Aprueban la Primera Adenda a la Modificación al Contrato de Fideicomiso de Administración del Fondo de Apoyo Empresarial a la MYPE (FAE-MYPE)
Resolución Ministerial
Nº 182-2021-EF/52
Lima, 7 de junio del 2021
CONSIDERANDO:
Que, a fin de establecer medidas extraordinarias, en materia económico financiera, que promuevan el financiamiento de las micro y pequeñas empresas (MYPE) para mantener e impulsar su desarrollo productivo en el contexto atípico y de emergencia como el actual, se emite el Decreto de Urgencia N° 029-2020, Dictan medidas complementarias destinadas al financiamiento de la micro y pequeña empresa y otras medidas para la reducción del impacto del COVID-19 en la economía peruana, el mismo que en su artículo 3, crea el Fondo de Apoyo Empresarial a la MYPE (FAE-MYPE), que tiene por objeto garantizar los créditos para capital de trabajo otorgados a las MYPE, así como reestructurar y refinanciar sus deudas; en dicho contexto, se aprobó su Reglamento Operativo, mediante la Resolución Ministerial N° 124-2020-EF/15;
Que, asimismo, los numerales 9.1 y 9.2 del artículo 9 del citado Decreto de Urgencia N° 029-2020 establecieron que con los recursos del FAE-MYPE previstos en el numeral 3.2 del artículo 3, el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General del Tesoro Público, constituye un patrimonio fideicometido, para lo cual transfiere dichos recursos a la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE en dominio fiduciario, para su administración, autorizándose a la referida Dirección General a suscribir un contrato de fideicomiso con COFIDE, el mismo que debía ser aprobado mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas;
Que, en dicho contexto, mediante Resolución Ministerial N° 130-2020-EF/52, se aprobó el Contrato de Fideicomiso de Administración del Fondo de Apoyo Empresarial a la MYPE (FAE-MYPE), el mismo que fue suscrito por el Ministerio de Economía y Finanzas y por COFIDE con fecha 29 de marzo de 2020;
Que, mediante el artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 049-2020, Decreto de Urgencia que dicta medidas complementarias destinadas al financiamiento de la micro y pequeña empresa para la reducción del impacto del COVID-19 en la economía peruana, se autoriza a COFIDE a transferir a favor del FAE-MYPE hasta la suma de S/ 500 000 000,00 (QUINIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES) del saldo disponible del referido fondo, previa instrucción de la Dirección General del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas y del Banco de la Nación; en consecuencia, se dispuso que el Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Resolución Ministerial, adecuara el Reglamento Operativo del FAE-MYPE a lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 049-2020, en cuyo marco se emite la Resolución Ministerial N° 150-2020-EF/15, mediante la cual se aprueba el Nuevo Reglamento Operativo del Fondo de Apoyo Empresarial a la MYPE (FAE-MYPE) y se deroga la Resolución Ministerial N° 124-2020-EF/15;
Que, asimismo, mediante Resolución Ministerial N° 157-2020-EF/52, se aprobó la modificación del Contrato de Fideicomiso de Administración del Fondo de Apoyo Empresarial a la MYPE (FAE-MYPE), la misma que fue suscrita entre el Ministerio de Economía y Finanzas, el Banco de la Nación y COFIDE, con fecha 19 de mayo de 2020, estableciéndose los nuevos términos y condiciones para la administración del Patrimonio Fideicometido del FAE-MYPE, conforme a lo previsto en el Decreto de Urgencia N° 049-2020;
Que, mediante el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 029-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias complementarias en materia económica y financiera destinadas a la reprogramación de los créditos garantizados con el Fondo de Apoyo Empresarial a la MYPE (FAE-MYPE), se faculta, de manera excepcional, la reprogramación de los créditos garantizados con el FAE-MYPE, con el objeto de brindar facilidades de pago a los beneficiarios que cumplan con los requisitos de acceso, establecidos en el marco del citado Decreto de Urgencia; asimismo, las garantías otorgadas por el FAE-MYPE para la referida reprogramación, amplían su plazo de acuerdo con los nuevos cronogramas de pago y mantienen el mismo porcentaje de cobertura pactado en las condiciones iniciales;
Que, asimismo, a través de los numerales 2.2 y 2.3 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 029-2021, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General del Tesoro Público y al Banco de la Nación, a suscribir los documentos que se requieran para adecuar el contrato de fideicomiso del FAE-MYPE, suscrito con COFIDE para implementar la reprogramación de los créditos garantizados, teniendo en cuenta la propuesta de modificación contractual que remita la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado; asimismo, se establece que las adendas que se deriven de las modificaciones a realizarse son aprobadas mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas, en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles, contados desde la entrada en vigencia de la adecuación del Reglamento Operativo a que se refiere la Única Disposición Complementaria Final del mencionado Decreto de Urgencia;
Que, en virtud de lo dispuesto en la Única Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 029-2021, se emite la Resolución Ministerial N° 149-2021-EF/15, que modifica el Nuevo Reglamento Operativo del Fondo de Apoyo Empresarial a la MYPE (FAE-MYPE);
Que, mediante Informe N° 0052-2021-EF/65.02, la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado remite la propuesta de Primera Adenda a la Modificación al Contrato de Fideicomiso de Administración del Fondo de Apoyo Empresarial a la MYPE (FAE-MYPE);
Que, en virtud de las consideraciones expuestas, resulta necesario aprobar la Primera Adenda a la Modificación al Contrato de Fideicomiso de Administración del Fondo de Apoyo Empresarial a la MYPE (FAE-MYPE), en cumplimiento de lo previsto en los numerales 2.2 y 2.3 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 029-2021;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 029-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias complementarias en materia económica y financiera destinadas a la reprogramación de los créditos garantizados con el Fondo de Apoyo Empresarial a la MYPE (FAE MYPE);
SE RESUELVE:
Artículo 1. Aprobación de la Primera Adenda a la Modificación al Contrato de Fideicomiso de Administración del FAE-MYPE
Aprobar la Primera Adenda a la Modificación al Contrato de Fideicomiso de Administración del Fondo de Apoyo Empresarial a la MYPE (FAE-MYPE), a ser suscrito por el Ministerio de Economía y Finanzas, por el Banco de la Nación y por la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE, el mismo que se adjunta como Anexo a la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2. Autorización para suscribir documentos
Autorizar al Director General de la Dirección General del Tesoro Público, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, y al Banco de la Nación, a suscribir la Primera Adenda a la Modificación al Contrato de Fideicomiso de Administración del Fondo de Apoyo Empresarial a la MYPE (FAE-MYPE), aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, así como a suscribir los documentos públicos y/o privados, conexos o complementarios que permitan su ejecución.
Artículo 3. Publicación
La presente Resolución Ministerial y su Anexo se publican en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de la publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALDO MENDOZA BELLIDO
Ministro de Economía y Finanzas
1960688-1