Logo El Peruano
Fecha de publicación: 17/02/2022
Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República correspondiente al saldo restante de retribución económica por la contratación de Sociedad de Auditoría

Reactivan y prorrogan la quinta disposición complementaria transitoria de la Ordenanza N° 619/MDC, que establece beneficios extraordinarios de descuento para el pago de multas administrativas

DECRETO DE ALCALDíA

Nº 003-2022-MDC

Comas, 14 de enero de 2022

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

COMAS

VISTO: El Memorando Nº 38-2022-GAJ/MDC emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos, el Memorándum Nº 31-2021-SG/MDC emitido por la Secretaría General, el Memorando Nº 11-2020-GFT/MDC emitido por la Gerencia de Fiscalización y Transporte, el Memorándum Nº 001-2022-SGSYECA-GFYT/MC, de la Subgerencia de Sanciones y Ejecutoría Coactiva Administrativa, sobre la prórroga del plazo de vencimiento de beneficios extraordinarios para el pago de multas administrativas, establecido por la Ordenanza Nº 619/MDC;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 39º de la Ley Nº 29792, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la ley mediante decretos de alcaldía y por resoluciones de alcaldía resuelve los asuntos administrativos a su cargo; asimismo el artículo 42º del mismo cuerpo legal, indica que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal;

Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 619/MDC publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 15 de setiembre de 2021, se estableció beneficios extraordinarios para los contribuyentes que cumplan con la regularización de sus obligaciones tributarias y no tributarias pendientes de pago con la Municipalidad de Comas, este beneficio de descuento aplica para multas administrativas de las notificaciones de infracción con resolución de sanción emitidas hasta el 31 de setiembre de 2020, las cuales podrán ser canceladas hasta el 31 de setiembre de 2021; plazo que ya ha vencido y que fue prorrogado con Decreto de Alcaldía Nº 015-2021-AL/MDC, hasta el 31 de octubre de 2021 y con Decreto de Alcaldía Nº 019-2021-AL/MC hasta el 31 de diciembre de 2021;

Que, la Tercera Disposición Complementaria Derogatoria de la Ordenanza Nº 619/MDC, faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas complementarias y reglamentarias necesarias para la adecuada aplicación de la referida ordenanza;

Que, la Gerencia de Fiscalización y Transporte y la Subgerencia de Sanciones y Ejecutoría Coactiva Administrativa, mediante informes de visto, proponen se reactive el beneficio de descuentos para el pago de multas administrativas contemplada en la Ordenanza Nº 619/MDC, por lo que proponen prorrogar hasta el 31 de marzo de 2022, la vigencia de los mencionados beneficios, teniendo en cuenta que nuestro país aún se encuentra en recuperación económica, a causa de la pandemia COVID-19; por tal motivo, existe la necesidad de continuar brindando incentivos y facilidades a los contribuyentes para que cumplan con el pago de sus obligaciones, otorgándoles beneficios tributarios y no tributarios, la cual tiene la opinión favorable de la Gerencia de Asuntos Jurídicos;

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas en los artículos 20º inciso 6 y 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo Primero.- REACTIVAR con eficacia anticipada al 01 de enero del 2022 y PRORROGAR hasta el 31 de marzo del 2022, la quinta disposición complementaria transitoria de la Ordenanza Municipal Nº 619/MDC, la cual establece beneficios extraordinarios de descuento para el pago multas administrativas.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas y Gerencia de Fiscalización y Transporte, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, a la Secretaría General disponer su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”; a la Subgerencia de Informática y Gobierno Electrónico su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Comas (www.municomas.gob.pe), y a la Sub Gerencia de Comunicaciones, la difusión de la misma.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

RAÚL DÍAZ PÉREZ

Alcalde

2039992-1