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Fecha de publicación: 21/04/2023
Designan Director de Sistema Administrativo III de la Oficina de Abastecimiento

Aprueban el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Instituto Nacional de Calidad – INACAL

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA

N° 032-2023-INACAL/PE

Lima, 19 de abril de 2023

VISTO:

La Nota N° 047-2023-INACAL/GG de la Gerencia General, los Informes Nos. 038-2023-INACAL/OA-RRHH y 040-2023-INACAL/OA-RRHH del Equipo Funcional de Recursos Humanos, los Memorandos Nos. 139-2023-INACAL/OA y 148-2023-INACAL/OA de la Oficina de Administración, los Informes Nos. 057-2023-INACAL/OPP y 063-2023-INACAL/OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 069-2023-INACAL/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, dispone que el Instituto Nacional de Calidad – INACAL es un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y financiera; además, es el ente rector y máxima autoridad técnico - normativa del Sistema Nacional para la Calidad;

Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, se aprueba la Sección Única del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad – INACAL, el cual determina las áreas programáticas de acción y regula las competencias, funciones y estructura orgánica del INACAL;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 319-2015-PRODUCE, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Instituto Nacional de Calidad – INACAL;

Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR/PE, se formalizó el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de SERVIR que aprobó la Directiva N° 006-2021-SERVIR/GDSRH “Elaboración del Manual del Clasificador de Cargos y el Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, cuya finalidad es que las entidades públicas cuenten con reglas que les permitan elaborar el Manual de Clasificador de Cargos (MCC) y el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional), y administrar los cargos y las posiciones consignadas en el documento de gestión de carácter temporal de recursos humanos;

Que, el numeral 6.4.1.1 de la citada Directiva, establece que la Oficina de Recursos Humanos o la que haga sus veces puede actualizar el CAP Provisional (Anexo N° 2. Formato N° 2) en los siguientes supuestos: i) Designación de personas, que cumplan con los requisitos dispuestos en el MCC, en cargos clasificados como EC y/o calificados como DSLDR; ii) Otorgamiento de cobertura presupuestal a posiciones en situación de previsto, en atención a los recursos transferidos y/o disponibles de la entidad vinculados a la partida “personal y obligaciones sociales”, que conlleven a la realización de concursos públicos de méritos para ingreso; iii) Variación en los números correlativos o las denominaciones de los cargos dispuestos en el CAP Provisional como consecuencia de modificaciones en el MCC, sin que ello implique una variación en la clasificación de cargos en situación de ocupado; iv) Variación en la cantidad de posiciones en situación de ocupado y previsto, como resultado del ingreso, la salida o la rotación de personal; sin que ello altere el total de posiciones del cargo, de la unidad orgánica, del órgano ni de la entidad; y, v) Otras acciones de administración del CAP Provisional que no afecten a los cargos, las posiciones, las correspondientes compensaciones económicas establecidas en el PAP vigente ni el cumplimiento de los límites dispuestos en los numerales 2 y 3 del artículo 4 de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público;

Que, por otro lado, conforme a lo establecido en la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 101-2015-INACAL/PE, el Equipo Funcional de Recursos Humanos tiene entre sus funciones, la de controlar los puestos considerados en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP), en coordinación con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto;

Que, al amparo de lo señalado en los considerandos precedentes, mediante Informes Nos. 038-2023-INACAL/OA-RRHH y 040-2023-INACAL/OA-RRHH el Equipo Funcional de Recursos Humanos, propone y sustenta el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Instituto Nacional de Calidad – INACAL, el mismo que no altera el número de cargos previstos, considerando que los ajustes solo varían el extremo de la Clasificación de Empleado de Confianza (EC) a Servidor Público – Directivo Superior (SP-DS) de los Jefes/as de las Oficinas de Estudios Económicos, de Cooperación Internacional y de Comunicaciones e Imagen Institucional, con lo cual quedarían nueve (9) empleados de confianza (EC) en la institución;

Que, mediante Informe Nos. 057-2023-INACAL/OPP y 063-2023-INACAL/OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable a la propuesta de reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional), al encontrarse conforme a las pautas establecidas en la Directiva N° 006-2021-SERVIR/GDSRH “Elaboración del Manual del Clasificador de Cargos y el Cuadro para la Asignación de Personal Provisional”, aprobada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR/PE;

Que, a través del Informe N° 069-2023-INACAL/OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para aprobar el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Instituto Nacional de Calidad – INACAL, propuesto por el Equipo Funcional de Recursos Humanos;

Que, en atención a lo señalado precedentemente, resulta necesario emitir el acto mediante el cual se apruebe el reordenamiento del CAP Provisional del INACAL;

Con las visaciones de la Gerencia General, de la Oficina de Administración, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; el Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, que aprueba la Sección Única del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad – INACAL; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR/PE, que aprueba la Directiva N° 006-2021-SERVIR/GDSRH - “Elaboración del Manual del Clasificador de Cargos y el Cuadro para Asignación de Personal Provisional”.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Instituto Nacional de Calidad – INACAL, conforme a los anexos que forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, y sus anexos, en el Portal de Transparencia Estándar del Estado Peruano y en el Portal Institucional del INACAL (https://www.gob.pe/inacal/) en la misma fecha de publicación de la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

M. CLARA GÁLVEZ CASTILLO

Presidenta Ejecutiva

Instituto Nacional de Calidad

2170675-1