FE DE ERRATAS
anexo - decreto supremo
Nº 014-2019-MIMP
Mediante Oficio Nº 001207-2019-DP/SCM, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Anexo del Decreto Supremo Nº 014-2019-MIMP, publicado en la edición del día 22 de julio de 2019.
REGLAMENTO DE LA LEY N° 27942, LEY DE PREVENCIÓN Y SANCIÓN DEL HOSTIGAMIENTO SEXUAL
- En la página 19, en la Tercera Disposición Complementaria Final;
DICE:
Tercera.- Adecuación al presente Reglamento, y Protocolos modelo de atención y atención de casos de hostigamiento sexual
DEBE DECIR:
Tercera.- Adecuación al presente Reglamento, y Protocolos modelo de atención y sanción de casos de hostigamiento sexual
- En la página 20, en la Cuarta Disposición Complementaria Final;
DICE:
Cuarta.- Asistencia técnica del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y modelos de formatos referenciales para presentar quejas o denuncias
El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables brinda asistencia técnica sobre los contenidos mínimos del protocolo modelo de atención y sanción del hostigamiento sexual, así como de los temarios que deben aprobar el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el Ministerio de Educación, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Defensa y SERVIR, para que las instituciones cumplan con la obligación de capacitación prevista en el artículo 11.
Asimismo, publica los modelos de formatos referenciales, a través de los cuales se pueden presentar las quejas o denuncias para los casos de hostigamiento sexual, dentro de los sesenta (45) días hábiles siguientes a la vigencia del presente Reglamento.
DEBE DECIR:
Cuarta.- Asistencia técnica del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y modelos de formatos referenciales para presentar quejas o denuncias
El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables brinda asistencia técnica sobre los contenidos mínimos del protocolo modelo de atención y sanción del hostigamiento sexual, así como de los temarios que deben aprobar el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el Ministerio de Educación, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Defensa y SERVIR, para que las instituciones cumplan con la obligación de capacitación prevista en el artículo 11.
Asimismo, publica los modelos de formatos referenciales, a través de los cuales se pueden presentar las quejas o denuncias para los casos de hostigamiento sexual, dentro de los cuarenta y cinco (45) días hábiles siguientes a la vigencia del presente Reglamento.
1793463-1