RESOLUCION MINISTERIAL N� 021-2016/MINSA - Norma Legal Diario Oficial El Peruano
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NORMAS LEGALES
Viernes 15 de enero de 2016
El Peruano
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Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector
P�blico; en el Reglamento de la Carrera Administrativa,
aprobado por Decreto Supremo N� 005-90-PCM; en el
Decreto Legislativo N� 1024, que crea y regula el cuerpo
de gerentes p�blicos; y en el Decreto Legislativo N� 1161,
Ley de Organizaci�n y Funciones del Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
Art�culo 1.- Aceptar la renuncia del gerente p�blico
del Cuerpo de Gerentes P�blicos, m�dico cirujano Percy
Rudy Montes Rueda, al cargo de Director General, nivel
F-5, de la Oficina General de Defensa Nacional, d�ndosele
las gracias por los servicios prestados.
Art�culo 2.- Designar al m�dico cirujano Luis Melchor
Loro Chero en el cargo de Director General, Nivel F-5, de
la Oficina General de Defensa Nacional del Ministerio de
Salud.
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
AN�BAL VEL�SQUEZ VALDIVIA
Ministro de Salud
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Aprueban el perfil de competencias del
m�dico ocupacional
RESOLUCI�N MINISTERIAL
N� 021-2016/MINSA
Lima, 13 de enero del 2016
Visto, el Expediente N� 14-022010-001, que contiene
los Informes N�s. 002-2014-MISS-DGRH-DT/MINSA,
007-2014-MISS-DGRH-DT/MINSA y 006-2015-MISS-DGRH-
DT/MINSA, as� como el Memor�ndum N� 539-2014-DG-
DGRH/MINSA, de la Direcci�n General de Gesti�n del
Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de Salud y
el Informe N� 1419-2015-OGAJ/MINSA, de la Oficina General
de Asesor�a Jur�dica del Ministerio de Salud;
CONSIDERANDO:
Que, los numerales I y II del T�tulo Preliminar de la
Ley N� 26842, Ley General de Salud disponen que la
salud es condici�n indispensable del desarrollo humano
y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual
y colectivo, y que la protecci�n de la salud es de inter�s
p�blico. Por tanto, es responsabilidad del Estado regularla,
vigilarla y promoverla;
Que, el numeral 7 del art�culo 3 del Decreto Legislativo
N� 1161, que aprueba la Ley de Organizaci�n y Funciones
del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de
Salud es competente en recursos humanos en salud;
Que, el art�culo 4 de la precitada Ley dispone que
el Sector Salud est� conformado por el Ministerio de
Salud, como organismo rector, las entidades adscritas
a �l y aquellas instituciones p�blicas y privadas de
nivel nacional, regional y local, y personas naturales
que realizan actividades vinculadas a las competencias
establecidas en dicha Ley, y que tiene impacto directo o
indirecto en la salud, individual o colectiva;
Que, el literal e) del art�culo 7 del Decreto Legislativo
N� 1161 establece como funci�n espec�fica del Ministerio
de Salud promover y participar en el desarrollo y
fortalecimiento de las capacidades y competencias de los
recursos humanos en salud;
Que, la Ley N� 29783, Ley de Seguridad y Salud en
el Trabajo, tiene como objetivo promover una cultura de
prevenci�n de riesgos laborales en el pa�s. Para ello,
cuenta con el deber de prevenci�n de los empleadores, el
rol de fiscalizaci�n y control del Estado y la participaci�n de
los trabajadores y sus organizaciones sindicales, quienes,
a trav�s del di�logo social, velan por la promoci�n, difusi�n
y cumplimiento de la normativa sobre la materia;
Que, el art�culo 8 de la precitada Ley crea el Sistema
Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, con participaci�n
