El Peruano
Lunes 3 de febrero de 2014
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PODER EJECUTIVO
AMBIENTE
Designan Directora de la Oficina General
de Administraci�n del Ministerio
RESOLUCI�N MINISTERIAL
N� 024-2014-MINAM
Lima, 20 de enero de 2014
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resoluci�n Ministerial N� 009-2013-
MINAM de 14 de enero de 2013, se design� a la se�ora
economista Yolanda Alcira Vera Huanqui en el cargo
de Directora de la Oficina General de Administraci�n del
Ministerio del Ambiente;
Que, la citada funcionaria ha presentado su renuncia
al cargo que ven�a desempe�ando, por lo que, resulta
necesario aceptar dicha renuncia y designar a la profesional
que ocupar� el citado cargo en su reemplazo;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N� 29158,
Ley Org�nica del Poder Ejecutivo y la Ley N� 27594,
Ley que regula la participaci�n del Poder Ejecutivo en el
nombramiento y designaci�n de funcionarios p�blicos;
SE RESUELVE:
Art�culo 1�.- Aceptar con efectividad al 02 de febrero
de 2014, la renuncia presentada por la se�ora economista
YOLANDA ALCIRA VERA HUANQUI, al cargo de Directora
de la Oficina General de Administraci�n del Ministerio
del Ambiente, d�ndosele las gracias por los servicios
prestados.
Art�culo 2�.- Designar a partir del 03 de febrero de
2014, a la C.P.C, JUANA MU�OZ RIVERA, en el cargo
de Directora de la Oficina General de Administraci�n
del Ministerio del Ambiente, cargo considerado de
confianza.
Reg�strese, comun�quese y publ�quese
MANUEL PULGAR-VIDAL OT�LORA
Ministro del Ambiente
1045128-1
COMERCIO EXTERIOR
Y TURISMO
Autorizan viaje de Directora de la
Oficina de Comunicaciones y Protocolo
a Colombia, en comisi�n de servicios
RESOLUCI�N MINISTERIAL
N� 046-2014-MINCETUR
Lima, 31 de enero de 2014
CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo -
MINCETUR tiene la responsabilidad de elaborar y ejecutar
los planes y programas nacionales sectoriales de desarrollo
en materia de integraci�n, y representa al Per� en los foros
y organismos internacionales de comercio y esquemas de
integraci�n, en el �mbito de su competencia, llevando a
cabo las negociaciones en materia de comercio exterior e
integraci�n;
Que, el Per� viene participando activamente en la
Iniciativa Alianza del Pac�fico, cuyo objetivo es conformar
un �rea de integraci�n en la que se asegure plena libertad
para la circulaci�n de bienes, servicios, capitales y personas,
as� como tambi�n consolidar una plataforma econ�mica
com�n con proyecci�n al mundo, especialmente hacia el
Asia; iniciativa que se encuentra integrada por Colombia,
Chile, Per� y M�xico, representados por los Ministerios
responsables de Comercio Exterior y de Relaciones
Exteriores;
Que, en dicho marco, y teniendo en cuenta los acuerdos
alcanzados en la reuni�n de Ministros de Relaciones
Exteriores de la Alianza del Pac�fico realizada en Ciudad de
M�xico, y con miras a la Cumbre Presidencial de Cartagena
que se efectuar� el 10 de febrero pr�ximo, el Ministerio de
Comercio, Industria y Turismo de Colombia, ejerciendo
la Presidencia Pro Tempore de la Alianza, ha convocado
a una Reuni�n Intersesional del Subgrupo de Estrategia
Comunicacional en la ciudad de Bogot�, los d�as 04 y 05
de febrero de 2014;
Que, dicha reuni�n tiene por objeto, entre otros, aprobar
la estrategia de medios global para 2014, el redise�o de la
p�gina web y la versi�n en ingl�s de la Iniciativa, y acordar
e iniciar las labores de difusi�n de las reuniones del GAN,
de Ministros y la Cumbre Presidencial;
Que, en tal raz�n, es necesario autorizar el viaje de
la se�ora Martha Dayana Mel�ndez Mu�oz, Directora de
la Oficina de Comunicaciones y Protocolo, para que en
representaci�n del MINCETUR participe en el evento antes
mencionado como funcionaria responsable de las materias
a tratar;
Que, la Ley N� 30114, Ley de Presupuesto del Sector
P�blico para el A�o Fiscal 2014, proh�be los viajes al
exterior con cargo a recursos p�blicos, con excepci�n,
entre otros, de los viajes de promoci�n de importancia para
el Per�, los que deben realizarse en categor�a econ�mica y
ser autorizados por Resoluci�n del Titular de la Entidad;
De conformidad con la Ley N� 27790, Ley de Organizaci�n
y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo -
MINCETUR, la Ley N� 27619, que regula la autorizaci�n de
viajes al exterior de los servidores y funcionarios p�blicos,
sus modificatorias, y su Reglamento aprobado por Decreto
Supremo N� 047-2002-PCM, modificado por el Decreto
Supremo N� 056-2013-PCM.
