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Fecha de publicación: 25/02/2021
Decreto Supremo que aprueba la graduación, metodología y factores para la determinación de las multas que impongan los órganos resolutivos del INDECOPI respecto de las infracciones sancionables en el ámbito de su competencia

Aprueban la incorporación de la información requerida a modo de un (01) servicio de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (DIGESA) del Ministerio de Salud para su trámite a través del Componente de Mercancías Restringidas de la Ventanilla Única de Comercio Exterior

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 026-2021-MINCETUR

Lima, 23 de febrero de 2021

Visto, el Informe Nº 0003-2021-MINCETUR/VMCE/DGFCE/DVUCEPT/YND de la Dirección de la Ventanilla Única de Comercio Exterior y Plataformas Tecnológicas y el Memorándum Nº 086-2021-MINCETUR/VMCE del Viceministerio de Comercio Exterior;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 30860, Ley de Fortalecimiento de la Ventanilla Única de Comercio Exterior, se define a la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) como el sistema integrado para la facilitación del comercio exterior que, a través de medios electrónicos, permite a las partes involucradas en el comercio exterior y el transporte internacional, intercambiar información requerida o relevante para el ingreso, la salida o el tránsito de las mercancías y de los medios de transporte desde o hacia el territorio nacional; así como gestionar la documentación e información relativa a los procedimientos y servicios que se realicen a través de dicho sistema;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-MINCETUR, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30860, Ley de Fortalecimiento de la Ventanilla Única de Comercio Exterior, se define a la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), que establece, entre otros temas, las reglas para el funcionamiento de la VUCE, a través de sus diversos Componentes y Servicios que presta a la comunidad del comercio exterior;

Que, la Primera Disposición Complementaria Final del citado Reglamento, detalla las entidades públicas comprendidas dentro del ámbito de aplicación de la VUCE y que por lo tanto cuentan con procesos, procedimientos y trámites vinculados al ámbito de aplicación de la misma, entre las cuales figura la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (DIGESA) del Ministerio de Salud;

Que, asimismo, la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento en mención, establece que los procedimientos y servicios que se incorporan a la VUCE inician operaciones al día siguiente de la publicación en el Diario Oficial “El Peruano”, de la Resolución Ministerial del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR) que aprueba su incorporación;

Que, mediante el Acta de Certificación Nº 2020-002-DGS se ha validado la operación de un requerimiento de información a modo de un (01) servicio para el trámite de la DIGESA, del Ministerio de Salud, a través de la VUCE, razón por la cual es procedente emitir la Resolución Ministerial que aprueba su incorporación;

De acuerdo con lo señalado en los documentos de Visto; y,

De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y sus modificatorias; la Ley Nº 30860, Ley de Fortalecimiento de la Ventanilla Única de Comercio Exterior y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2020-MINCETUR;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la incorporación de la información requerida a modo de un (01) servicio de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (DIGESA) del Ministerio de Salud para su trámite a través del Componente de Mercancías Restringidas de la Ventanilla Única de Comercio Exterior, el cual se detalla en el Anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- La presente Resolución Ministerial entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CLAUDIA CORNEJO MOHME

Ministra de Comercio Exterior y Turismo

Anexo

Incorporación del servicio de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (DIGESA) a la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE)

Nº

Denominación del servicio

Entidad Competente

01

Autorización sanitaria para exportación de aditivos alimentarios.

DIGESA, del Ministerio de Salud

1930070-1