de las organizaciones de empleadores y trabajadores, a fin
de garantizar la protecci�n de todos los trabajadores en el
�mbito de la seguridad y salud en el trabajo;
Que, con Resoluci�n Ministerial N� 312-2011/
MINSA, se aprob� el Documento T�cnico: "Protocolos de
Ex�menes M�dico Ocupacionales y Gu�as de Diagn�stico
de los Ex�menes M�dicos Obligatorios por Actividad",
modificado por las Resoluciones Ministeriales N�s. 004-
2014/MINSA y 571-2014/MINSA;
Que, el art�culo 4 de la Resoluci�n Ministerial N� 004-
2014/MINSA, dispuso que la Direcci�n General de Gesti�n
del Desarrollo de Recursos Humanos, en coordinaci�n
con la Direcci�n General de Salud Ambiental, el Instituto
Nacional de Salud y la Oficina General de Planeamiento
y Presupuesto, elabore el perfil de competencias del
m�dico ocupacional, el cual debe ser aprobado mediante
Resoluci�n Ministerial;
Que, en virtud de ello, la Direcci�n General de Gesti�n
del Desarrollo de Recursos Humanos ha elaborado el perfil
de competencias del m�dico ocupacional, en coordinaci�n
con la Direcci�n General de Salud Ambiental, el Instituto
Nacional de Salud y la Oficina General de Planeamiento
y Presupuesto, con el objetivo de uniformizar los criterios
en su formaci�n y responder a las necesidades de
los servicios de salud ocupacional, por lo que, resulta
necesaria su aprobaci�n;
Estando a lo propuesto por la Direcci�n General de
Gesti�n del Desarrollo de Recursos Humanos;
Que, mediante Informe N� 1419-2015-OGAJ/MINSA,
la Oficina General de Asesor�a Jur�dica del Ministerio de
Salud ha emitido opini�n favorable;
Con el visado del Director General de la Direcci�n
General de Gesti�n del Desarrollo de Recursos Humanos,
de la Directora General de la Direcci�n General de Salud
Ambiental, de la Directora General de la Oficina General de
Planeamiento y Presupuesto, del Jefe del Instituto Nacional
de Salud, de la Directora General de la Oficina General de
Asesor�a Jur�dica, del Viceministro de Salud P�blica y del
Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y,
De conformidad con el Decreto Legislativo N� 1161,
Ley de Organizaci�n y Funciones del Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
Art�culo 1.- Aprobar el perfil de competencias del
m�dico cirujano debidamente titulado, colegiado y
habilitado por el Colegio M�dico del Per�, egresado
de la Maestr�a en Salud Ocupacional o Maestr�a en
Salud Ocupacional y Ambiental o Maestr�a en Medicina
Ocupacional y Medio Ambiente, con un m�nimo de un
(1) a�o de experiencia en Medicina del Trabajo o Salud
Ocupacional; as� como del m�dico cirujano debidamente
titulado, colegiado y habilitado por el Colegio M�dico del
Per� con Diplomado en Salud Ocupacional de un m�nimo
de treinta y seis (36) cr�ditos, expedido por una Escuela
o Facultad de Medicina o de Ciencias de la Salud de una
universidad p�blica o privada, con un m�nimo de tres (3)
a�os de experiencia en Medicina del Trabajo o Salud
Ocupacional, el cual consta de seis (6) competencias
gen�ricas y siete (7) competencias espec�ficas, que se
detallan a continuaci�n:
COMPETENCIAS GEN�RICAS
1. Compromiso �tico.
2. Respeto por la vida, la salud de las personas y el
ambiente.
3. Trabajo en equipo.
4. Liderazgo.
5. Orientaci�n al servicio.
6. Aprendizaje continuo.
COMPETENCIAS ESPEC�FICAS
1. Realizar actividad educativa a los trabajadores en
temas relacionados a la seguridad y salud en el trabajo,
seg�n el Sistema Nacional de Seguridad y Salud en el
Trabajo.
2. Detectar factores de riesgos ocupacionales y
ambientales en salud, de acuerdo a la normatividad
vigente.
3. Detectar da�os seg�n enfermedades profesionales
relacionadas al trabajo y normativa vigente.