SE RESUELVE:
Art�culo 1�.- Autorizar el viaje de la se�ora Martha
Dayana Mel�ndez Mu�oz, Directora de la Oficina de
Comunicaciones y Protocolo, a la ciudad de Bogot�,
Rep�blica de Colombia, del 03 al 06 de febrero de 2014,
para que en representaci�n del Ministerio de Comercio
Exterior y Turismo, participe en la Reuni�n Intersesional
del Subgrupo de Estrategia Comunicacional de la Alianza
del Pac�fico, a que se refiere la parte considerativa de la
presente Resoluci�n Ministerial.
Art�culo 2�.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resoluci�n, estar�n a cargo del Pliego
Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo,
de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes
: US$ 1 180,84
Vi�ticos (US$ 370,00 x 3 d�as) : US$
1 110,00
Art�culo 3�.- Dentro de los quince (15) d�as calendario
siguientes a su retorno al pa�s, la se�ora Mel�ndez Mu�oz
presentar� a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, un
informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados
obtenidos en el evento al que asistir�; asimismo, presentar�
la rendici�n de cuentas de acuerdo a Ley.
Art�culo 4�.- La presente Resoluci�n no libera ni
exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros,
cualquiera sea su clase o denominaci�n.
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
MAGALI SILVA VELARDE-�LVAREZ
Ministra de Comercio Exterior y Turismo
1045594-1
CULTURA
Declaran Patrimonio Cultural de la
Naci�n al g�nero musical andino
llamado Muliza
RESOLUCI�N VICEMINISTERIAL
N� 007-2014-VMPCIC-MC
Lima, 27 de enero de 2014
El Peruano
Lunes 3 de febrero de 2014
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VISTO, el Expediente N� 050001-2013, el Informe N�
012-2014-DPI-DGPC/MC, el Informe N� 0013-2014-DGPC-
VMPCIC/MC; y,
CONSIDERANDO:
Que, el art�culo 21 de la Constituci�n Pol�tica del
Per� se�ala que es funci�n del Estado la protecci�n del
Patrimonio Cultural de la Naci�n;
Que, el numeral 2) del art�culo 1 de la Ley N� 28296, Ley
General del Patrimonio Cultural de la Naci�n, establece que
son bienes inmateriales que integran el Patrimonio Cultural
de la Naci�n, las creaciones de una comunidad cultural
fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos
de manera unilateral o grupal, y que reconocidamente
responden a las expectativas de la comunidad, como
expresi�n de la identidad cultural y social, adem�s de los
valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas,
lenguas y dialectos originarios, el saber y conocimientos
tradicionales, ya sean art�sticos, gastron�micos,
medicinales, tecnol�gicos, folcl�ricos o religiosos, los
conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones
o manifestaciones culturales que en conjunto conforman
nuestra diversidad cultural como pa�s;
Que, el literal b) del art�culo 7 de la Ley N� 29565, Ley de
Creaci�n del Ministerio de Cultura, establece que es funci�n
exclusiva de esta entidad realizar acciones de declaraci�n,
investigaci�n, protecci�n, conservaci�n, puesta en valor,
promoci�n y difusi�n del Patrimonio Cultural de la Naci�n;
Que, dentro del marco legal descrito en los p�rrafos
precedentes, el inciso 55.8 del art�culo 55 del Reglamento
de Organizaci�n y Funciones, aprobado por Decreto
Supremo N� 005-2013-MC, se�ala entre las funciones
de la Direcci�n de Patrimonio Inmaterial, la de evaluar
