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Fecha de publicación: 20/01/2016
ORDENANZA N� 335-2015-MDI - Norma Legal Diario Oficial El Peruano
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NORMAS LEGALES
Mi�rcoles 20 de enero de 2016 /
El Peruano
MUNICIPALIDAD DE COMAS
Aprueban bases administrativas para
designar Ejecutor Coactivo y Auxiliares
Coactivos
ACUERDO DE CONCEJO
N� 004-2016/MC
Comas, 14 de enero del 2016
VISTO:
En Sesi�n Ordinaria de Concejo de la fecha, el
Dictamen 002-2016-CEAFPyP/MC de la Comisi�n
Permanente de Regidores de la Comisi�n de Econom�a,
Administraci�n, Finanzas, Planificaci�n y Presupuesto
de la Municipalidad Distrital de Comas, por el cual se
aprueban las Bases Administrativas para designar a
un (01) EJECUTOR COACTIVO y (02) AUXILIARES
COACTIVOS para la Municipalidad Distrital de Comas,
y;
CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades son �rganos de Gobierno
Local que emanan de la voluntad popular, tienen
autonom�a pol�tica, econ�mica y administrativa en los
asuntos de su competencia de conformidad con lo
establecido en el Art. 194� de la Constituci�n Pol�tica del
Per�, modificado por Ley N� 30305, concordante con el
art�culo II del T�tulo Preliminar de la Ley N� 27972, Ley
Org�nica de Municipalidades;
Que, los Regidores y el Alcalde tienen entre sus
atribuciones, el proponer proyectos de Ordenanzas
y Acuerdos, seg�n lo establecido por el Art�culo 10�
inciso 1) y Art�culo 20� inciso 4) de la Ley N� 27972,
correspondiendo a este �ltimo, ejecutar los Acuerdos del
Concejo Municipal de conformidad al inciso 3) del Art�culo
20� de la Ley antes citada;
Que, el art�culo 41� de la Ley N� 27972, Ley Org�nica
de Municipalidades se�ala que los Acuerdos son
decisiones que toma el Concejo, referidos a asuntos
espec�ficos de inter�s p�blico, vecinal o institucional,
que expresan la voluntad del �rgano de gobierno para
practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta
o norma institucional;
Que, en el numeral 32) del art�culo 9� de la Ley N�
27972, Ley Org�nica de Municipalidades establece
como una de las atribuciones del Concejo Municipal
aprobar el cuadro de asignaci�n de personal y las bases
de las pruebas para la selecci�n de personal y para los
concursos de provisi�n de puestos de trabajo;
Que, en el Art�culo 7� numeral 7.1 del TUO de la Ley
N� 26979, Ley de Procedimiento de Ejecuci�n Coactiva
aprobado mediante Decreto Supremo N� 018-2008-JUS,
se�ala que: "La designaci�n del Ejecutor Coactivo como
la del Auxiliar se efectuar� mediante concurso p�blico de
m�ritos";
Que, en el Art�culo 1� de la Ley precisa que el cargo
de ejecutor coactivo no es cargo de confianza � Ley N�
27204, cuyo texto se�ala: "Precisase que el Ejecutor
y el Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o
contratados, seg�n el r�gimen laboral de la Entidad a
la cual representan, y su designaci�n, en los t�rminos
se�alados en el art�culo 7� de la Ley 27679 � Ley del
Procedimiento de Ejecuci�n Coactiva, no implica que
dichos cargos sean de confianza;
Que, mediante Memorando N� 1020-2015-GR/MC
de fecha 17 de Diciembre del 2015, La Gerencia de
Rentas solicita se efect�e la Convocatoria para contratar
a un Ejecutor Coactivo y a dos Auxiliares Coactivos,
mediante concurso p�blico de m�ritos dentro del marco
establecido en la Ley N� 26979; todo ello con la finalidad
de que dichos contratados se encarguen con la ejecuci�n
forzosa de las multas tributarias, de los cierres y clausuras
de establecimientos y demoliciones de construcciones
indebidas e irregularidades;
Que, con Informe N� 1837-2015-SGP-GPPR/MC
de fecha 31 de Diciembre del 2015, la Sub Gerencia
de Presupuesto se pronuncia sobre la disponibilidad
Presupuestaria sobre el requerimiento de personal
del Ejecutor Coactivo y de los Auxiliares Coactivos
convocados por Concurso P�blico de M�ritos.
