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Fecha de publicación: 26/11/2015
RESOLUCION MINISTERIAL N� 0577-2015-MINAGRI - Norma Legal Diario Oficial El Peruano
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NORMAS LEGALES
Jueves 26 de noviembre de 2015 /
El Peruano
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL CONSEJO
DE MINISTROS
Autorizan viaje de la Ministra de Relaciones
Exteriores a Francia y encargan su Despacho
a la Ministra de Cultura
RESOLUCI�N SUPREMA
N� 274-2015-PCM
Lima, 25 de noviembre de 2015
CONSIDERANDO:
Que, del 30 de noviembre al 11 de diciembre 2015, se
llevar� a cabo en la ciudad de Par�s, Rep�blica Francesa, la
Vig�simo Primera Conferencia de las Partes de la Convenci�n
Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Clim�tico;
Que, esta Conferencia representa el mayor proceso
de negociaci�n multilateral en curso;
Que, siendo importante garantizar una adecuada
representaci�n del Per�, resulta necesario que la Ministra
de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores,
Embajadora en el Servicio Diplom�tico de la Rep�blica
Ana Mar�a Liliana S�nchez Vargas de R�os, asista a la
referida reuni�n;
Teniendo en cuenta las Hojas de Tr�mite (GAB) N.�
2341 y N.� 2351, del Despacho Ministerial, de 17 y 20
de noviembre de 2015, respectivamente; y el Memorando
(OPR) N� OPR0361/2015, de la Oficina de Programaci�n
y Presupuesto, de 19 de noviembre de 2015, que otorga
certificaci�n de cr�dito presupuestario al presente viaje;
De conformidad con el art�culo 127 de la Constituci�n
Pol�tica del Per�; la Ley N� 29158, Ley Org�nica del Poder
Ejecutivo; la Ley N.� 29357, Ley de Organizaci�n y Funciones
del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Reglamento de
Organizaci�n y Funciones del Ministerio de Relaciones
Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.� 135-2010-RE;
la Ley N.� 27619, Ley que regula la autorizaci�n de viajes al
exterior de servidores y funcionarios p�blicos, modificada por
la Ley N.� 28807 y su reglamento, aprobado por el Decreto
Supremo N.� 047-2002-PCM y sus modificatorias; y el numeral
10.1 del art�culo 10 de la Ley N.� 30281, Ley de Presupuesto
del Sector P�blico para el A�o Fiscal 2015;
SE RESUELVE:
Art�culo 1.- Autorizar el viaje en comisi�n de servicios
de la Ministra de Estado en el Despacho de Relaciones
Exteriores, Embajadora en el Servicio Diplom�tico de la
Rep�blica Ana Mar�a Liliana S�nchez Vargas de R�os,
a la ciudad de Paris, Rep�blica Francesa, del 30 de
noviembre al 2 de diciembre de 2015 para participar en
las reuniones se�aladas en la parte considerativa de la
presente resoluci�n; autoriz�ndose su salida del pa�s del
28 de noviembre al 2 de diciembre de 2015.
Art�culo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente comisi�n de servicios, ser�n cubiertos
por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones
Exteriores, Meta 0137175 Representaci�n y Negociaci�n
en Organismos y Foros Internacionales, debiendo rendir
cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15)
d�as calendario, al t�rmino del referido viaje, de acuerdo
con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos
Pasaje
A�reo Clase
Econ�mica
US$
Vi�ticos
por d�a
US$
N� de
d�as
Total
Vi�ticos
US$
Ana Mar�a Liliana S�nchez Vargas de R�os
2 716,24
540,00
3+2
2 700,00
Art�culo 3. Encargar el Despacho de Relaciones
Exteriores a la se�ora Diana �lvarez-Calder�n Gallo,
Ministra de Estado en el Despacho de Cultura, a partir
del 29 de noviembre de 2015 y en tanto dure la ausencia
de la titular.
Art�culo 4. La presente Resoluci�n Suprema no
libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos
aduaneros cualquiera sea su clase o denominaci�n.
Art�culo 5. La presente Resoluci�n Suprema ser�
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la
Ministra de Relaciones Exteriores.
