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Fecha de publicación: 28/07/2016
RESOLUCION SUPREMA N� 108-2016-JUS - Norma Legal Diario Oficial El Peruano
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NORMAS LEGALES
Jueves 28 de julio de 2016
El Peruano
/
Que, los incisos 8) y 21) del art�culo 118 de la
Constituci�n Pol�tica del Per� facultan al Presidente de
la Rep�blica a dictar resoluciones, conceder indultos,
conmutar penas y ejercer el derecho de gracia;
Que, el indulto es la potestad del Presidente de la
Rep�blica para adoptar la renuncia al ejercicio del poder
punitivo del Estado respecto de los condenados, pudiendo
otorgarse por razones humanitarias;
Que, el fundamento jur�dico N� 32 de la sentencia
del Tribunal Constitucional, de fecha 18 de diciembre de
2007, reca�da en el Expediente N� 4053-2007-PHC/TC,
establece que toda Resoluci�n Suprema que disponga
una Gracia Presidencial tiene que aparecer debidamente
motivada a los efectos de que, en su caso, pueda
cumplirse con evaluar su compatibilidad o no con la
Constituci�n Pol�tica del Estado, lo que corresponde tener
presente;
Que, en dicho contexto, el literal a) del numeral 6.4
del art�culo 6 del Decreto Supremo N� 004-2007-JUS,
modificado por el art�culo 5 del Decreto Supremo N� 008-
2010-JUS, norma de creaci�n de la Comisi�n de Gracias
Presidenciales y el literal a) del art�culo 31 del Reglamento
Interno de la Comisi�n de Gracias Presidenciales,
aprobado mediante Resoluci�n Ministerial N� 0162-2010-
JUS, disponen que se recomendar� el indulto y derecho
de gracia por razones humanitarias, entre otros, cuando el
interno padece de una enfermedad terminal;
Que, el 28 de enero de 2016, la Secretar�a T�cnica
de la Comisi�n de Gracias Presidenciales recibi� la
solicitud de indulto por razones humanitarias del interno
FARFAN AYALA, JAMES EDUARDO, quien se encuentra
privado de libertad en el Establecimiento Penitenciario de
Chiclayo;
Que, durante la tramitaci�n de la solicitud se han
recopilado diversos documentos de car�cter m�dico que
evidencian su estado de salud de los �ltimos meses;
Que, el Informe M�dico N� 0122-2016-INPE-17.125/
JLGA, de fecha 29 de marzo de 2016, emitido por Medicina
General del Establecimiento Penitenciario de Chiclayo,
suscrito por el doctor Jos� Luis Guevara Arrascue, se�ala
como diagn�stico: Cirrosis hep�tica descompensada,
ascitis moderada, D/C hernia umbilical complicada y
hernia inguinal izquierda no complicada;
Que, el Protocolo M�dico, de fecha 29 de marzo de
2016, suscrito por el doctor Jos� Luis Guevara Arrascue,
se�ala como diagn�stico: Cirrosis hep�tica, gastropat�a
hipertensiva, varices esof�gicas grado III, hernia
inguinal izquierda no complicada, y D/C hernia umbilical
complicada;
Que, el Acta de Junta M�dica Penitenciaria N� 085-
2016-INPE/DSP, de fecha 29 de marzo de 2016, emitido
por la Coordinaci�n de Salud Penitenciaria ORN del
Establecimiento Penitenciario de Chiclayo, suscrito por los
doctores Jos� Luis Guevara Arrascue y Larry Valladolid
Hern�ndez, se�ala como diagn�stico: Cirrosis hep�tica
descompensada, ascitis moderada, hernia inguinal
izquierda, y D/C hernia umbilical complicada;
Que, el Informe M�dico N� 0204-2016-INPE-17.125/
JLGA, de fecha 27 de junio de 2016, emitido por Medicina
General del Establecimiento Penitenciario de Chiclayo,
suscrito por el doctor Jos� Luis Guevara Arrascue, se�ala
como diagn�stico: Cirrosis hep�tica, ascitis, varices
esof�gicas grado III, hernia umbilical gigante y hernia
inguinal izquierda, permaneciendo actualmente en el
Hospital Regional Docente Las Mercedes de Chiclayo.
