Aprueban el Lineamiento Nº 003-2021-P-CSJLI-PJ denominado “Pautas para la legalización de firmas en los Centros de Distribución General y Mesas de Partes de las sedes judiciales de la Corte Superior de Justicia de Lima”

Presidencia de la Corte Superior

de Justicia de Lima

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

Nº 000161-2021-P-CSJLI-PJ

Lima, 19 de mayo del 2021

VISTO:

El Informe Nº 000010-2021-CR-UPD-GAD-CSJLI-PJ del 10 de mayo de la Coordinación de Racionalización, el Oficio Nº 000272-2021-UPD-GAD del 11 de mayo de 2021 de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo y el Informe Nº 000045-2021-AL-CSJLI-PJ del 19 de mayo de 2021 de la Oficina de Asesoría Legal; y,

CONSIDERANDO:

1. En el numeral 5.11.2 del «Instructivo para el ingreso de la Documentación Jurisdiccional en los Centros de Distribución General y/o Mesas de Partes de la Corte Superior de Justicia de Lima»1 se estableció los casos donde se exige el acta de legalización de firma para la presentación de documentos de carácter jurisdiccional en concordancia con los artículos 330, 341 y 610 del Código Procesal Civil; siendo estas disposiciones de cumplimiento obligatorio para todas las Mesas de Partes, Centros Modulares y Centros de Distribución General de la Corte Superior de Justicia de Lima, así como del público usuario del servicio de justicia.

2. El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) a través de la Resolución del 10 de febrero de 2021, remitido a través del Oficio Circular Nº 000004-2021-P-CE-PJ del 20 de marzo de 2021, ha dispuesto que los presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país habiliten secretarios/as y/o especialistas legales, para los fines del trámite de legalización de firma en solicitudes de medida cautelar, a que se refiere el artículo 613 del Código Procesal Civil. Uno de fundamentos que sustentan esta decisión es el siguiente:

Sexto.- (...), se debe tener en cuenta que la suspensión del trabajo presencial en determinados órganos jurisdiccionales del Poder Judicial ocasionará de manera posterior se congestione el pedido de legalización de firmas ante los/las secretarios/as, así como una mayor presencia de usuarios judiciales en las sedes de este Poder del Estado. En tal sentido, corresponde adoptar medidas urgentes para salvaguardar el correcto funcionamiento de los órganos jurisdiccionales a nivel nacional y establecer un mecanismo que agilice el trámite de legalización de firma para dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 613 del Código Procesal Civil: por ende, este órgano de Gobierno considera necesario que los/las Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país habiliten Secretarios/as y/o Especialistas Legales, para cumplir con lo dispuesto en la precitada norma.

3. La presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima (CSJLI) por medio de la Resolución Administrativa Nº 000103-2021-P-CSJLI-PJ1, resolvió, entre otros, aprobar el Lineamiento Nº 002-2021-P-CSJLI-PJ denominado «Pautas para la gestión de los fedatarios y legalizadores de firma de la Corte Superior de Justicia de Lima». Asimismo, el 4 de mayo de 2021 con Resolución Administrativa Nº 000140-2021-P-CSJLI-PJ2 habilitó a siete legalizadores de firmas en la CSJLI.

4. El 11 de mayo de 2021, la Unidad de Planeamiento y Desarrollo a través del Oficio Nº 000272-2021-UPD-GAD elevó el Informe Nº 000010-2021-CR-UPD-GAD-CSJLI-PJ del 10 de mayo de 2021 de la Coordinación de Racionalización. En este documento se plantea la propuesta de Lineamiento Nº 003-2021-P-CSJLI-PJ denominado «Pautas para la legalización de firmas en los Centros de Distribución General y Mesas de Partes de las sedes judiciales de la Corte Superior de Justicia de Lima» (en adelante, el lineamiento). Por consiguiente, propone la aprobación del lineamiento, previa opinión legal por parte del órgano de asesoría legal de la CSJLI.

5. De la verificación de los alcances del informe de la Coordinación de Racionalización, se aprecia la propuesta busca que el lineamiento sirva como una herramienta de consulta y gestión administrativa que oriente a los legalizadores de firmas y solicitantes en el trámite de la legalización de firmas de sus documentos en los Centros de Distribución General (CDG) y mesas de partes de las sedes judiciales de la CSJLI. Además, se plantea lograr (de forma progresiva y en función a la ejecución de un plan de actividades) la ampliación de las competencias de la coordinación del CDG a todas las mesas de partes de las sedes judiciales de la CSJLI, con lo cual se unificarían los criterios de recepción y trámite de los documentos, entre otras oportunidades de mejora.

6. Por otra parte, se verifica que el lineamiento cuenta con la conformidad del presidente de la Comisión Distrital de Gestión de Despacho Judicial y el presidente de la Comisión Distrital de Atención al Usuario. Además, según el informe, la Coordinación de Informática desarrolló el aplicativo denominado “SILEG – CSJLI”, el cual permitirá el registro, trámite, seguimiento y control de la atención de solicitudes de legalización de firmas requeridas en la CSJLI, con lo cual se garantiza la facilidad de programación correspondiente por parte de los usuarios solicitantes en un entorno web.

7. Por lo expuesto, y en virtud del informe de vistos de la Oficina de Asesoría Legal, esta Presidencia de Corte concluye que el lineamiento se encuentra dentro del marco normativo expuesto. Por consiguiente, en uso de las atribuciones conferidas por los incisos 3) y 9) del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR el Lineamiento Nº 003-2021-P-CSJLI-PJ denominado «Pautas para la legalización de firmas en los Centros de Distribución General y Mesas de Partes de las sedes judiciales de la Corte Superior de Justicia de Lima», conforme a las consideraciones expuestas, documento cuyo anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo Segundo.- DISPONER que la Gerencia de Administración Distrital a través de sus unidades orgánicas desplieguen las acciones pertinentes para la implementación del referido lineamiento.

Artículo Tercero.- PONER en conocimiento la presente resolución a la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Gerencia de Administración Distrital, la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, la Unidad de Servicios Judiciales, magistrados/as de esta Corte Superior de Justicia y demás unidades orgánicas comprometidas en la implementación, para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

JUAN CARLOS VIDAL MORALES

Presidente (e)

Corte Superior de Justicia de Lima

1 Modificado mediante la Resolución Administrativa Nº 132-2021-P-CSJLI-PJ.

2 Corregida y precisada con Resolución Administrativa Nº 000155-2021-P-CSJLI-PJ del 14 de mayo de 2021.

1956359-1