Que, mediante Memorando N� 1067-2015-GPPR/MC
de fecha 31 de Diciembre del 2015 se establece que de
acuerdo al Presupuesto Institucional de Apertura �PIA
2016 aprobado mediante Acuerdo de Concejo N� 116-
2015/MC de fecha 22 de Diciembre del 2015, se cuenta
con disponibilidad presupuestal, por el monto de S/.
212,395.79 soles, seg�n la informaci�n registrada en el
SIAF para el Ejercicio Fiscal 2016;
Que mediante Informe N� 023-2016-GAJ/MC de
fecha 12 de Enero del.2016, la Gerencia de Asuntos
Jur�dicos se�ala que por las consideraciones expuestas,
de conformidad con lo establecido en el numeral 1� del
art�culo 67� del Reglamento de Organizaci�n y Funciones
� ROF de la Municipalidad Distrital de Comas, opina por
la aprobaci�n de las Bases para Concurso P�blico para
designar un (01) Ejecutor Coactivo y de dos (02) Auxiliares
Coactivos de la Municipalidad Distrital de Comas previo
Acuerdo de Concejo;
Que, seg�n Carta N� 02-2016-SG/MC, el Secretario
General del Concejo Municipal, remite al Presidente de
la Comisi�n de Econom�a, Administraci�n, Finanzas,
Planificaci�n y Presupuesto, los actuados haciendo
menci�n de las Bases para Concurso Publico de M�ritos
de la designaci�n de un Ejecutor Coactivo y dos Auxiliares
Coactivos, para que sea evaluado en Comisi�n y se emita
el Dictamen correspondiente,
Estando a lo expuesto en el Dictamen N�
002-2016-CEAFPyP de la Comisi�n de Econom�a,
Administraci�n, Finanzas, Planificaci�n y Presupuesto; y,
en uso de las facultades conferidas por la Ley N� 27972,
Ley Org�nica de Municipalidades, el Concejo POR
UNANIMIDAD.
ACUERDA:
Art�culo Primero.- APROBAR, las Bases
Administrativas PARA DESIGNAR A UN (01) EJECUTOR
COACTIVO y DOS (02) AUXILIARES COACTIVOS para
la Municipalidad Distrital de Comas, correspondiente
al Concursos P�blico de M�ritos N� 001-2016/MC, las
mismas que formar�n parte del Presente Acuerdo de
Concejo como anexo adjunto, siendo que el Ejecutor
Coactivo y los Auxiliares Coactivos ser�n funcionarios
contratados en concordancia al art�culo 1� de la Ley N�
27204.
Art�culo Segundo.- FAC�LTESE, al se�or Alcalde
para que mediante Resoluci�n de Alcald�a designe
al Comit� que llevar� a cabo el Concurso P�blico de
M�ritos para la selecci�n de un (01) Ejecutor Coactivo y
de dos (02) Auxiliares Coactivos, as� como establecer el
cronograma del citado Concurso P�blico de M�ritos.
Art�culo Tercero.- ENCARGAR, el cumplimiento
de lo dispuesto en el presente Acuerdo de Concejo
a la Gerencia Municipal, Gerencia de Comunicaci�n
Municipal, Gerencia de Administraci�n y Finanzas y
Gerencia de Secretaria General la publicaci�n del Acuerdo
de Concejo en el Diario Oficial El Peruano y se disponga
que la Gerencia de Inform�tica, Estad�stica y Gobierno
Electr�nico proceda a publicar el texto �ntegro del Acuerdo
de Concejo en la p�gina web de la entidad.