Adem�s, se advierte que el solicitante se encuentra en
la etapa avanzada y terminal de la cirrosis hep�tica, con
evoluci�n t�rpida y pron�stico desfavorable;
Que, de lo glosado en los precitados documentos,
se establece que el interno FARFAN AYALA, JAMES
EDUARDO, se encuentra comprendido en el supuesto
se�alado en el literal a) del numeral 6.4 del art�culo 6 del
Decreto Supremo N� 004-2007-JUS, modificado por el
art�culo 5 del Decreto Supremo N� 008-2010-JUS, norma
de creaci�n de la Comisi�n de Gracias Presidenciales,
pues se trata de una persona que padece de una
enfermedad terminal; es decir, cuando dada la situaci�n
del paciente, el fallecimiento no solo es un suceso futuro
cierto, sino adem�s claramente inminente;
Que, en el presente caso, lo grave de la enfermedad
se configura como un argumento en el que se justifica la
culminaci�n de la ejecuci�n penal que conlleva la gracia,
sin sacrificar los fines de la pena constitucionalmente
reconocidos, toda vez que se trata de un caso excepcional
de persona con enfermedad terminal, lo que determina
que la continuidad de la persecuci�n penal pierda todo
sentido jur�dico y social;
De conformidad con lo dispuesto por los incisos 8) y
21) del art�culo 118 de la Constituci�n Pol�tica del Per�;
el Decreto Supremo N� 004-2007-JUS, modificado por el
art�culo 5 del Decreto Supremo N� 008-2010-JUS, norma
de creaci�n de la Comisi�n de Gracias Presidenciales;
y, el literal a) del art�culo 31 del Reglamento Interno de
la Comisi�n de Gracias Presidenciales, aprobado por
Resoluci�n Ministerial N� 0162-2010-JUS;
SE RESUELVE:
Art�culo 1.- Conceder el INDULTO POR RAZONES
HUMANITARIAS al interno del Establecimiento
Penitenciario de Chiclayo, FARFAN AYALA, JAMES
EDUARDO.
Art�culo 2.- La presente Resoluci�n Suprema
es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos
Humanos.
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la Rep�blica
ALDO V�SQUEZ R�OS
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
1410175-8
Conceden indulto com�n a interna de
establecimiento penitenciario
RESOLUCI�N SUPREMA
N� 108-2016-JUS
Lima, 27 de julio de 2016
VISTA, la solicitud de indulto com�n, presentada
por BUSCAGLIA ZAPLER, SILVANA, interna del
Establecimiento Penitenciario Virgen de F�tima, con
recomendaci�n favorable de la Comisi�n de Gracias
Presidenciales;
CONSIDERANDO:
Que, los incisos 8 y 21 del art�culo 118 de la
Constituci�n Pol�tica del Per� se�alan que corresponde al
Presidente de la Rep�blica dictar resoluciones, conceder
indultos y conmutar penas;
Que, por las condiciones de progresi�n en el tratamiento
penitenciario de la interna solicitante, corroborada con los
informes emitidos por los profesionales competentes,
en los cuales se concluye que re�ne las condiciones
favorables para reincorporarse satisfactoriamente a
su medio familiar y social, al haber adquirido actitudes
reflexivas positivas con relaci�n a su conducta pasada,
deteni�ndose a pensar antes de actuar, as� como el
certificado trabajo respectivo y conforme a los requisitos
establecidos en los art�culos 26 y 30 del Reglamento
Interno de la Comisi�n de Gracias Presidenciales,
aprobado por Resoluci�n Ministerial N� 0162-2010-JUS,
resulta pertinente otorgar la gracia de indulto com�n;
Que, de la documentaci�n presentada por la solicitante
se advierte el cumplimiento de los requisitos formales,
as� como tambi�n que es la primera vez que comete un