4. Atender la urgencia y emergencia de los
trabajadores, de acuerdo a la normativa vigente.
5. Atender al trabajador con enfermedad profesional
o enfermedad relacionada al trabajo de acuerdo a la
normatividad vigente.
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6. Administrar el servicio de salud en el trabajo de
acuerdo a la normatividad vigente.
7. Dise�ar, gestionar y ejecutar programas de
intervenci�n, de acuerdo a los riesgos ocupacionales.
Art�culo 2.- El m�dico cirujano con segunda
especialidad en Medicina Ocupacional y Medio Ambiente
o Medicina del Trabajo, debidamente titulado, colegiado
y habilitado por el Colegio M�dico del Per�; o, el m�dico
cirujano con Maestr�a en Salud Ocupacional o Maestr�a
en Salud Ocupacional y Ambiental o Maestr�a en
Medicina Ocupacional y Medio Ambiente, debidamente
titulado, colegiado y habilitado por el Colegio M�dico del
Per�, adicionalmente a las competencias establecidas
en el art�culo 1 de la presente Resoluci�n Ministerial,
deben demostrar en su desempe�o las competencias
espec�ficas, que se se�alan a continuaci�n:
1. Realizar la calificaci�n y evaluaci�n de la invalidez y
de la incapacidad por accidentes de trabajo o enfermedad
profesional.
2. Efectuar investigaciones relacionadas con las
condiciones del trabajo y medio ambiente y sus efectos
en la salud individual y colectiva de los trabajadores.
3. Dise�ar planes y estrategias educativas
relacionadas a la salud ocupacional en el �mbito de los
diferentes sectores econ�micos.
Art�culo 3.- Encargar a la Direcci�n General de Salud
Ambiental y al Instituto Nacional de Salud la difusi�n de
lo aprobado mediante la presente Resoluci�n Ministerial.
Art�culo 4.- La Oficina General de Comunicaciones
publicar� la presente Resoluci�n Ministerial en el Portal
Institucional del Ministerio de Salud, en la direcci�n
electr�nica:
http://www.minsa.gob.pe/transparencia/
index.asp?op=115.
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
AN�BAL VEL�SQUEZ VALDIVIA
Ministro de Salud
1333375-5
Aprueban Documento T�cnico: Plan
Operativo Institucional 2016 del Ministerio
de Salud
RESOLUCI�N MINISTERIAL
N� 024-2016/MINSA
Lima, 13 de enero de 2016
VISTO, el Expediente N� 15-132013-001, que
contiene el Informe N� 154-2015-OGPP-OPGI/MINSA y
el Memor�ndum N� 0057-2016-OGPP-OPGI/MINSA de
la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del
Ministerio de Salud; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Directiva N� 001-2014-CEPLAN
"Directiva General del Proceso de Planeamiento
Estrat�gico - Sistema Nacional de Planeamiento
Estrat�gico", aprobada por Resoluci�n de Presidencia del
Consejo Directivo N� 26-2014-CEPLAN/PCD, modificada
por Resoluci�n de Presidencia del Consejo Directivo N�
107-2014-CEPLAN/PCD, se establecen los principios,
normas, procedimientos e instrumentos del proceso
de Planeamiento Estrat�gico en el marco del Sistema
Nacional de Planeamiento Estrat�gico - SINAPLAN;
Que, el art�culo 18 de la Directiva mencionada en el
considerando precedente, se�ala que el Plan Operativo
Institucional � POI "es el documento elaborado por las
entidades de la Administraci�n P�blica que toma como
base la informaci�n generada en el Plan Estrat�gico
Institucional (PEI). Este documento desagrega las
acciones estrat�gicas identificadas en el PEI en
actividades para un per�odo determinado. Esta informaci�n
contribuir� a la gesti�n de la entidad para el logro de sus
objetivos estrat�gicos. Asimismo la acci�n estrat�gica
debe vincularse con el Sistema de Presupuesto P�blico";
Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral
71.2 del art�culo 71 del Texto �nico Ordenado de la Ley
General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley N�
28411, aprobado por Decreto Supremo N� 304-2012-