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
MIGUEL ANGEL SALDA�A REATEGUI
Alcalde
1334903-1
MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Crean la Gerencia de Modernizaci�n
de la Gesti�n Municipal y modifican el
Reglamento de Organizaci�n y Funciones
(ROF) y el Organigrama Estructural de la
Municipalidad
ORDENANZA N� 335-2015-MDI
Independencia, 29 de Diciembre del 2015
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NORMAS LEGALES
Mi�rcoles 20 de enero de 2016
El Peruano
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EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE INDEPENDENCIA;
VISTO: En Sesi�n Ordinaria de Concejo de la fecha,
Memorando N� 2806 y 2854-2015-GM/MDI de la Gerencia
Municipal, el Informe N� 598-2015-GPPR/MDI de la
Gerencia de Planificaci�n, Presupuesto y Racionalizaci�n
y el Informe N� 596-2015-GAL/MDI de la Gerencia
de Asesor�a Legal, relacionados con la propuesta de
modificaci�n del Reglamento de Organizaci�n y Funciones
de la Municipalidad Distrital de Independencia, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme con lo establecido en el art�culo 194�
de la Constituci�n Pol�tica del Per�, concordante con lo
prescrito en el art�culo II del T�tulo Preliminar de la Ley N�
27972 "Ley Org�nica de Municipalidades", los gobiernos
locales gozan de autonom�a pol�tica, econ�mica y
administrativa en los asuntos de su competencia, y que la
autonom�a que la Constituci�n Pol�tica del Per� establece
para las municipalidades radica en la facultad de ejercer
actos de gobierno, administrativos y de administraci�n,
con sujeci�n al ordenamiento jur�dico;
Que, seg�n el art�culo 26� de la Ley N� 27972
"Ley Org�nica de Municipalidades", la administraci�n
municipal adopta una estructura gerencial sustent�ndose
en principios de programaci�n, direcci�n, ejecuci�n,
supervisi�n, control recurrente y posterior. Asimismo, las
facultades y funciones se establecen en los instrumentos
de gesti�n y en la citada ley;
Que, el art�culo 9�, numeral 3) de la norma acotada,
indica que corresponde al Concejo Municipal aprobar el
r�gimen de organizaci�n interior y funcionamiento del
gobierno local;
Que, en ese orden, atendiendo que el Reglamento
de Organizaci�n y Funciones � ROF, es el documento
t�cnico normativo de gesti�n institucional, cuya elaboraci�n
debe realizarse sobre la base de criterios de simplicidad y
flexibilidad en un contexto de uso racional de los recursos
p�blicos, se emiti� el Decreto Supremo N� 043-2006-
PCM, que aprueba los Lineamientos para la Elaboraci�n y
Aprobaci�n del Reglamento de Organizaci�n y Funciones �
ROF, por parte de las Entidades de la Administraci�n P�blica;
Que, el art�culo 34� del Decreto Supremo referido,
establece que el Reglamento de Organizaci�n y
Funciones � ROF, para el caso de las municipalidades
deber� aprobarse mediante Ordenanza Municipal;
Que, por otro lado, mediante la Ley N� 27658 " Ley
Marco de Modernizaci�n de la Gesti�n del Estado", se
declara al Estado Peruano en proceso de modernizaci�n
en sus diferentes instancias, dependencias, entidades,
organizaciones y procedimientos, con la finalidad de
mejorar la gesti�n p�blica y contribuir en el fortalecimiento
de un Estado moderno, descentralizado y con mayor
participaci�n del ciudadano;
Que, de conformidad con el Decreto Supremo N� 067-
2003-PCM y el art�culo 34� del Decreto Supremo N� 094-
2005-PCM "Reglamento de Organizaci�n y Funciones de
la Presidencia del Consejo de Ministros", la Secretar�a
de Gesti�n P�blica act�a como ente rector del Sistema
Nacional de Inform�tica, y a trav�s de la Oficina Nacional
de Gobierno Electr�nico e Inform�tica se encarga de dirigir,
implementar y supervisar la pol�tica nacional de gobierno
electr�nico e inform�tica;
Que, en cumplimiento a lo dispuesto por el art�culo 37� del
Reglamento de Organizaci�n y Funciones de la Presidencia
del Consejo de Ministros, la Oficina Nacional de Gobierno
Electr�nico e Inform�tica � ONGEI de la Presidencia del
Consejo de Ministros ha presentado la Estrategia Nacional
de Gobierno Electr�nico e Inform�tica, aprobado mediante
Resoluci�n Ministerial N� 274-2006-PCM;
Que, la Estrategia Nacional de Gobierno Electr�nico es
una meta incluida en la matriz del Plan de Desarrollo de la
Sociedad de la Informaci�n en el Per� � La Agenda Digital
Peruana aprobado mediante Decreto Supremo N� 031-2006-
PCM;
Que, mediante Decreto Supremo N� 054-2011-
PCM, se aprueba el Plan Bicentenario: El Per� hacia el
2021, que establece seis ejes de desarrollo; y mediante
Decreto Supremo N� 066-2011-PCM; se aprob� el Plan
de Desarrollo de la Sociedad de la Informaci�n en el Per�
- La Agenda Digital Peruana 2.0;
Que, mediante Ley N� 30224, se crea el Sistema
Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad.
