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Fecha de publicación: 01/10/2022
Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos del Programa Nacional de Conservación de Bosques para la Mitigación del Cambio Climático

Declaran caducidad por el no pago oportuno de los años 2021-2022 de 2,365 derechos mineros, sustentada en el Informe N° 2664-2022-INGEMMET/DDV/L

Resolución de Presidencia

N° 099-2022-INGEMMET/PE

Lima, 22 de setiembre del 2022

VISTO el Informe N° 2664-2022-INGEMMET/DDV/L de fecha 22/09/2022 de la Dirección de Derecho de Vigencia que sustenta la caducidad por el no pago oportuno de los años 2021-2022;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 59 del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo N° 014-92-EM, establece que produce la caducidad de denuncios, petitorios y concesiones mineras, el no pago oportuno del derecho de vigencia o de la penalidad, según sea el caso, durante dos años consecutivos
o no;

Que, el artículo 96 del Reglamento de los Títulos pertinentes del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo N° 03-94-EM, señala que el Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET declara por resolución colectiva la caducidad de los petitorios mineros cuyo trámite tenga a su cargo y de las concesiones mineras cuyos titulares pertenezcan al régimen general, así como a la minería artesanal y pequeña minería en Lima Metropolitana;

Que, el artículo 102 del citado reglamento, numeral 102.1, dispone que la Dirección de Derecho de Vigencia considerando la información obtenida del Registro de Pagos de derecho de vigencia y penalidad elabora el informe sustentatorio de caducidad por no pago de derecho de vigencia y lo remite a la Dirección de Concesiones Mineras;

Que, mediante Informe N° 2664-2022-INGEMMET/DDV/L de fecha 22/09/2022 la Dirección de Derecho de Vigencia sustentó la caducidad de 2,365 derechos mineros, remitiendo el listado de los derechos mineros correspondientes;

Que, mediante Informe Nº 11571-2022-INGEMMET-DCM-UTN de fecha 22/09/2022 y decreto de fecha 22/09/2022 la Dirección de Concesiones Mineras remite los expedientes a caducar con el proyecto de resolución colectiva;

Que, conforme a las modalidades de notificación y su orden de prelación establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, corresponde notificar personalmente la presente resolución y complementariamente publicarla en el diario oficial El Peruano para mejorar las posibilidades de participación de los administrados;

De conformidad con el artículo 66 del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo N° 014-92-EM, con el visado de la Dirección de Concesiones Mineras, la Dirección de Derecho de Vigencia y la Oficina de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Declarar la caducidad por el no pago oportuno de los años 2021-2022 de los 2,365 derechos mineros que se detallan en el Anexo, sustentada en el Informe N° 2664-2022-INGEMMET/DDV/L de fecha 22/09/2022 de la Dirección de Derecho de Vigencia, que forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo Segundo.- PUBLÍQUESE la presente resolución y su Anexo en la página web del INGEMMET, www.ingemmet.gob.pe, así como en el diario oficial El Peruano.

Artículo Tercero.- ANÉXESE en el expediente ABUNDANCIA II 2009 de código 010187709 el original de la presente resolución, Anexo e informes citados.

Artículo Cuarto.- Consentida o ejecutoriada que sea la presente resolución, remítase a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos para su inscripción.

Notifíquese, publíquese y regístrese.

HENRY LUNA CORDOVA

Presidente Ejecutivo (e)

2110289-1