El Peruano
S�bado 29 de noviembre de 2014
538938
Energ�ticas y Evaluaci�n de las Alternativas de Soluci�n
con Energ�as Renovables, en el Callej�n de Huaylas y
Callej�n de Conchucos de la Regi�n Ancash".
Art�culo 3�.- AUTORIZAR a la Unidad de Adquisiciones
de la Oficina General de Econom�a y Abastecimiento,
gastos adicionales espec�ficamente para efectos de
publicaci�n, en el Diario Oficial el Peruano.
Art�culo 4�.- Dar cuenta al Consejo Universitario la
presente Resoluci�n.
Reg�strese, comun�quese y c�mplase.
GUILLERMO JACINTO GOMERO CAMONES
Vicerrector Acad�mico
Rector (e)
1170729-1
JURADO NACIONAL
DE ELECCIONES
Convocan a ciudadanos para que
asuman cargo de alcalde y regidora de
la Municipalidad Distrital de Tinco,
provincia de Carhuaz, departamento
de Ancash
RESOLUCI�N N.� 3635-2014-JNE
Expediente N.� J-2014-0716
TINCO - CARHUAZ - �NCASH
INHABILITACI�N
Lima, veintiuno de noviembre de dos mil catorce
VISTO el Oficio N.� 3247-2014-JPLT-CHZ-CSJAN/PJ-
Exp. N.� 103-2011-24, expedido por la jueza del Juzgado
Penal Liquidador Transitorio de la provincia de Carhuaz,
de la Corte Superior de Justicia de �ncash, mediante el
cual remite el auto de inhabilitaci�n provisional, de fecha
7 de noviembre de 2014, a trav�s del cual se dispone la
ejecuci�n de la pena de inhabilitaci�n impuesta a William
Alfredo Gonzales Milla, alcalde de la Municipalidad Distrital
de Tinco, provincia de Carhuaz, departamento de �ncash.
ANTECEDENTES
A trav�s de los Oficios N.� 4244-2014-SG/JNE y N.�
4770-2014-SG/JNE, la Secretar�a General del Jurado
Nacional de Elecciones solicit� a la presidencia de la Corte
Superior de Justicia de �ncash que remita la sentencias y,
de ser el caso, el mandato que ordena ejecutar la pena de
inhabilitaci�n impuesta a William Alfredo Gonzales Milla,
alcalde de la Municipalidad Distrital de Tinco, provincia de
Carhuaz, departamento de �ncash.
Asimismo, por medio del Oficio N.� 4587-2014-
P-CSJAN/PJ, de fecha 1 de setiembre de 2014, la
presidencia de la Corte Superior de Justicia de �ncash
remiti� el Informe N.� 0003-2014-SPLP-CSJAN/PJ, a
trav�s del cual la relatora de la Sala Penal Liquidadora
Permanente de la Corte Superior de Justicia de �ncash
puso en conocimiento que, a trav�s del Oficio N.� 1044-
2014-P-SPLP-CSJAN-PJ, de fecha 30 de junio de 2014,
se remiti� el incidente de ejecuci�n provisional de la pena
de inhabilitaci�n impuesta a William Alfredo Gonzales Milla
al Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de
Carhuaz, para que cumpla con sus legales atribuciones.
De este modo, a trav�s del Oficio N.� 11242-2014-
SG/JNE, de fecha 23 de octubre de 2014, la Secretar�a
General solicit� a la jueza del Juzgado Penal Liquidador
Transitorio de la provincia de Carhuaz que remita la
resoluci�n o mandato que permita, de ser el caso, la
ejecuci�n de la pena de inhabilitaci�n contra William
Alfredo Gonzales Milla.
Posteriormente, por medio del oficio del visto, la
mencionada jueza informa que la Sala Penal Liquidadora
Permanente de la Corte Superior de Justicia de �ncash,
mediante sentencia de fecha 30 de enero de 2014, conden�
a William Alfredo Gonzales Milla como autor del delito
contra la Administraci�n P�blica �colusi�n ilegal y negociaci�n
incompatible� en agravio del Estado y de la Municipalidad
Distrital de Tinco, imponi�ndole cuatro a�os de pena privativa
de la libertad, suspendida en su ejecuci�n por un periodo de
prueba de tres a�os, S/. 10,000 (diez mil nuevos soles y 00/100
nuevos soles) por concepto de reparaci�n civil y la pena de
inhabilitaci�n por el plazo de tres a�os, esto respecto de los
incisos 1 y 2 del art�culo 36 del C�digo Penal. Cabe se�alar
que dicho proceso penal se llev� a cabo bajo las normas del
C�digo de Procedimientos Penales.
Asimismo, mediante el oficio del visto, la jueza del
Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la provincia de
Carhuaz, de la Corte Superior de Justicia de �ncash,
remite el auto de inhabilitaci�n provisional, de fecha 7
de noviembre de 2014, por medio del cual se resuelve
disponer la inhabilitaci�n provisional de Willliam Gonzales
Milla, alcalde de la Municipalidad Distrital de Tinco,
provincia de Carhuaz, departamento de �ncash.
CONSIDERANDOS
1. A trav�s de las Resoluciones N.� 120-2010-JNE,
N.� 300-2010-JNE, N.� 301-2010-JNE, N.� 420-2010-
JNE, N.� 1014-2010-JNE y N.� 623-2011-JNE, este
Supremo Tribunal Electoral ha se�alado que la pena de
inhabilitaci�n por condena ata�e a la privaci�n, suspensi�n
o incapacidad temporal de uno o m�s derechos pol�ticos,
econ�micos y civiles del condenado.
Cabe precisar que para resolver los casos de
inhabilitaci�n, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones
se acoge a lo dispuesto por el Acuerdo Plenario N.� 10-
2009/CJ-116, emitido por el V Pleno Jurisdiccional de las
Salas Penales Permanentes y Transitorias de la Corte
Suprema de Justicia de la Rep�blica, con fecha 13 de
noviembre de 2009, en el cual se establece c�mo se debe
ejecutar la pena de inhabilitaci�n, dependiendo del c�digo
adjetivo bajo el cual se lleve a cabo el procedimiento.
Al respecto, en el caso de los procesos tramitados
bajo el C�digo de Procedimientos Penales, la pena de
inhabilitaci�n se ejecuta inmediatamente, de tal forma
que no hace falta esperar la firmeza de la sentencia
condenatoria que la imponga para dar comienzo a su
ejecuci�n. La base legal de ello es el art�culo 330 del
citado c�digo, que se�ala que "la sentencia condenatoria
se cumplir�, aunque se interponga recurso de nulidad".
2. De la documentaci�n antes descrita, se advierte la
Sala Penal Liquidadora Permanente de la Corte Superior
de Justicia de �ncash ha condenado a William Alfredo
Gonzales Milla, alcalde de la Municipalidad Distrital de
Tinco, provincia de Carhuaz, departamento de �ncash, y
le ha impuesto la pena de inhabilitaci�n.
Sobre el particular, la jueza del Juzgado Penal
Liquidador Transitorio de la provincia de Carhuaz, de la
Corte Superior de Justicia de �ncash, ha remitido copias
certificadas de dicha sentencia y de un auto, disponiendo
la ejecuci�n provisional de la pena de inhabilitaci�n
impuesta contra la citada autoridad.
3. Por tal motivo, en m�rito a que se ha dispuesto la
ejecuci�n de la pena de inhabilitaci�n, corresponde dar
cumplimiento a lo ordenado por el �rgano jurisdiccional,
en consecuencia, inhabilitar a Alfredo Gonzales Milla,
alcalde de la Municipalidad Distrital de Tinco. Siendo
as�, de acuerdo con el art�culo 24 de la Ley N.� 27972,
Ley Org�nica de Municipalidades (en adelante LOM), al
alcalde lo reemplaza el teniente alcalde, que es el primer
regidor h�bil que sigue en su propia lista electoral, por
lo que corresponde convocar a Pedro Gabino M�ndez
Silvestre, identificado con DNI N.� 32037699, para que
asuma, provisionalmente, el cargo de alcalde de la
Municipalidad Distrital de Tinco, mientras se resuelve la
situaci�n jur�dica de la autoridad inhabilitada.
As� tambi�n, y de acuerdo con el art�culo 24 de la
LOM, para completar el n�mero de regidores, corresponde
convocar a Jenny Zenobia Popay�n Guti�rrez, con DNI N.�
44186907, candidata no proclamada del partido pol�tico
Per� Posible, para que asuma provisionalmente el cargo
de regidora del Concejo Distrital de Tinco.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de
Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Art�culo Primero.- INHABILITAR a William Alfredo
Gonzales Milla, alcalde de la Municipalidad Distrital de
Tinco, provincia de Carhuaz, departamento de �ncash.
El Peruano
S�bado 29 de noviembre de 2014
538939
Art�culo Segundo.- CONVOCAR a Pedro Gabino
M�ndez Silvestre, con DNI N.� 32037699, para que asuma
provisionalmente el cargo de alcalde de la Municipalidad
Distrital de Tinco, provincia de Carhuaz, departamento de
�ncash, para lo cual se le entregar� la respectiva credencial.
Art�culo Tercero.- CONVOCAR a Jenny Zenobia
Popay�n Guti�rrez, con DNI N.� 44186907, para que asuma
provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital
de Tinco, provincia de Carhuaz, departamento de �ncash,
para lo cual se le entregar� la respectiva credencial.
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
SS.
T�VARA C�RDOVA
CH�VARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
CORNEJO GUERRERO
RODR�GUEZ V�LEZ
Samaniego Monz�n
Secretario General
1171602-1
MINISTERIO PUBLICO
Aceptan renuncias de fiscales de los
Distritos Judiciales de Lima, Arequipa
y Amazonas
RESOLUCI�N DE JUNTA
DE FISCALES SUPREMOS
N� 103-2014-MP-FN-JFS
Lima, 27 de noviembre de 2014
VISTO Y CONSIDERANDO:
La solicitud presentada por la doctora ELIZABETH
EMMA ALEM�N CH�VEZ, mediante la cual formula
renuncia al cargo de Fiscal Adjunta Provincial Titular en lo
Penal de Lima, Distrito Judicial de Lima, con efectividad al
18 de noviembre de 2014.
Que, mediante Acuerdo N�3642, adoptado en sesi�n
ordinaria de Junta de Fiscales Supremos de fecha 20 de
noviembre de 2014, se acept� por unanimidad la renuncia
presentada por la mencionada Fiscal.
Que, en uso de las atribuciones conferidas por el
Decreto Legislativo N� 052, Ley Org�nica del Ministerio
P�blico, y conforme a lo establecido en el considerando
precedente.
SE RESUELVE:
Art�culo Primero.- Aceptar, con efectividad al 18 de
noviembre de 2014, la renuncia formulada por la doctora
ELIZABETH EMMA ALEM�N CH�VEZ, al cargo de Fiscal
Adjunta Provincial Titular en lo Penal de Lima, Distrito
Judicial de Lima, d�ndosele las gracias por los servicios
prestados a la Instituci�n.
Art�culo Segundo.- Remitir la presente Resoluci�n
a la Presidencia del Consejo Nacional de la Magistratura
para los fines pertinentes.
Art�culo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente
Resoluci�n a la Presidencia de la Junta de Fiscales
Superiores de Lima, Gerencia Central de Potencial
Humano, Oficina de Registro y Evaluaci�n de Fiscales,
y la interesada.
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
CARLOS AM�RICO RAMOS HEREDIA
Fiscal de la Naci�n
Presidente de la Junta de Fiscales Supremos
1171613-1
RESOLUCI�N DE JUNTA
DE FISCALES SUPREMOS
N� 104-2014-MP-FN-JFS
Lima, 27 de noviembre de 2014
VISTO Y CONSIDERANDO:
La solicitud presentada por la doctora JENNY POMALAZA
CASABONA, mediante la cual formula renuncia al cargo
de Fiscal Provincial Titular de Familia, Distrito Judicial de
Arequipa, con efectividad al 17 de Noviembre de 2014.
Que, mediante Acuerdo N�3643, adoptado en sesi�n
ordinaria de Junta de Fiscales Supremos de fecha 20 de
Noviembre de 2014, se acept� por unanimidad la renuncia
presentada por la mencionada Fiscal.
Que, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto
Legislativo N� 052, Ley Org�nica del Ministerio P�blico y
conforme a lo establecido en el considerando precedente.
SE RESUELVE:
Art�culo Primero.- Aceptar, con efectividad al 17 de
Noviembre de 2014, la renuncia formulada por la doctora
JENNY POMALAZA CASABONA, al cargo de Fiscal
Provincial Titular de Familia, Distrito Judicial de Arequipa.
Art�culo Segundo.- Remitir la presente Resoluci�n
a la Presidencia del Consejo Nacional de la Magistratura
para los fines pertinentes.
Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente
Resoluci�n a la Presidencia de la Junta de Fiscales
Superiores del Distrito Fiscal de Arequipa, Gerencia
Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y
Evaluaci�n de Fiscales, y a la interesada.
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
CARLOS AM�RICO RAMOS HEREDIA
Fiscal de la Naci�n
Presidente de la Junta de Fiscales Supremos
1171613-2
RESOLUCI�N DE JUNTA
DE FISCALES SUPREMOS
N� 105-2014-MP-FN-JFS
Lima, 27 de noviembre de 2014
VISTO Y CONSIDERANDO:
La solicitud presentada por el doctor Javier Eduardo
Jim�nez Vivas, mediante la cual formula renuncia al cargo de
Fiscal Adjunto Provincial Titular Civil de Lima, Distrito Judicial
de Lima, con efectividad al 18 de noviembre de 2014.
Que, mediante Acuerdo N� 3644 adoptado en sesi�n
ordinaria de Junta de Fiscales Supremos de fecha 20 de
noviembre de 2014, se acept� por unanimidad la renuncia
presentada por el mencionado Fiscal.
Que, en uso de las atribuciones conferidas por el
Decreto Legislativo N� 052, Ley Org�nica del Ministerio
P�blico, y conforme a lo establecido en el considerando
precedente.
SE RESUELVE:
Art�culo Primero.- Aceptar, con efectividad al 18 de
noviembre de 2014, la renuncia formulada por el doctor
JAVIER EDUARDO JIM�NEZ VIVAS, al cargo de Fiscal
Adjunto Provincial Titular Civil de Lima, Distrito Judicial de
Lima, d�ndosele las gracias por los servicios prestados a la
Instituci�n.
Art�culo Segundo.- Remitir la presente Resoluci�n
a la Presidencia del Consejo Nacional de la Magistratura
para los fines pertinentes.
Art�culo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente
Resoluci�n a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores
de Lima, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de
Registro y Evaluaci�n de Fiscales, y al interesado.
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
CARLOS AM�RICO RAMOS HEREDIA
Fiscal de la Naci�n
Presidente de la Junta de Fiscales Supremos
1171613-3