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Fecha de publicación: 18/01/2023
Declaran vacancia de congresista de la República

Aprueban reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP P) del Instituto del Mar del Perú - IMARPE

INSTITUTO DEL MAR DEL PERÚ

RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL

nº 002-2023-IMARPE/GG

Callao, 17 de enero de 2023

VISTOS:

El Memorando Nº 016-2023-IMARPE/AFRH, de fecha 10 de enero de 2023, del Área Funcional de Recursos Humanos; el Memorándum Nº 010-2023-IMARPE/OGPP, de fecha 13 de enero de 2023, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Nº 006-2023-Imarpe/OGAJ, de fecha 16 enero de 2023 de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, establece como uno de los subsistemas del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, el proceso de “Organización del trabajo y su distribución”, el cual involucra el diseño y administración de puestos a fin de establecer las funciones y los requisitos de idoneidad para que una persona se desempeñe en uno;

Que, el artículo 4° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que toda persona y autoridad está obligada acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales o de índole administrativa, emanadas de autoridad judicial competente, en sus propios términos, sin poder calificar su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances bajo la responsabilidad civil, penal o administrativa que la Ley señala;

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 150-2021-SERVIR-PE, la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobó la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos (MCC) y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP P)”, la cual establece en el numeral 6.4 de la “Administración del CAP Provisional”, los siguientes supuestos de reordenamiento: “a) Designación de personas, que cumplan con los requisitos dispuestos en el MCC, en cargos clasificados como EC y/o calificados como DSLDR, b) Otorgamiento de cobertura presupuestal a posiciones en situación de previsto, en atención a los recursos transferidos y/o disponibles de la entidad vinculados a la partida “personal y obligaciones sociales”, que conlleven a la realización de concursos públicos de méritos para ingreso, c) Variación en los números correlativos o las denominaciones de los cargos dispuestos en el CAP Provisional, como consecuencia de modificaciones en el MCC, sin que ello implique una variación en la clasificación de cargos en situación de ocupado, d) Variación en la cantidad de posiciones en situación de ocupado y previsto, como resultado del ingreso, la salida o la rotación de personal; sin que ello altere el total de posiciones del cargo, de la unidad orgánica, del órgano ni de la entidad, e) Otras acciones de administración del CAP Provisional que no afecten a los cargos, las posiciones, las correspondientes compensaciones económicas establecidas en el PAP vigente, ni el cumplimiento de los límites dispuestos en los numerales 2 y 3 del artículo 4 de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público”;

Que, con Resolución Ministerial Nº 404-2018-PRODUCE de fecha 18 de setiembre de 2018, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal-CAP-P del Instituto del Mar del Perú-IMARPE, de acuerdo con su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 345-2012-PRODUCE, de fecha 23 de julio de 2012;

Que, el Área Funcional de Recursos Humanos mediante el Memorándum Nº 016-2023-IMARPE/AFRH, de fecha 10 de enero de 2023, propone el Reordenamiento del CAP Provisional del Instituto del Mar del Perú, sustentado en lo establecido en los supuestos c) y d) del numeral 6.4 de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH, indicando la variación en los números correlativos o las denominaciones de los cargos dispuestos en el CAP Provisional, como consecuencia de modificaciones en el MCC, y que se realiza la variación en la cantidad de posiciones en situación de ocupado y previsto, como resultado del ingreso y la salida de personal, sin que ello altere el total de posiciones del cargo, de la unidad orgánica, del órgano, ni de la entidad; y, como consecuencia el cumplimiento de reincorporaciones dispuestas por mandato judicial en el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, las cuales deben ajustarse conforme a ley, habiéndose generado inconsistencias en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional, por lo que se debe efectuar un reordenamiento en el CAP P vigente, de tal manera que, se dé cumplimiento a lo dispuesto por mandato judicial, de conformidad con el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 017-93-JUS;

Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto con el Memorándum Nº 010-2023-IMARPE/OGPP, de fecha 13 de enero de 2023, emite opinión favorable sobre la propuesta de reordenamiento del CAP-P vigente del IMARPE, toda vez que permitirá dar cumplimiento a mandatos judiciales que ordenan a la entidad la incorporación de demandantes en el régimen laboral de la actividad privada, habiéndose realizado cambios en los cargos y/o posiciones existentes en aquellos cargos que tienen la condición de previsto; no existiendo variación con el número de posiciones en el CAP-P vigente, en el sentido de que estos cargos reordenados, guardan relación con la estructura orgánica establecida en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) vigente del IMARPE, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 345-2012-PRODUCE, siendo que los ajustes no inciden en un incremento del Presupuesto Institucional;

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 006-2023-IMARPE/OGAJ de fecha 16 de enero de 2023, considera jurídicamente viable la propuesta de Reordenamiento del CAP Provisional del Instituto del Mar del Perú en atención a lo señalado por el Área Funcional de Recursos Humanos;

Que, en dicha razón, la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH establece en su numeral 5.2.2 que el Titular de entidad aprueba el reordenamiento de cargos anual del CAP Provisional, siempre que el CAP a reordenar cuente con opinión favorable de SERVIR, en el presente caso y tal como lo indica el Área Funcional de Recursos Humanos en su propuesta, el Cuadro de Asignación de Personal Provisional aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 404-2018-PRODUCE, cuenta con opinión favorable de SERVIR, por lo que corresponderá la emisión de la Resolución del Titular de la Entidad;

Que, el artículo IV del Título Preliminar del Reglamento de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, ha previsto la definición de titular de la entidad, señalando que, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende por tal a la máxima autoridad administrativa de una entidad pública, en este caso la Gerencia General;

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto del Mar del Perú – IMARPE, aprobado por Resolución Ministerial Nº 345-2012-PRODUCE, y la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos (MCC) y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP P)”;

Con los visados de la Oficina General de Administración, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación

Aprobar el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP P) del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Publicación

Publicar la presente resolución y su Anexo en el portal web institucional del IMARPE (www.gob.pe/imarpe) y según normativa aplicable, realizar la publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y archívese.

Enrique Soto Ruiz

Gerente General

2143961-1