las solicitudes para la declaratoria de patrimonio cultural
inmaterial de la naci�n y emitir opini�n t�cnica sobre su
viabilidad, as� como proponer de oficio las manifestaciones
culturales inmateriales a ser declaradas Patrimonio de la
Naci�n;
Que, mediante Informe N� 0013-2014-DGPC-VMPCIC/
MC de fecha 15 de enero de 2014, la Direcci�n General de
Patrimonio Cultural hace suyo el Informe N� 012-2014-DPI-
DGPC/MC de fecha 13 de enero de 2014, emitido por la
Direcci�n de Patrimonio Inmaterial, y solicita, que en virtud
del expediente t�cnico presentado a este Ministerio con
Oficio N� 637-2013-2014/NAVM-CR y las normas vigentes,
el g�nero musical andino llamado Muliza, se declare
Patrimonio Cultural de la Naci�n;
Que, el referido informe emitido por la Direcci�n de
Patrimonio Inmaterial describe a la Muliza, como un g�nero
de m�sica y canci�n propio de la sierra central del Per�,
siendo una manifestaci�n original de esa regi�n, producto
de una circunstancia hist�rica dada por las econom�as
colonial y republicana, que trascendi� esas condiciones
para convertirse en uno de los g�neros musicales m�s ricos
e importantes de la regi�n andina;
Que, la existencia de la Muliza como g�nero musical
se explica en la historia de la sierra central. La regi�n
de altura que incluye las provincias de Yauli, Jun�n,
Tarma, el norte de Jauja, en el departamento de Jun�n, y
la provincia de Pasco, en el departamento de Pasco, ha
sido tradicionalmente zona ganadera, tanto de cam�lidos
como de las especies de origen europeo; en esta regi�n
han dominado los asentamientos temporales en �poca
prehisp�nica y a�n hoy, hay asentamientos temporales en
las llamadas estancias o zonas de pastoreo de altura, y la
poblaci�n ha recorrido por tradici�n grandes distancias,
no solamente para la mantenci�n del ganado sino, para el
intercambio de productos. La econom�a colonial, tuvo como
finalidad fundamental la extracci�n de metal precioso,
siendo la miner�a la actividad econ�mica que vertebr�
el sistema colonial. La zona de la meseta central, en lo
que es actualmente la provincia de Pasco y el norte del
departamento de Jun�n, se convirti� en una de las regiones
mineras m�s importantes de los Andes, lo que implic�
una demanda por los arrieros que transportaban ganado,
materiales y productos diversos a los nuevos centros
mineros;
Que, de acuerdo a los antecedentes hist�ricos se
se�ala que los argentinos que habitaban en la zona que
comprende el altiplano central, ten�an g�neros de canci�n
como la Vidala y la Vidalita, cuya m�trica y temas presentan
similitud con la Muliza, otras versiones sugieren que
adem�s, en la tradici�n local, al menos en Tarma, exist�a
otro g�nero de canci�n y danza llamado Chimaycha, de
origen ind�gena y a�n hoy muy difundido en la sierra de
Ancash y en Hu�nuco, seg�n estas versiones, la Muliza
tendr�a estos dos antecedentes;
Que, se se�ala tambi�n que la Muliza derivar�a, por
su nombre, del mulero, arriero a lomo de mula, una de las
ac�milas m�s socorridas para el transporte en virtud de
su resistencia, en ese contexto aparece el mulero como
personaje t�pico de la regi�n, arriero contratado para el
transporte de bienes y ganado de la nueva econom�a,
manifest�ndose entonces en una tercera hip�tesis, que
sostiene que el nombre del g�nero estar�a emparentado
con la figura del arriero, as� como tambi�n con el ritmo
particular del trotar de las mulas;