Estableci�ndose como objetivo del Sistema armonizar
pol�ticas de calidad en los sectores, y en diferentes niveles
de gobierno, orientando y articulando actividades de
normalizaci�n, acreditaci�n y metrolog�a, promoviendo que
se desarrolle una cultura de calidad en busca de certificaci�n;
Que, por el Decreto Supremo N� 004-2013-PCM,
se aprueba la Pol�tica Nacional de Modernizaci�n de la
Gesti�n P�blica, siendo el principal instrumento orientador
de la modernizaci�n de la gesti�n p�blica en el Per�, que
establecer� la visi�n, los principios y lineamientos para una
actuaci�n coherente y eficaz del sector p�blico, al servicio
de los ciudadanos y el desarrollo del pa�s. Se establece
que es de aplicaci�n a las entidades de la Administraci�n
P�blica, incluyendo a Gobiernos Locales. Tambi�n, dispone
que la Presidencia del Consejo de Ministros, a trav�s de
la Secretar�a de Gesti�n P�blica, en su calidad de rector
del proceso de Modernizaci�n de la Gesti�n P�blica y en
coordinaci�n con otras entidades cuando por la materia
a desarrollar ello sea necesario, tendr� a su cargo la
articulaci�n, seguimiento y evaluaci�n de la Pol�tica Nacional
de Modernizaci�n de la Gesti�n P�blica;
Que, as� tambi�n, se establecen como objetivos
estrat�gicos de la Pol�tica Nacional de Modernizaci�n de
la Gesti�n P�blica: 1) Implementar la gesti�n por procesos
y promover la simplificaci�n administrativa en todas las
entidades p�blicas a fin de generar resultados positivos en
la mejora de los procedimientos y servicios orientados a los
ciudadanos y empresas. 2) Promover el gobierno electr�nico
a trav�s del uso intensivo de las tecnolog�as de informaci�n
y comunicaci�n (TIC) como soporte a los procesos de
planificaci�n, producci�n y gesti�n de las entidades p�blicas
permitiendo a su vez consolidar propuestas de gobierno
abierto. 3) Desarrollar un sistema de gesti�n del conocimiento
integrado al sistema de seguimiento, monitoreo y evaluaci�n
de la gesti�n p�blica, que permita obtener lecciones
aprendidas de los �xitos y fracasos, y establezcan mejores
pr�cticas para un nuevo ciclo de gesti�n;
Que, mediante Decreto Supremo N� 081-2013-PCM
se aprueba la Pol�tica Nacional de Gobierno Electr�nico
2013-2017 enmarcado dentro de la Estrategia de
Modernizaci�n de la Gesti�n P�blica 2012 � 2016 y su
respectiva pol�tica al 2021;
Que, con la Ordenanza N� 314-2015-MDI de fecha
15 de Enero del 2015 se aprob� la Nueva Estructura
Org�nica y el Reglamento de Organizaci�n y Funciones
�ROF de la Municipalidad Distrital de Independencia, el
mismo que se encuentra en plena aplicaci�n;
Que, en este contexto y teniendo en cuenta que esta
Entidad se encuentra en realizando acciones orientadas
a incrementar los niveles de eficiencia y eficacia con
miras a la modernizaci�n en la gesti�n p�blica, a fin de
lograr resultados en beneficio de los ciudadanos de la
jurisdicci�n distrital;
Que, mediante Memorando N� 2806-2015-GM/MDI
de fecha 17 de diciembre del 2015, la Gerencia Municipal
propone la creaci�n de la Gerencia de Modernizaci�n de la
Gesti�n Municipal con el prop�sito de lograr los siguientes
objetivos: Implementar la Gesti�n por Procesos y promover
la Simplificaci�n Administrativa, Implementar la Gesti�n
por Resultados, Implementar el Gobierno Electr�nico,
Implementar la Gesti�n de la Calidad y la Mejora Continua,
Implementar el Sistema de Gesti�n del Conocimiento e
Implementar la Sociedad de la Informaci�n;
Que, en consecuencia, es pertinente efectuar
la modificaci�n del Reglamento de Organizaci�n y
Funciones y Organigrama Estructural, orientado a