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la Rep�blica
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Presidente del Consejo de Ministros
ANA MAR�A S�NCHEZ DE R�OS
Ministra de Relaciones Exteriores
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AGRICULTURA Y RIEGO
Declaran el primer domingo del mes de
febrero de cada a�o como "D�a Nacional de
la Pachamanca"
RESOLUCI�N MINISTERIAL
N� 0577-2015-MINAGRI
Lima. 23 de noviembre de 2015
VISTO:
El Oficio N� 1848-2015-MINAGRI-DIGNA/DINPE, del
Director General de la Direcci�n General de Negocios
Agrarios, sobre declaraci�n del "D�a Nacional de la
Pachamanca"; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo N� 997, Decreto
Legislativo que aprueba la Ley de Organizaci�n y
Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, modificado
por la Ley N� 30048, se determina que el Ministerio de
Agricultura y Riego (MINAGRI), dise�a, establece, ejecuta
y supervisa las pol�ticas nacionales y sectoriales en
materia agraria, ejerce la rector�a en relaci�n con ella y
vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles de
gobierno;
Que, el art�culo 4 del citado Decreto Legislativo,
modificado por el art�culo 3 de la Ley N� 30048,
establece que el Ministerio de Agricultura y Riego,
tiene como �mbito de competencia, entre otros, los
cultivos y crianzas;
Que, el literal "a" del numeral 4.2. del art�culo 4 del
Reglamento de Organizaci�n y Funciones del Ministerio
de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo
N� 008-2014-MINAGRI, establece que corresponde al
MINAGRI, en el marco de sus competencias compartidas,
promover la producci�n agraria nacional, la oferta
agraria exportable y el acceso de los productos agrarios
nacionales a nuevos mercados;
Que, la pachamanca es un plato emblem�tico y a la
vez una forma tradicional de preparaci�n de alimentos
en el Per�, la cual se realiza principalmente en la regi�n
andina y tiene un profundo significado socio cultural en las
sociedades campesinas;
Que, la revalorizaci�n de la pachamanca ofrece
al sector un mecanismo privilegiado para promover y
dinamizar, a trav�s de la gastronom�a, la comercializaci�n
de variados insumos e ingredientes agrarios originarios
del Per� vinculados a su preparaci�n, de origen agr�cola
como pecuario, altamente nutritivos y sanos; como entre
otros, las carnes de vacuno, porcino, ovino, caprino, aves
y cam�lidos, papas nativas y otras ra�ces y tub�rculos
como la oca, la mashua, el camote y la yuca, granos como
las habas y el choclo y especias y condimentos propios
del pa�s como el huacatay y el chincho;
Que, mediante Resoluci�n Directoral Nacional N� 471/
INC, de fecha 08 de julio de 2003, el Instituto Nacional
de Cultura, hoy Ministerio de Cultura, declara a la
pachamanca como "Patrimonio Cultural de la Naci�n",
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Jueves 26 de noviembre de 2015
El Peruano
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por tratarse de una costumbre milenaria, testimonio de
la creaci�n y sabidur�a de nuestros antepasados y que
por sus inigualables particularidades se constituye como
un bien de singular valor universal, prevaleciendo hasta
nuestros d�as un procedimiento milenario de cocci�n de
determinados alimentos;
Que, con Oficio de Vistos el Director General de la
Direcci�n General de Negocios Agrarios hace suyo y
remite el Informe T�cnico N� 003-2015-MINAGRI-DIGNA-
DINPE/ MWG, por el cual, propone se declare el primer
domingo del mes de febrero de cada a�o como "D�a
Nacional de la Pachamanca", lo que permitir� promover la
realizaci�n a nivel nacional, regional y local de festivales,
concursos, celebraciones, ferias y encuentros alusivos
a la fecha; dinamizar la econom�a campesina y nativa,
fortaleciendo la actividad comunitaria en el entorno
rural; la innovaci�n gastron�mica; el reconocimiento de
la importancia del factor cultural como eje del desarrollo
econ�mico local; el consumo sostenible de los productos
agrarios y el cuidado de la biodiversidad; as� como,
fortalecer el posicionamiento comercial nacional e
internacional de los productos agrarios involucrados en la
preparaci�n de la pachamanca;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N�
29158, Ley Org�nica del Poder Ejecutivo; el Decreto
Legislativo N� 997, Decreto Legislativo que aprueba
la Ley de Organizaci�n y Funciones del Ministerio
de Agricultura, modificado por la Ley N� 30048 a
Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento
de Organizaci�n y Funciones, aprobado por Decreto
Supremo N� 008-2014-MINAGRI;
SE RESUELVE:
Art�culo �nico.- Declarar, el primer domingo del
mes de febrero de cada a�o como "D�a Nacional de la
Pachamanca", por los fundamentos expuestos en la parte
considerativa de la presente Resoluci�n.
