Aprueban listado de personas beneficiarias del apoyo económico dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 008-2023
resolución ministerial
N° 0163-2023-JUS
Lima, 11 de abril de 2023
CONSIDERANDO:
Que, entre el 08 de diciembre de 2022 y 10 de febrero de 2023 un sector de la población, en ejercicio de su derecho fundamental a la protesta, llevó a cabo una serie de movilizaciones a lo largo del país, en las que se registraron actos violentos contra la propiedad pública y privada, el bloqueo de vías de comunicación y el intento de la toma de aeropuertos, así como enfrentamientos; verificándose que durante su realización se produjo el fallecimiento de personas y otras con lesiones de gravedad;
Que, a raíz de lo ocurrido, el Poder Ejecutivo asumió el compromiso de atender a las personas afectadas, conforme se ha hecho anteriormente, y coordinar la adopción de medidas a su favor, comprendiendo dentro de ellas tanto a civiles como efectivos policiales en la perspectiva de promover la reconciliación nacional;
Que, en atención a ello, mediante la Resolución Suprema N° 264-2022-JUS, modificada por Resolución Suprema N° 027-2023-JUS, se crea la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal para hacer seguimiento a las acciones y medidas destinadas a atender a los deudos de las personas fallecidas, así como para las personas que sufrieron lesiones de gravedad a consecuencia de las movilizaciones realizadas a nivel nacional, desde el 8 de diciembre de 2022 hasta la culminación del estado de emergencia declarado mediante Decreto Supremo N° 009-2023-PCM, y sus posteriores ampliaciones;
Que, mediante el Decreto de Urgencia N° 006-2023 se autoriza el otorgamiento, de manera excepcional y por única vez, de un apoyo económico a favor de los deudos de las personas fallecidas, así como de las personas heridas de gravedad, civiles y policías, en las movilizaciones ocurridas entre el 08 de diciembre de 2022 y 10 de febrero de 2023;
Que, el 05 de marzo de 2023, integrantes del Ejército fallecieron en el distrito de Ilave, provincia de El Collao, departamento de Puno, en el contexto de las manifestaciones sociales conforme a la información oficial, por lo que se justifica dar un trato similar a sus deudos como en los anteriores casos;
Que, en atención a ello, mediante el Decreto de Urgencia N° 008-2023 se autoriza el otorgamiento, de manera excepcional y por única vez, de un apoyo económico a favor de los deudos de las personas fallecidas en el contexto de las movilizaciones ocurridas el 05 de marzo de 2023, el mismo que no tiene naturaleza resarcitoria ni reparatoria;
Que, de conformidad con el artículo 3 del citado Decreto de Urgencia se consideran personas beneficiarias del apoyo económico a aquellas identificadas por la Comisión Multisectorial creada mediante Resolución Suprema N° 264-2022-JUS, modificada por Resolución Suprema N° 027-2023-JUS;
Que, el artículo 4 de la acotada norma autoriza al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a entregar, por única vez, el monto de S/ 50 000,00 (CINCUENTA MIL Y 00/100 SOLES), por concepto de apoyo económico por cada persona fallecida; monto que será distribuido entre los deudos identificados por la Comisión Multisectorial.
Que, el artículo 5 del Decreto de Urgencia en mención establece que, para efectos de la entrega del apoyo económico, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos aprueba el listado de personas beneficiarias mediante Resolución Ministerial;
Que, la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial creada mediante Resolución Suprema N° 264-2022-JUS, modificada por Resolución Suprema N° 027-2023-JUS, mediante Informe N° 27-2023-JUS/CMM-ST, sustenta y propone la publicación del listado de personas beneficiarias del apoyo económico dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 008-2023, el mismo que está conformado por 11 deudos de 6 personas fallecidas en las movilizaciones referidas;
Que, atendiendo a lo expuesto, resulta necesaria la publicación del listado de personas beneficiarias del apoyo económico dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 008-2023;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia; de la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial creada mediante Resolución Suprema N° 264-2022-JUS, modificada por Resolución Suprema N° 027-2023-JUS; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación del listado de personas beneficiarias del apoyo económico dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 008-2023
Aprobar el listado de personas beneficiarias del apoyo económico dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 008-2023, el mismo que está conformado por 11 deudos de 6 personas fallecidas, y que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Abono del apoyo económico
Realizar el abono correspondiente en cuentas abiertas para tal fin en el Banco de la Nación, a favor de cada una de las personas señaladas en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 3.- Publicación del listado de personas beneficiarias del apoyo económico dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 008-2023
Disponer que el anexo a que se refiere el artículo 1 sea publicado en la sede digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ A. TELLO ALFARO
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
2168261-1