mejorar y modernizar la prestaci�n de los servicios
p�blicos locales y a contribuir en la promoci�n efectiva del
desarrollo contemplados en los programas y proyectos
del "Plan de Desarrollo Local Concertado del Distrito de
Independencia al 2021", aprobado con la Ordenanza N�
248-2011-MDI y en el "Plan Estrat�gico Institucional 2015
-2018 de la Municipalidad Distrital de Independencia",
aprobado por Ordenanza N� 332-2015-MDI;
Que, mediante el Informe N� 598-2015-GPPR/MDI
de fecha 21 de diciembre del 2015, de la Gerencia de
Planificaci�n, Presupuesto y Racionalizaci�n, Informe
N� 596-2015-GAL/MDI de fecha 22 de diciembre del
2015 de la Gerencia de Asesor�a Legal y Memorando N�
2854-2015-GM/MDI de fecha 22 de diciembre del 2015,
de la Gerencia Municipal, opinan por la procedencia
de la aprobaci�n de la modificaci�n del Reglamento
de Organizaci�n y Funciones � ROF y Organigrama
Estructural; solicitando al pleno del Concejo Municipal
proceder a su aprobaci�n;
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NORMAS LEGALES
Mi�rcoles 20 de enero de 2016 /
El Peruano
Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido
en los Art�culos 9� numeral 8 y 40� de la Ley N� 27972 Ley
Org�nica de Municipalidades, con dispensa del tr�mite
de lectura y aprobaci�n del Acta, el Concejo Municipal
aprob� por MAYOR�A la siguiente ORDENANZA;
ORDENANZA:
"CREACION DE LA GERENCIA DE MODERNIZACION
DE LA GESTION MUNICIPAL Y MODIFICACION DEL
REGLAMENTO DE ORGANIZACI�N Y FUNCIONES
(ROF) Y ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA"
Art�culo 1�.- CREASE la Gerencia de Modernizaci�n
de la Gesti�n Municipal en la Municipalidad Distrital de
Independencia, como �rgano de apoyo y dependiente de
la Gerencia Municipal, con el prop�sito que cumpla los
objetivos siguientes:
a) Implementar la Gesti�n por Procesos y promover la
Simplificaci�n Administrativa.
b) Implementar la Gesti�n por Resultados.
c) Implementar el Gobierno Electr�nico.
d) Implementar la Gesti�n de la Calidad y la Mejora
Continua.
e) Implementar el Sistema de Gesti�n del
Conocimiento.
f) Implementar la Sociedad de la Informaci�n
Art�culo 2�.- MODIFICAR el Reglamento de
Organizaci�n y Funciones (ROF) y Organigrama
Estructural de la Municipalidad Distrital de Independencia,
aprobado por Ordenanza N� 314-2015-MDI, en los
siguientes t�rminos:
A.) Incorporar en el Art�culo 8� referido a la estructura
org�nica, lo siguiente:
06.- �RGANOS DE APOYO
06.4.- Gerencia de Modernizaci�n de la Gesti�n
Municipal
06.4.1.- Sub Gerencia de Tecnolog�as de la Informaci�n
y la Comunicaci�n
B.) Incorporar en el Art�culo 47� referido a los �rganos
de Apoyo, lo siguiente:
06.4.- Gerencioa de Modernizaci�n de la Gesti�n
Municipal
06.4.1.- Sub Gerencia de Tecnolog�a de la Inforrmaci�n
y la Comunicaci�n
C.) Incorporar los Art�culos 53A� y 53B�, los cuales
quedar�n redactados de la siguiente manera:
06.4.- GERENCIA DE MODERNIZACI�N DE LA
GESTI�N MUNICIPAL
ART�CULO 53A�
La Gerencia de Modernizaci�n de la Gesti�n Municipal,
es el �rgano de apoyo responsable de implementar la Gesti�n
por Procesos y promover la Simplificaci�n Administrativa,
implementar la Gesti�n por Resultados, implementar el
Gobierno Electr�nico, implementar la Gesti�n de la Calidad
y la Mejora Continua, implementar el Sistema de Gesti�n del
Conocimiento y de implementar la Sociedad de la Informaci�n
en la Municipalidad, en concordancia y aplicaci�n de la
normatividad vigente, a los lineamientos de los organismos
rectores y a las pol�ticas de la Alta Direcci�n. Depende
jer�rquicamente de la Gerencia Municipal.
