y prevención contra el COVID-19 para electores”, Versión 03;

Artículo Segundo.- Disponer la actualización de los dos (2) documentos, denominados Protocolos de Seguridad y Prevención Contra la COVID 19, aprobados por la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional, que se detallan a continuación:

- OD14-GOECOR/JEL “Protocolo de seguridad y prevención contra el COVID-19 en el local de votación y espacios abiertos”, Versión 04; y,

- OD16-GOECOR/JEL “Protocolo de seguridad y prevención contra el COVID-19 para electores”, Versión 04;

Artículo Tercero.- Mantener en todos sus extremos la vigencia de los cinco (5) documentos denominados Protocolos de Seguridad y Prevención Contra la COVID 19, revalidados por la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional, en el marco de la emergencia sanitaria nacional y del estado de emergencia nacional a causa del brote de la COVID-19, y aprobados por la Resolución Jefatural Nº 000103-2021-JN/ONPE, que a continuación se especifican:

- OD04-GOECOR/IMO “Protocolo de seguridad y prevención contra el COVID-19 en la ODPE y ORC”, Versión 03;

- OD15-GOECOR/JEL “Protocolo de seguridad y prevención contra el COVID - 19 en la mesa de sufragio”, Versión 03;

- OD17-GOECOR/JEL “Protocolo de seguridad y prevención contra el COVID - 19 para los personeros durante el proceso electoral”, Versión 03;

- OD18-GOECOR/JEL “Protocolo de seguridad y prevención contra el COVID - 19 para los observadores durante el proceso electoral”, Versión 03;

- OD19-GOECOR/JEL “Protocolo de seguridad y prevención contra el COVID - 19 para periodistas”, Versión 03;

Artículo Cuarto.- Disponer que los documentos citados en los artículos precedentes son de cumplimiento obligatorio por todos los servidores y/o ciudadanos intervinientes en los procesos electorales convocados, por los fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente resolución;

Artículo Quinto.- Disponer que los documentos aprobados mediante la presente resolución jefatural tendrán vigencia en tanto dure la Emergencia Sanitaria a nivel nacional declarada por el Poder Ejecutivo;

Artículo Sexto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano; asimismo, su publicación de manera conjunta con sus anexos en la Plataforma Única para la Orientación al Ciudadano (www.gob.pe/onpe), en el Portal institucional (www.onpe.gob.pe) y en el Portal de Transparencia de la ONPE, de conformidad con el artículo 10 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS

Jefe

1991186-1