delito en donde el bien jur�dico protegido es de m�nima
lesividad y la pena que se le impuso es desproporcional
en comparaci�n con otros delitos que vulneran bienes
jur�dicos de mayor valor, conllevando penas menores,
asimismo que tiene carga familiar que atender, por lo que
resulta conveniente coadyuvar a su debida protecci�n y
atenci�n mediante el indulto com�n;
Que, la Comisi�n de Gracias Presidenciales, mediante
el Informe del Expediente N� 00007-2016-JUS/CGP, de
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NORMAS LEGALES
Jueves 28 de julio de 2016 /
El Peruano
fecha 25 de julio de 2016 ha recomendado el otorgamiento
del indulto com�n;
De conformidad con los incisos 8 y 21 del art�culo 118
de la Constituci�n Pol�tica del Per�, el Decreto Supremo
N� 008-2010-JUS, norma de creaci�n de la Comisi�n
de Gracias Presidenciales y la Resoluci�n Ministerial N�
0162-2010-JUS, que aprueba el Reglamento Interno de la
Comisi�n de Gracias Presidenciales;
SE RESUELVE:
Art�culo 1.- Conceder la gracia de indulto com�n
a la interna BUSCAGLIA ZAPLER, SILVANA quien se
encuentra recluida en Establecimiento Penitenciario
Virgen de F�tima.
Art�culo 2.- La presente Resoluci�n Suprema
ser� refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos
Humanos.
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la Rep�blica
ALDO V�SQUEZ R�OS
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
1410175-7
Aprueban los "Lineamientos para el
Dise�o, Organizaci�n, Promoci�n,
Difusi�n y Actualizaci�n de los Cursos de
Formaci�n y Capacitaci�n de Conciliadores
Extrajudiciales y de Especializaci�n en
Familia"
RESOLUCI�N MINISTERIAL
N� 0180-2016-JUS
Lima, 26 de julio de 2016
VISTO:
El Oficio N� 697-JUS/DGDP de la Direcci�n General
de Defensa P�blica y Acceso a la Justicia, el Oficio
N� 3565-2016-JUS/DGDP-DCMA de la Direcci�n de
Conciliaci�n Extrajudicial y Mecanismos Alternativos
de Soluci�n de Conflictos y el Oficio N� 442-2016-JUS/
CEJDH del Centro de Estudios en Justicia y Derechos
Humanos, mediante los cuales se expresa la opini�n
favorable para la aprobaci�n de los "Lineamientos
para el Dise�o, Organizaci�n, Promoci�n, Difusi�n
y Actualizaci�n de los Cursos de Formaci�n y
Capacitaci�n de Conciliadores Extrajudiciales y de
Especializaci�n en Familia".
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N� 014-2008-
JUS, publicado el 30 de agosto de 2008, se aprob� el
Reglamento de la Ley N� 26872, Ley de Conciliaci�n,
modificada por Decreto Legislativo N� 1070;
Que, mediante Resoluci�n Ministerial N� 0029-2009-
JUS, de fecha 27 de febrero de 2009, se aprob� los
"Lineamientos para el dise�o, organizaci�n, promoci�n,
difusi�n y actualizaci�n de los Cursos de Formaci�n
y Capacitaci�n de Conciliadores Extrajudiciales y de
Especializaci�n en Familia";
Que, el pen�ltimo p�rrafo del art�culo 76 del citado
Reglamento, establece que la Escuela Nacional de
Conciliaci�n Extrajudicial � ENCE, propondr� las pol�ticas
y medidas complementarias que sean necesarias para el
dise�o y actualizaci�n de los programas, metodolog�as,
did�ctica y evaluaci�n m�s conveniente al perfil del
Conciliador;
Que, el �ltimo p�rrafo del precitado art�culo dispone
que las metodolog�as contenidas en los programas
acad�micos de los Cursos de Formaci�n y Capacitaci�n
de Conciliadores Extrajudiciales y/o especializados,
los de Capacitaci�n de Capacitadores y de Formaci�n
Cont�nua, ser�n actualizados por la DCMA - Direcci�n