La Gerencia de Modernizaci�n de la Gesti�n Municipal
est� a cargo de un funcionario de confianza con categor�a
de Gerente, quien tiene la obligaci�n de planificar, organizar,
coordinar, dirigir, controlar y evaluar las funciones generales
y espec�ficas de su Despacho y de la Sub Gerencia a su
cargo y del personal a su mando, bajo responsabilidad.
ART�CULO 53B�
Son funciones de la Gerencia de Modernizaci�n de la
Gesti�n Municipal:
a) Atender en el plazo que determina la Ley la carga
documentaria derivada de tr�mite documentario y de otras
Unidades Org�nicas, bajo responsabilidad funcional.
b) Administrar eficientemente todos los recursos
(humanos, log�sticos y otros) que la administraci�n
municipal ponga a disposici�n y bajo responsabilidad
funcional.
En lo que respecta a la Gesti�n por Procesos y la
Simplificaci�n Administrativa:
c) Implementar la gesti�n por procesos y promover la
simplificaci�n administrativa a fin de generar resultados
positivos en la mejora de los procedimientos y servicios
orientados a los ciudadanos y empresas.
d) Desarrollar y optimizar los procesos de producci�n
o trabajo (la "cadena de valor") y los de soporte (que
alimentan a los anteriores), con el fin de alcanzar los
niveles de producci�n de bienes y servicios p�blicos de
calidad esperados por la poblaci�n, con la mayor eficacia
y eficiencia posibles en el uso de los recursos.
e) Reordenar o reorganizar las competencias y
funciones contenidas en la estructura funcional actual
adecu�ndolos a una organizaci�n basada en procesos de
la cadena de valor.
f) Estandarizar y documentar los procesos a trav�s
herramientas inform�ticas.
g) Desarrollar v�nculos de estrecha comunicaci�n con
la Secretar�a de Gesti�n P�blica (SGP), que nos permita
alinear nuestros objetivos a los objetivos relacionados a
la Gesti�n por Procesos, simplificaci�n administrativa y
organizaci�n institucional.
h) Desarrollar y mantener actualizado los Manuales
de Procedimientos, en coordinaci�n con las unidades
org�nicas involucradas.
i) Promover consensos en la Mancomunidad de Lima
Norte en materias de Gesti�n por procesos y simplificaci�n
administrativa.
j) Las dem�s funciones que le asigne la Gerencia
Municipal y/o la Alcald�a
En lo que respecta a la Gesti�n por Resultados:
k) Implementar sistemas de indicadores de desempe�o
y resultados que le permitan monitorear y evaluar si los
insumos se est�n transformando en los productos cuyos
resultados son los que los ciudadanos demandan.
l) Desarrollar actividades para contar con funcionarios
p�blicos calificados y motivados.
m) Trasformar los insumos en productos (seguridad
jur�dica, normas, regulaciones, bienes o servicios p�blicos)
que arrojen como resultado la mayor satisfacci�n de los
ciudadanos, garantizando sus derechos y al menor costo
posible.
n) Desarrollar canales para lograr mayor transparencia,
accesibilidad y participaci�n de todos los ciudadanos y
rendici�n de cuentas por el Estado.
o) Fomentar un cambio cultural que permita sostener
el esfuerzo de modernizaci�n, el cual parte por entender
la necesidad de cambiar la gesti�n p�blica hacia una
gesti�n por resultados.
p) Promover consensos en la Mancomunidad de Lima
Norte en materias de Gesti�n por resultados.
q) Las dem�s funciones que le asigne la Gerencia
Municipal y/o la Alcald�a
En lo que respecta al Gobierno Electr�nico:
r) Promover el gobierno electr�nico a trav�s del uso
intensivo de las tecnolog�as de informaci�n y comunicaci�n
(TIC) como soporte a los procesos de planificaci�n,
producci�n y gesti�n de las entidades p�blicas permitiendo a
su vez consolidar propuestas de gobierno abierto.
