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Fecha de publicación: 10/06/2021
Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en los distritos de Mejía, Mollendo e Islay de la provincia de Islay, del departamento de Arequipa, por peligro inminente ante contaminación hídrica

Designan representantes de los gremios que integran el Consejo Directivo de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ

RESOLUCIÓN SUPREMA

Nº 004-2021-MINCETUR

Lima, 9 de junio de 2021

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, modificada por la Ley N° 30970, Ley que aprueba diversas medidas presupuestarias para coadyuvar a la calidad y la ejecución del gasto público y dicta otras medidas, establece que PROMPERÚ es un organismo técnico especializado con personería jurídica de derecho público interno, adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, que cuenta con un Consejo Directivo como órgano máximo de dirección, el cual está conformado por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, quien lo preside, los Viceministros de Comercio Exterior y de Turismo, por representantes de entidades del sector público, del sector privado y de los gremios de las Zonas Turísticas Nor Amazónica, Centro y Sur;

Que, el artículo 8 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ, aprobado por Resolución de la Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERÚ/PE, dispone que los miembros del Consejo Directivo son designados por Resolución Suprema a propuesta de las entidades que lo conforman;

Que, mediante Resolución Suprema N° 007-2019-MINCETUR, modificada por la Resolución Suprema N° 010-2020-MINCETUR y Resolución Suprema N° 003-2021-MINCETUR, se modifica la designación de los representantes de entidades públicas y privadas que integran el Consejo Directivo de PROMPERÚ;

Que, con Oficio N° 188-2021-MINCETUR/VMT/DGET de la Secretaria Técnica de la Comisión Multisectorial Permanente encargada de elaborar, actualizar y modificar el Plan Estratégico Nacional de Turismo – PENTUR, y de conformidad con el Oficio N° 000154-2021-PROMPERÚ/GG de la Gerencia General de PROMPERÚ, se solicita la actualización de los representantes de los gremios de las Zonas Turísticas Nor Amazónica, Centro y Sur, por lo que resulta necesario designar a los representantes de los citados gremios ante el Consejo Directivo de PROMPERÚ;

De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modificatorias; la Ley N° 30075, Ley de Fortalecimiento de PROMPERÚ modificada por la Ley N° 30970, Ley que aprueba diversas medidas presupuestarias para coadyuvar a la calidad y la ejecución del gasto público y dicta otras medidas; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERÚ/PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Designar a los representantes de los gremios que integran el Consejo Directivo de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, conforme al siguiente detalle:

En representación del gremio de la Zona Turística

Nor Amazónica:

- CARLOS ACOSTA GÓMEZ Titular

En representación del gremio de la Zona Turística Centro:

- BLANCA NIEVES CHÁVEZ CHÁVEZ Titular

En representación del gremio de la Zona Turística Sur:

- JOSÉ GUILLERMO ROSEMBERG FERREYROS Titular

Artículo 2.- Dar las gracias a los señores Carlos Felipe Viñas de Vivero, Eduardo de la Cadena Mory y Alfonso Carlos Eguíluz Alegre por su participación como miembros del Consejo Directivo de PROMPERÚ.

Artículo 3.- Quedan vigentes los términos de la Resolución Suprema N° 007-2019-MINCETUR, modificada por la Resolución Suprema N° 010-2020-MINCETUR y la Resolución Suprema N° 003-2021-MINCETUR, en lo que no se opongan a lo dispuesto en la presente Resolución Suprema.

Artículo 4.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER

Presidente de la República

CLAUDIA CORNEJO MOHME

Ministra de Comercio Exterior y Turismo

1961783-7