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
JUAN MANUEL BENITES RAMOS
Ministro de Agricultura y Riego
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Designan Asesor de la Alta Direcci�n -
Secretar�a General del MINAGRI
RESOLUCI�N MINISTERIAL
N� 0580-2015-MINAGRI
Lima, 24 de noviembre de 2015
CONSIDERANDO:
Que, es necesario designar a un Asesor de la
Alta Direcci�n � Secretar�a General del Ministerio de
Agricultura y Riego;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N� 29158,
Ley Org�nica del Poder Ejecutivo; la Ley N� 27594, Ley
que regula la participaci�n del Poder Ejecutivo en el
nombramiento y designaci�n de funcionarios p�blicos;
el Decreto Legislativo N� 997, Decreto Legislativo que
aprueba la Ley de Organizaci�n y Funciones del Ministerio
de Agricultura, actualmente Ministerio de Agricultura y
Riego, modificado por la Ley N� 30048; y, su Reglamento
de Organizaci�n y Funciones aprobado por el Decreto
Supremo N� 008-2014-MINAGRI;
SE RESUELVE:
Art�culo �nico.- Designar, a partir de la fecha, al
se�or Luis Rub�n Zavaleta Remy, en el cargo de Asesor
de la Alta Direcci�n � Secretar�a General del Ministerio de
Agricultura y Riego.
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
JUAN MANUEL BENITES RAMOS
Ministro de Agricultura y Riego
1316153-1
AMBIENTE
Aprueban culminaci�n del proceso de
transferencia de funciones en materia de
miner�a, hidrocarburos y electricidad del
Ministerio al SENACE
RESOLUCI�N MINISTERIAL
N� 328 -2015-MINAM
Lima, 25 de noviembre de 2015
Visto, el Memor�ndum N� 770-2015-MINAM/SG/OAJ,
emitido por la Oficina de Asesor�a Jur�dica del Ministerio
del Ambiente; el Oficio N� 221-2015-SENACE/J, suscrito
por el Jefe del Servicio Nacional de Certificaci�n
Ambiental para las Inversiones Sostenibles � SENACE y
el Informe N� 001-2015-CT-MINEM-SENACE, emitido por
la Comisi�n de Transferencia de Funciones del Ministerio
de Energ�a y Minas al SENACE; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N� 29968, se aprueba la creaci�n
del Servicio Nacional de Certificaci�n Ambiental para las
Inversiones Sostenibles - SENACE como organismo
p�blico t�cnico especializado, adscrito al Ministerio del
Ambiente, encargado de revisar y aprobar los Estudios
de Impacto Ambiental detallados (EIA-d) conforme a lo
establecido en la Ley N� 27446, Ley del Sistema Nacional
de Evaluaci�n del Impacto Ambiental y sus normas
reglamentarias;
Que, a trav�s de la Primera Disposici�n
Complementaria Final de la Ley N� 29968 y el Decreto
Supremo N� 003-2013-MINAM, se desarrollan las etapas
del proceso de implementaci�n del SENACE, siendo que
la tercera etapa contiene las disposiciones referidas a la
transferencia de funciones de parte de las Autoridades
Sectoriales, que se gestiona a trav�s de la aprobaci�n del
Decreto Supremo refrendado por el Ministro del Ambiente
y el titular del sector cuya transferencia se aprueba;
Que, la cuarta etapa relacionada al seguimiento de
transferencia de funciones, se realiza de forma paralela a
la transferencia, encarg�ndose al Ministerio del Ambiente
el seguimiento al proceso de transferencia de funciones
al SENACE a fin de garantizar la correcta implementaci�n
y funcionamiento del mismo y realizar los ajustes
necesarios;
Que, al respecto, mediante Decreto Supremo
N� 006-2015-MINAM, se aprueba el cronograma de
transferencia de las funciones de las Autoridades
Sectoriales al SENACE en el marco de la Ley N� 29968;
estableci�ndose en el numeral 1.1 de su art�culo 1 que
el inicio del proceso de transferencia de funciones de los
subsectores Energ�a y Miner�a se realiza en el segundo
trimestre del a�o 2015;
Que, asimismo, el numeral 1.2 del art�culo citado en
el p�rrafo precedente, establece que la transferencia
de funciones comprende: a) la revisi�n y aprobaci�n
de los estudios de impacto ambiental detallados; b) la
administraci�n del "Registro de Entidades Autorizadas
a elaborar Estudios Ambientales", del "Registro de
Entidades Autorizadas a elaborar Estudios de Impacto
Ambiental" o de cualquier otro registro de denominaci�n
similar; y, c) la administraci�n del "Registro Administrativo
de car�cter p�blico y actualizado de certificaciones
ambientales concedidas o denegadas", o de cualquier
otro registro de denominaci�n similar; que deba formar
parte del SENACE;
Que, de conformidad con el art�culo 2 del
Decreto Supremo N� 006-2015-MINAM, la Comisi�n
de Transferencia Sectorial respectiva tendr� la
responsabilidad de conducir y coordinar el proceso
de transferencia de funciones hasta su respectiva
culminaci�n;
Que, mediante Resoluci�n Jefatural N�
021-2015-SENACE/J y Resoluci�n Ministerial N� 085-
2015-MEM/DM se designaron a los representantes del
SENACE y MINEM ante la comisi�n que se encargar�
de conducir y coordinar el proceso de transferencia
de las funciones de los subsectores Energ�a y Minas,
respectivamente;