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Lima, 15 de enero de 2016
VISTO, el Oficio Nº 054-2015-MINEDU/DM-CNE;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 81 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Consejo Nacional de Educación es un órgano especializado, consultivo y autónomo del Ministerio de Educación que tiene como como finalidad participar en la formulación, concertación, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Nacional, las políticas y planes educativos de mediano y largo plazo y las políticas intersectoriales que contribuyen al desarrollo de la educación. Promueve acuerdos y compromisos a favor del desarrollo educativo del país a través del ejercicio participativo del Estado y la sociedad civil; opina de oficio en asuntos concernientes al conjunto de la educación peruana y está integrado por personalidades especializadas y representativas de la vida nacional, seleccionadas con criterios de pluralidad e interdisciplinariedad;
Que, a través del Decreto Supremo Nº 007-2002-ED se reincorpora al Consejo Nacional de Educación, como órgano especializado del Sector Educación, dentro de su estructura orgánica, y estable que dicho Consejo estará conformado por 25 integrantes designados mediante Resolución Ministerial por un período de seis años. Asimismo, regula sus funciones, ámbito de competencia y la elección de su Presidente, Vicepresidente y tres vocales, quienes conformarán el Comité Directivo, el mismo que planificará y ejecutará las acciones del Consejo, y tendrá funciones de administración y representación;
Que, el artículo 9 del referido Decreto Supremo autoriza al Ministerio de Educación para que, mediante Resolución Ministerial, modifique y adecue los instrumentos de gestión que sean necesarios para la aplicación de lo dispuesto por dicho Decreto Supremo;
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 494-2002-ED se aprobó el Reglamento Interno del Consejo Nacional de Educación;
Que, mediante Oficio Nº 054-2015-MINEDU/DM-CNE, el Presidente del Consejo Nacional de Educación remite para aprobación del proyecto de Reglamento Interno del referido órgano, el mismo que permitirá desarrollar sus funciones dentro de un marco organizativo compatible con sus metas y objetivos;
Que, a través del Oficio Nº 168-2015-MINEDU/SPE-OPEP-UNOME e Informe Nº 032-2015-MINEDU/SPE-OPEP-UNOME, la Unidad de Organización y Métodos opina de manera favorable respecto al referido proyecto y solicita que se continúe con el trámite de aprobación;
De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; el Decreto Supremo Nº 007-2002-ED; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Reglamento Interno del Consejo Nacional de Educación, constituido por 9 capítulos y 27 artículos, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 494-2002-ED.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y su Anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación
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