Que, este g�nero ha tenido un importante desarrollo en
los centros urbanos de Tarma y Cerro de Pasco, en estas
ciudades la Muliza se constituy� en el g�nero musical
propio del carnaval, en los d�as de la llamada calixtrada,
ocasi�n para la representaci�n burlesca de los patronos del
Carnaval (don Calixtro y �a Pimienta);
Que, la letra, aunque se vale de usos ling��sticos locales,
se canta �nicamente en castellano, la variedad de recursos
literarios, aunada a la riqueza de la instrumentaci�n hacen
de la Muliza uno de los g�neros musicales m�s ricos e
interesantes de la regi�n central andina y han motivado que
este g�nero, originalmente interpretado en carnavales, sea
actualmente parte del repertorio musical de int�rpretes y
conjuntos que participan del circuito musical de la regi�n
y del pa�s;
Que, en resumen, la Muliza, resultado de una coyuntura
hist�rica que devino en una tradici�n regional, se convirti�
en uno de los g�neros m�s populares de la sierra central y
uno de los m�s ricos en letra e instrumentaci�n, consolidada
como g�nero de canci�n, con estructura r�tmica y mel�dica
distinguible, la Muliza es considerada emblema musical de
Cerro de Pasco y Tarma, por ser una manifestaci�n cultural
de interesante trasfondo hist�rico, prol�fica producci�n,
gran riqueza e importancia en la identidad cultural de la
sierra central;
Que, conjuntamente con las referencias hist�ricas,
el Informe N� 012-2014-DPI-DGPC/MC detalla los
antecedentes, caracter�sticas, importancia, alcance y valor
del g�nero musical andino llamado Muliza, para efectos
de ser declarado Patrimonio Cultural de la Naci�n, motivo
por el cual constituye parte integrante de la presente
resoluci�n, de conformidad a lo dispuesto por el numeral
6.2 del art�culo 6 de la Ley N� 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General;
Con el visado del Director General (e) de la Direcci�n
General de Patrimonio Cultural, la Directora (e) de la
Direcci�n de Patrimonio Inmaterial y del Director General
de la Oficina General de Asesor�a Jur�dica; y,
De conformidad con lo dispuesto por la Ley N� 29565,
Ley de creaci�n del Ministerio de Cultura; Ley N� 28296,
Ley General del Patrimonio Cultural de la Naci�n, y su
Reglamento aprobado por Decreto Supremo N� 011-
2006-ED; la Directiva N� 001-2011-MC, aprobada por
Resoluci�n Ministerial N� 080-2011/MC, modificada por
Resoluci�n Ministerial N� 103-2011/MC; y el Reglamento
de Organizaci�n y Funciones del Ministerio de Cultura
aprobado por Decreto Supremo N� 005-2013-MC;
SE RESUELVE:
Art�culo 1�.- Declarar Patrimonio Cultural de la Naci�n
al g�nero musical andino llamado Muliza, por ser una
manifestaci�n cultural de interesante trasfondo hist�rico,
prol�fica producci�n, gran riqueza e importancia en la
identidad cultural de la sierra central.
Art�culo 2�.- Disponer la publicaci�n de la presente
resoluci�n en el Diario Oficial "El Peruano" y la difusi�n
del Informe N� 012-2014-DPI-DGPC/MC de fecha 13 de
enero de 2014 y de la presente resoluci�n en el Portal
Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.
pe).
Art�culo 3�.- Disponer la notificaci�n de la presente
resoluci�n a los �rganos y unidades org�nicas que
correspondan, para los fines pertinentes.
Reg�strese y Comun�quese.
LUIS JAIME CASTILLO BUTTERS
Viceministro de Patrimonio Cultural e
Industrias Culturales
1045659-1