s) Adecuar la normatividad necesaria para el
despliegue del gobierno electr�nico.
t) Proveer a la poblaci�n, informaci�n, tr�mites y
servicios p�blicos accesibles por todos los medios.
u) Mejorar las capacidades tanto de funcionarios
p�blicos como de la sociedad para acceder y hacer uso
efectivo de los servicios del gobierno electr�nico.
v) Desarrollar v�nculos de estrecha comunicaci�n con
la Oficina Nacional de Gobierno Electr�nico e Inform�tica
(ONGEI), que nos permita alinear nuestros objetivos a los
objetivos relacionados a los Gobiernos electr�nicos del pa�s.
w) Promover consensos en la Mancomunidad de Lima
Norte en materias de Gobierno electr�nico.
x) Las dem�s funciones que le asigne la Gerencia
Municipal y/o la Alcald�a
En lo que respecta a la Gesti�n de la Calidad y la
Mejora Continua:
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NORMAS LEGALES
Mi�rcoles 20 de enero de 2016
El Peruano
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y) Proponer la Pol�tica Municipal para la Calidad en el
marco de la Pol�tica Nacional de Calidad.
z) Realizar el seguimiento de la implementaci�n de las
pol�ticas de calidad.
aa) Promover la mejora continua de los procesos,
servicios y productos; haciendo uso de herramientas y
m�todos acreditados internacionalmente.
bb) Armonizar pol�ticas de calidad orientando y
articulando actividades de normalizaci�n, acreditaci�n,
metrolog�a, promoviendo que se desarrolle una cultura de
calidad en busca de la certificaci�n.
cc) Acreditar al Gobierno Municipal ante el Instituto
Nacional de Calidad (INACAL) para ser reconocidos por
el Estado Peruano con respecto a nuestras competencias
t�cnicas en la prestaci�n del servicio de evaluaci�n de la
conformidad en un alcance determinado.
dd) Promover consensos en la Mancomunidad en
materias de Pol�ticas de Calidad y mejora Continua
ee) Las dem�s funciones que le asigne la Gerencia
Municipal y/o la Alcald�a
En lo que respecta al Sistema de Gesti�n del
Conocimiento:
ff) Implementar el Sistema de Gesti�n del Conocimiento
que permita establecer procesos de Cambio Cultural
o de Mejora Continua de la Calidad, sobre la base de
las mejores pr�cticas internacionales ("benchmark") y
nacionales.
gg) Implementar la sistematizaci�n y el
almacenamiento de la informaci�n relativa a los
est�ndares de trabajo que mejor funcionaron o los
procesos m�s eficaces y eficientes, de los formatos
m�s amigables, los t�rminos de referencia o el alcance
de los proyectos, los contratos m�s seguros, los precios
y costos pactados, los perfiles profesionales que mejor
se desempe�aron, las empresas consultoras con las
que se trabaj� y una evaluaci�n de su desempe�o y
otros aspectos recogidos durante la gesti�n.
hh) Promover consensos en la Mancomunidad en
materias de Pol�ticas de Gesti�n del Conocimiento
ii) Las dem�s funciones que le asigne la Gerencia
Municipal y/o la Alcald�a
En lo que respecta a la Sociedad de la informaci�n:
jj) Garantizar mejores oportunidades de uso y
apropiaci�n de las TIC que aseguren la inclusi�n social,
el acceso a servicios sociales, que permita el ejercicio
pleno de la ciudadan�a y el desarrollo humano en pleno
cumplimiento de las metas del milenio.
kk) Fortalecer la Seguridad Ciudadana e impulsar
una eficiente gesti�n ambiental mediante el uso de las
TIC.
ll) Adoptar las TIC para incrementar la competitividad
en los diversos agentes que realizan actividades
econ�micas, en especial en las MYPES.
mm) Promover una Administraci�n P�blica de calidad
orientada a la poblaci�n impulsando la Interoperabilidad
entre las instituciones del Estado para la cooperaci�n, el
desarrollo, la integraci�n y la prestaci�n de m�s y mejores
servicios para la sociedad.
nn) Desarrollar e implementar mecanismos para
asegurar el acceso oportuno a la informaci�n y una
participaci�n ciudadana como medio para aportar a la
gobernabilidad y transparencia de la gesti�n del Estado.