de Conciliaci�n Extrajudicial y Medios Alternativos
de Soluci�n de Conflictos, a propuesta de la Escuela
Nacional de Conciliaci�n Extrajudicial -ENCE;
Que, la Sexta Disposici�n Complementaria y Final
del Reglamento de la Ley de Conciliaci�n, dispone
que corresponde aprobar por Resoluci�n Ministerial
los Formatos tipos de actas, programas acad�micos,
reglamentos internos de los Centros de Conciliaci�n y
Centros de Formaci�n, entre otros, necesarios para la
aplicaci�n de las disposiciones contenidas en la Ley de
Conciliaci�n y su respectivo Reglamento;
Que, el art�culo 137 del Decreto Supremo N� 011-
2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organizaci�n
y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos, se�ala que el Centro de Estudios en Justicia y
Derechos Humanos comprende a la Escuela Nacional de
Conciliaci�n Extrajudicial � ENCE;
Que, mediante Oficio N� 442-2016-JUS/CEJDH, el
Centro de Estudios en Justicia y Derechos Humanos
propone a la Direcci�n de Conciliaci�n Extrajudicial
y Mecanismos Alternativos de Soluci�n de Conflictos
la emisi�n de nuevos Lineamientos para el dise�o,
organizaci�n, promoci�n, difusi�n y actualizaci�n de los
cursos de formaci�n y capacitaci�n de los conciliadores
extrajudiciales y de especializaci�n en familia;
Que, a trav�s de los Oficios N� 697-2016-JUS/DGDP
y N� 3565-2016-JUS/DGDP-DCMA, la Direcci�n General
de Defensa P�blica y Acceso a la Justicia y la Direcci�n de
Conciliaci�n Extrajudicial y Mecanismos Alternativos de
Soluci�n de Conflictos, respectivamente, emiten opini�n
favorable de los precitados Lineamientos;
Que, la aprobaci�n de los nuevos Lineamientos
tiene como finalidad asegurar una mejor capacitaci�n y
formaci�n de los futuros conciliadores extrajudiciales,
lo cual se ver� reflejado en el ejercicio de la funci�n
conciliatoria, contribuyendo al desarrollo del sistema
conciliatorio en el pa�s;
De conformidad con la Ley N� 26872, Ley de
Conciliaci�n, modificada por Decreto Legislativo N� 1070,
el Reglamento de la Ley de Conciliaci�n, aprobado por
Decreto Supremo N� 014-2008-JUS, la Ley N� 29809, Ley
de Organizaci�n y Funciones del Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos y el Reglamento de Organizaci�n y
Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos,
aprobado por Decreto Supremo N� 011-2012-JUS.
SE RESUELVE:
Art�culo 1.- Aprobar los "Lineamientos para el Dise�o,
Organizaci�n, Promoci�n, Difusi�n y Actualizaci�n de los
Cursos de Formaci�n y Capacitaci�n de Conciliadores
Extrajudiciales y de Especializaci�n en Familia", que
en Anexo adjunto forma parte integrante de la presente
Resoluci�n.
Art�culo 2.- Derogar la Resoluci�n Ministerial N� 029-
2009-JUS que aprueba los "Lineamientos para el Dise�o,
Organizaci�n, Promoci�n, Difusi�n y Actualizaci�n de los
Cursos de Formaci�n y Capacitaci�n de Conciliadores
Extrajudiciales y de Especializaci�n en Familia".
Art�culo 3.- Disponer la publicaci�n de la presente
Resoluci�n Ministerial y de sus Anexos en el Diario Oficial
"El Peruano" y en el Portal Institucional del Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos (www.minjus.gob.pe).
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
ALDO V�SQUEZ R�OS
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
1409953-1
Aceptan renuncia de Secretaria General del
Ministerio
RESOLUCI�N MINISTERIAL
N� 0181-2016-JUS
Lima, 27 de julio de 2016