EF, el Presupuesto Institucional se articula con el Plan
Estrat�gico de la Entidad, desde una perspectiva de
mediano y largo plazo, a trav�s de los Planes Operativos
Institucionales, en aquellos aspectos orientados a
la asignaci�n de los fondos p�blicos conducentes al
cumplimiento de las metas y objetivos de la Entidad,
conforme a su escala de prioridades;
Que, asimismo, el numeral 71.3 del art�culo antes
mencionado, establece que los Planes Operativos reflejan
las metas presupuestarias que se esperan alcanzar para
cada a�o fiscal y constituyen instrumentos administrativos
que contienen los procesos a desarrollar en el corto
plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las
metas presupuestarias establecidas para dicho periodo,
as� como la oportunidad de su ejecuci�n, a nivel de cada
dependencia org�nica;
Que, los art�culos 17 y 18 del Reglamento de
Organizaci�n y Funciones del Ministerio de Salud,
aprobado por Decreto Supremo N� 023-2005-SA,
establecen que la Oficina General de Planeamiento y
Presupuesto es el �rgano responsable de los sistemas de
planeamiento, presupuesto, racionalizaci�n e inversi�n,
siendo la Oficina de Planeamiento y Gesti�n Institucional,
la encargada de conducir el proceso de planeamiento
operativo anual, proponiendo y difundiendo la
normatividad, metodolog�as y t�cnicas sobre las materias
en menci�n;
Que, en tal sentido, mediante documento de Visto,
se ha formulado el Plan Operativo Institucional que
contiene la programaci�n de las actividades vinculadas a
las acciones estrat�gicas que se ejecutar�n de manera
articulada al Presupuesto Institucional de Apertura de
Gastos correspondiente al a�o Fiscal 2016 del Pliego 011:
Ministerio de Salud, aprobado con Resoluci�n Ministerial
N� 820-2015/MINSA;
Estando a lo informado por la Oficina General de
Planeamiento y Presupuesto a trav�s del documento
de Visto; y con las visaciones de la Directora General
de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto,
del Director General de la Oficina General de
Administraci�n, de la Directora General de la Oficina
General de Asesor�a Jur�dica y de la Secretaria
General; y,
De conformidad con lo dispuesto en el Texto �nico
Ordenado de la Ley N� 28411, Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto; y el Decreto Legislativo N�
1161, Ley de Organizaci�n y Funciones del Ministerio de
Salud;
SE RESUELVE:
Art�culo 1.- Aprobar el Documento T�cnico: Plan
Operativo Institucional 2016 del Ministerio de Salud,
de acuerdo al anexo que forma parte integrante de la
presente Resoluci�n Ministerial.
Art�culo 2.- Disponer que las Unidades Ejecutoras
del Ministerio de Salud, aprueben sus Planes Operativos
Anuales 2016, dentro de los veinte (20) d�as posteriores
a la emisi�n de la presente Resoluci�n Ministerial.
Para el caso de aquellas Unidades Ejecutoras que
hayan aprobado su Plan Operativo Anual 2016 con
anterioridad a la aprobaci�n del Documento T�cnico:
Plan Operativo Institucional 2016 del Ministerio de Salud,
deber�n adecuarlo, dentro del plazo antes se�alado, a
los lineamientos establecidos en el citado Documento
T�cnico.
Art�culo 3.- Disponer que la Oficina General de
Planeamiento y Presupuesto, a trav�s de la Oficina de
Planeamiento y Gesti�n Institucional, realice las acciones
correspondientes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto
en la presente Resoluci�n Ministerial.
Art�culo 4.- Encargar a la Oficina General de
Comunicaciones, la publicaci�n de la presente Resoluci�n
Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud,
en la direcci�n electr�nica: http://www.minsa.gob.pe/
transparencia/index.asp?op=115.
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
AN�BAL VEL�SQUEZ VALDIVIA
Ministro de Salud
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