oo) Implementar mecanismos para mejorar la
seguridad de la informaci�n.
pp) Promover la inserci�n de los planteamientos de
la Agenda Digital Peruana 2.0 en el Plan de Desarrollo
Institucional as� como en los distintos niveles del gobierno
local.
qq) Desarrollar v�nculos de estrecha comunicaci�n
con la Comisi�n Multisectorial Permanente encargada del
seguimiento y evaluaci�n del "Plan de Desarrollo de la
Sociedad de la Informaci�n en el Per� - La Agenda Digital
Peruana 2.0" � CODESI, que nos permita estar alineados
a los objetivos estrat�gicos nacionales.
rr) Promover consensos en la Mancomunidad de
Lima Norte en materias de Sociedad de la Informaci�n.
ss) Promover alianzas estrat�gicas con organizaciones
nacionales e internacionales que nos permita desarrollar
en los siguientes aspectos:
tt) Las dem�s funciones que le asigne la Gerencia
Municipal y/o la Alcald�a
D.) Modificar el Art�culo 54�, el cual quedar� redactado
de la siguiente manera:
06.4.1.- SUB GERENCIA DE TECNOLOG�AS DE LA
INFORMACI�N Y LA COMUNICACI�N
ART�CULO 54�:
La Sub Gerencia de Tecnolog�as de la Informaci�n y la
Comunicaci�n, es la encargada de dirigir las actividades
relacionadas al tratamiento y la transmisi�n de las
informaciones, principalmente de inform�tica, de Internet
y Telecomunicaciones de la Municipalidad. Depende
jer�rquicamente de la Gerencia de Modernizaci�n de la
Gesti�n Municipal.
La Sub Gerencia de Tecnolog�as de la Informaci�n
y la Comunicaci�n est� a cargo de un funcionario de
confianza con categor�a de Sub Gerente, quien tiene
la obligaci�n de planificar, organizar, coordinar, dirigir,
controlar y evaluar las funciones generales y espec�ficas
de la Sub Gerencia a su cargo y del personal a su mando,
bajo responsabilidad.
E.) Modificar el Literal r) del Art�culo 55�, el cual
quedar� redactado de la siguiente manera:
r) Las dem�s funciones que le asigne el Gerente de
Modernizaci�n de la Gesti�n Municipal.
Art�culo 3�.- MODIFICAR el Organigrama Estructural
de la Municipalidad Distrital de Independencia,
incorporando a la Gerencia de Modernizaci�n de la
Gesti�n Municipal, la misma que forma parte de la
presente Ordenanza.
Art�culo 4�.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal,
Gerencia de Secretar�a General, Gerencia de
Planificaci�n,
Presupuesto
y
Racionalizaci�n,
Gerencia de Administraci�n y Finanzas que adopten
las acciones necesarias a fin de dar cumplimiento a la
presente Ordenanza; as� como elaborar y/o actualizar
los documentos de gesti�n que correspondan.
Art�culo 5�.- DEROGAR las normas o disposiciones
municipales que se opongan o contradigan a lo dispuesto
en la presente Ordenanza en materia de Organizaci�n y
Funciones.
Art�culo 6�.- ENCARGAR a la Gerencia de
Secretar�a General, la publicaci�n del presente
dispositivo municipal en el Diario Oficial El Peruano y a
la Sub. Gerencia de Tecnolog�as de la Informaci�n y la
Comunicaci�n la publicaci�n en el Portal de Servicios
al Ciudadano y Empresa, y en el Portal Institucional
de la entidad (www.muniindependencia.gob.pe) el
texto �ntegro modificado y actualizado del Reglamento
de Organizaci�n y Funciones y el Organigrama
Estructural.
Art�culo 7�.- La presente Ordenanza entrar� en
vigencia al d�a siguiente de su publicaci�n en el Diario
Oficial El Peruano.
Reg�strese, comun�quese, publ�quese y c�mplase.
EVANS R. SIFUENTES OCA�A
Alcalde
1335679-1
MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA
Mantienen remuneraci�n mensual del
alcalde y de dietas de regidores
ACUERDO DE CONCEJO
N� 001-2016
La Molina, 14 de enero de 2016
EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA