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Fecha de publicación: 25/08/2022
Designan Jefe de la Oficina de Gestión de Proyectos de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios

Aprueban la formalización de los Créditos Suplementarios del Segundo Trimestre del Año Fiscal 2022, en el Presupuesto Consolidado de las Empresas y Organismos Públicos
de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales

decreto supremo

Nº 192-2022-ef

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo al numeral 50.5 del artículo 50 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la Dirección General de Presupuesto Público sobre la base de las Resoluciones que aprueban la incorporación de mayores ingresos en las Empresas y Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, propone el proyecto de Decreto Supremo que aprueba las modificaciones al Presupuesto Consolidado de las citadas Empresas y Organismos Públicos;

Que, el artículo 5 del Decreto Supremo N° 357-2021-EF, Decreto Supremo que aprueba el Presupuesto Consolidado de Ingresos y Egresos para el Año Fiscal 2022 de las Empresas y Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, establece, entre otros, que las modificaciones a dicho Presupuesto Consolidado por la mayor captación u obtención de recursos que se perciban durante el período de ejecución presupuestaria del Año Fiscal 2022, se aprueban en períodos trimestrales y mediante Decreto Supremo, de acuerdo con los procedimientos establecidos en la Directiva para la Ejecución Presupuestaria aprobada por la Dirección General de Presupuesto Público;

Que, el numeral 17.2 del artículo 17 de la Directiva N° 010-2019-EF/50.01, Directiva para la Aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura y la Ejecución Presupuestaria de las Empresas No Financieras y Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, aprobada mediante Resolución Directoral N° 034-2019-EF/50.01, dispone que la Dirección General de Presupuesto Público sobre la base de las Resoluciones o Acuerdos de Directorio que las Empresas y Organismos Públicos emiten para la aprobación de las modificaciones presupuestarias que impliquen Créditos Suplementarios, propone el proyecto de Decreto Supremo que aprueba las modificaciones al Presupuesto Consolidado de las Empresas y Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; estableciendo en el numeral 17.3 del citado artículo que el mencionado proyecto de Decreto Supremo recoge las Resoluciones o Acuerdos tomando en cuenta la periodicidad trimestral;

Que, en tal sentido, corresponde aprobar la formalización de los Créditos Suplementarios del Segundo Trimestre del Año Fiscal 2022, en el Presupuesto Consolidado de las Empresas y Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales;

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 50.5 del artículo 50 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, en el Decreto Supremo N° 357-2021-EF, Decreto Supremo que aprueba el Presupuesto Consolidado de Ingresos y Egresos para el Año Fiscal 2022 de las Empresas y Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales;

DECRETA:

Artículo 1. Objeto

Apruébase en el Presupuesto Consolidado de las Empresas y Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales correspondiente al Año Fiscal 2022, la formalización de los Créditos Suplementarios del Segundo Trimestre del citado Año Fiscal, hasta por la suma de S/ 241 786 569,00 (DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), de acuerdo a lo siguiente:

INGRESOS En Soles

Fuente de Financiamiento

Recursos Directamente Recaudados 53 923 892,00

Donaciones y Transferencias 176 985 096,00

Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito 3 877 581,00

Recursos Determinados 7 000 000,00

---------------------

TOTAL INGRESOS 241 786 569,00 ============

EGRESOS En Soles

Gastos Corrientes 28 328 217,00

Gastos de Capital 213 458 352,00

---------------------

TOTAL EGRESOS 241 786 569,00

============

Artículo 2. Desagregado del Presupuesto Consolidado

El desagregado de los montos aprobados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel Consolidado de las Empresas y Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, se detalla en los Anexos que forman parte integrante de la presente norma, los cuales se publican en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano, de acuerdo al detalle siguiente:

Descripción

Anexos

Distribución del Egreso de las Empresas y de los Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales – Por Fuente de Financiamiento y Genérica del Gasto – Segundo Trimestre Año Fiscal 2022

Anexo N° I

Distribución del Ingreso de las Empresas y Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales – Por Fuente de Financiamiento – Segundo Trimestre Año Fiscal 2022

Anexo N° II

Distribución del Egreso de las Empresas y de los Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales – Por Genérica del Gasto – Recursos Públicos – Segundo Trimestre Año Fiscal 2022

Anexo Nº III

Distribución del Egreso de las Empresas y de los Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales – Por Genérica del Gasto – Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados – Segundo Trimestre Año Fiscal 2022

Anexo N° III-1

Distribución del Egreso de las Empresas y de los Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales – Por Genérica del Gasto – Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias – Segundo Trimestre Año Fiscal 2022

Anexo N° III-2

Distribución del Egreso de las Empresas y de los Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales – Por Genérica del Gasto – Fuente de Financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito – Segundo Trimestre Año Fiscal 2022

Anexo N° III-3

Distribución del Egreso de las Empresas y de los Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales – Por Genérica del Gasto – Fuente de Financiamiento Recursos Determinados – Segundo Trimestre Año Fiscal 2022

Anexo N° III-4

Artículo 3. Efectos de la Formalización

La formalización de los Créditos Suplementarios en el Presupuesto Consolidado de las Empresas y Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales para el Segundo Trimestre del Año Fiscal 2022, no convalida los actos administrativos o de administración que se hayan ejecutado, sin sujeción a la normatividad presupuestaria.

Artículo 4. Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de agosto del año dos mil veintidós.

JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES

Presidente de la República

KURT BURNEO FARFÁN

Ministro de Economía y Finanzas

2099111-2