Conforman la “Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector de Alimentos y Bebidas Industrializadas”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 212-2022-EF/10
Lima, 13 de setiembre del 2022
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con el artículo 2 del Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 213-2020-EF/41, este Ministerio tiene, entre otras, competencias en materias de carácter económico, financiero, fiscal, inversión pública y privada, presupuesto público, endeudamiento público, tributario, aduanero, arancelario; así como competencias para armonizar la actividad económica y financiera nacional orientadas a promover su competitividad, la mejora continua de la productividad y el funcionamiento eficiente de los mercados; y las demás que se le asignen por Ley;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2019-EF, se conforma el Equipo Especializado de Mesas Ejecutivas en el Ministerio de Economía y Finanzas y se establecen disposiciones para el funcionamiento de las Mesas Ejecutivas;
Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del citado Decreto Supremo establece que las Mesas Ejecutivas facilitan la coordinación público – pública y público – privada con el objeto de impulsar y promover la mejora y el desarrollo de diversos sectores productivos o transversales a fin de mejorar la productividad del país, así como para mejorar el funcionamiento del Estado en áreas prioritarias, en concordancia con la Política Nacional de Competitividad y Productividad;
Que, asimismo, el numeral 2.3 del referido artículo 2 dispone que las Mesas Ejecutivas se conforman mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas; asimismo, conforme a lo establecido en el literal e) del numeral 3.2 del artículo 3 del aludido Decreto Supremo, el Equipo Especializado de Mesas Ejecutivas del Ministerio de Economía y Finanzas ejerce la Secretaría Técnica de las Mesas Ejecutivas;
Que, el Sector de Alimentos y Bebidas Industrializadas cumple un importante rol como fuente de trabajo, generador de tributos, además de contribuir con la seguridad alimentaria. De acuerdo a un reporte del Instituto de Estudios Económicos y Sociales (IEES) de la SNI, el Sector de Alimentos y Bebidas Industrializadas, genera 420 mil empleos directos, y se calcula que logra encadenar a otros 9 millones de empleos, es decir a más del 50% de la población económicamente activa (PEA), entre ellos a productores primarios (como ganaderos, porcicultores, avicultores, palmicultores, cafetaleros, cacaoteros y agricultores en general), transportistas, industrias proveedoras (como envases y embalajes), maquinarias, textiles para uniformes y los miles de puestos de venta al consumidor en todo el país como bodegas, panaderías, mercados tradicionales y supermercados;
Que, de acuerdo al Boletín de Comercio Interno (PRODUCE, Junio 2022), al cierre del año 2021, de un total de 368,461 bodegas en el Perú, el 42% correspondió a aquellas que expendieron alimentos y bebidas, y 8,6 millones de hogares realizan gastos de alimentos y bebidas en bodegas;
Que, de acuerdo a información brindada por la Sociedad Nacional de Industrias (SIN), el sector de Alimentos y Bebidas aporta el 26,2% del PBI Manufacturero (aproximadamente 3,7% del PBI Nacional), y dentro de la Industria, el sector aporta el 43% de los tributos internos recaudados (aproximadamente 6,9% de tributos internos). Además, el sector tiene un mercado importante en el exterior, llegado a exportar un equivalente a US$ 1,429 millones;
Que, el sector de alimentos y bebidas industrializadas se ha desarrollado en nuestro país de manera constante y tiene aún un gran potencial de crecimiento, pero enfrenta trabas tales como la informalidad, el contrabando y la consecuente competencia desigual con el empresario formal, la demora en los trámites para obtener licencias y permisos, los diferentes criterios que pueden tener las entidades que regulan el sector, entre otros factores; por lo que requiere medidas que eliminen la sobre regulación y los sobrecostos, y que promuevan la competitividad y la formalización;
Que, en consecuencia, resulta necesario conformar la “Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector de Alimentos y Bebidas Industrializadas”, con la finalidad de fortalecer los motores de la economía, articular esfuerzos y contribuir al desarrollo del país; y
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 008-2019-EF, Conforman el Equipo Especializado de Mesas Ejecutivas y establecen disposiciones para el funcionamiento de Mesas Ejecutivas; y, en el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 213-2020-EF/41;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Objeto
Conformar la “Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector de Alimentos y Bebidas Industrializadas”, que tiene como objeto abordar, identificar, promover y proponer acciones que impulsen a este sector, que permitan que se facilite y favorezca su productividad y competitividad, y así como las acciones que beneficien e incentiven a quienes tengan un interés en las inversiones del sector, a fin de contribuir con el crecimiento económico.
Artículo 2.- Conformación
La “Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector de Alimentos y Bebidas Industrializadas”, de naturaleza temporal, está conformada por:
a) El Ministerio de Economía y Finanzas
b) El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego
c) El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo
d) El Ministerio de la Producción
e) El Ministerio de Salud
f) El Ministerio de Relaciones Exteriores
g) La Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU
h) El Servicio Nacional de Sanidad Agraria del Perú – SENASA
i) La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL
j) La Sociedad Nacional de Industrias - SNI
k) La Asociación de Exportadores - ADEX
l) La Sociedad de Comercio Exterior del Perú - COMEX
Artículo 3.- Designación de los representantes
Las entidades públicas y privadas que conforman la “Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector de Alimentos y Bebidas Industrializadas”, acreditan a sus representantes ante la Secretaría Técnica, en un plazo de cinco (5) días hábiles contados a partir del día hábil siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 4.- Compromiso y participación
Los integrantes de la “Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector de Alimentos y Bebidas Industrializadas”, ejercen el cargo ad honorem y deben cumplir y contribuir de manera sostenible y responsable con la identificación de los problemas, dificultades y barreras, así como en la elaboración de las propuestas de solución que se requieran y su implementación, entre otros aspectos, con la finalidad de favorecer el desarrollo y la competitividad del sector agroindustrial, en aras del interés público.
Artículo 5.- Secretaría Técnica
La Secretaría Técnica de la “Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector de Alimentos y Bebidas Industrializadas” está a cargo del Equipo Especializado de Mesas Ejecutivas del Ministerio de Economía y Finanzas, el mismo que se encarga de dirigir el funcionamiento y operación de la Mesa Ejecutiva.
Artículo 6.- Colaboración de profesionales
La “Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector de Alimentos y Bebidas Industrializadas” cuenta con la colaboración de profesionales con experiencia o especialistas en temas de gestión e implementación de políticas públicas, y las demás materias que se aborden en el desarrollo de sus sesiones.
Artículo 7.- Participación de invitados
La “Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector de Alimentos y Bebidas Industrializadas” puede invitar a participar de las reuniones o sesiones de la misma, a otros representantes o especialistas de entidades del sector público o privado, cuando se considere conveniente para abordar temas concretos o específicos.
Artículo 8.- Financiamiento La aplicación de lo dispuesto en la presente norma se financia con cargo al presupuesto institucional de las entidades e instituciones involucradas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Artículo 9.- Instalación
La “Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector de Alimentos y Bebidas Industrializadas” se instala en un plazo máximo de diez (10) días hábiles, contados desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 10.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, así como en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
KURT BURNEO FARFÁN
Ministro de Economía y Finanzas
2105249-1