Prorrogan vigencia de la Ordenanza
Nº 516-MDSMP, “Ordenanza que aprueba amnistía tributaria y no tributaria a favor de los contribuyentes del distrito de San Martín de Porres”
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 013-2021-MDSMP
San Martín de Porres, 21 de julio de 2021
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES
VISTO:
El Informe Nº 100-2021-GAT/MDSMP de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 063-2021-SGRTyCD/GAT/MDSMP, de la Sub Gerencia de Recaudación Tributaria y Control de la Deuda, el Informe Nº 399-2021-GAJ-MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum Nº 2696-2021-MDSMP/GM, de la Gerencia Municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 30305, señala que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos propios de su competencia, concordante con el Artículo II del título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, en el Artículo II, Título Preliminar de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el artículo 42º del acotado cuerpo legal, establece que los Decretos de Alcaldía establecen normas Reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal;
Que, mediante Ordenanza Nº 516-MDSMP publicada el 31 de mayo de 2021 en el Diario Oficial El Peruano, se aprobó la “Ordenanza que aprueba amnistía tributaria y no tributaria a favor de los contribuyentes del distrito de San Martín de Porres”, el cual tiene por finalidad establecer, en la jurisdicción del distrito de San Martin de Porres, el régimen de condonación de deudas tributarias por concepto de interés moratorio del impuesto predial y de arbitrios municipales, así como el insoluto de arbitrios municipales, multas tributarias y administrativas, en determinados porcentajes establecidos en la misma ordenanza;
Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 010-2021-MDSMP, publicado el 30 de Junio 2021, se prorrogó la vigencia de la Ordenanza Nº 516-MDSMP hasta el 30 de Julio de 2021;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2021-PCM, de fecha 14 de Enero del 2021, se dictan nuevas medidas de aislamiento en atención a la nueva variante del coronavirus, ya que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha solicitado a los Estados miembros que refuercen sus procedimientos de control y de prevención, medidas que imponen la necesidad de implementar estrategias que coadyuven a otorgar beneficios tributarios que vayan de acuerdo con las posibilidades financieras de los vecinos, de tal manera que sea razonable cumplir con el pago de los adeudos por Impuesto Predial y Arbitrios Municipales que mantengan con esta Corporación Municipal, en el menor plazo posible y sin afectar su economía, por lo que se hace necesario continuar con los descuentos sobre intereses, insolutos, gastos y costas coactivas, dichas medidas de impacto tienen también como fin asegurar la recaudación en la actual coyuntura de crisis nacional, la misma que permita continuar con la ejecución de los planes y programas y cumplir con los servicios públicos;
Que, por su parte, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, publicado el 11 de marzo de 2020, se declaró la Emergencia Sanitaria a nivel nacional, por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictaron medidas para la prevención y control para evitar la propagación del COVID-19; Emergencia Sanitaria que últimamente ha sido prorrogada con Decreto Supremo Nº 009-2021-SA, a partir del 7 de marzo de 2021, por un plazo de ciento ochenta (180) días calendario;
Que, mediante Informe Nº 100-2021-GAT/MDSMP de fecha 16 de Julio de 2021, el Gerente de Administración Tributaria de la Municipalidad de San Martín de Porres remite el Informe Nº 063-2021-SGRTyCD/GAT/MDSMP de la Sub Gerencia de Recaudación Tributaria y Control de la Deuda, quien propone que se continúe con el otorgamiento de mayores facilidades a los contribuyentes del distrito de San Martín de Porres, para que puedan cumplir con el pago de sus contribuciones tributarias y/o administrativas, motivo por el cual es necesario la ampliación de su vigencia y la expedición de la presente norma;
Que, en la Tercera Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza Nº 516-MDSMP, se faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicación de la citada Ordenanza, así como prorrogar la fecha de vencimiento, de ser el caso;
Que, mediante Informe Nº 399-2021-GAJ-MDSMP, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para que a través de Decreto de Alcaldía se prorrogue hasta el día 31 de Agosto del año 2021, la vigencia de la Ordenanza Nº 516-MDSMP, “Ordenanza que aprueba amnistía tributaria y no tributaria a favor de los contribuyentes del distrito de San Martín de Porres”;
Estando las consideraciones expuestas y en mérito a las atribuciones conferidas en el artículo 20º numeral 6) y artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, y de lo establecido en la Tercera Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza Nº 506-MDSMP;
SE DECRETA;
Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de Agosto del 2021, la vigencia de la Ordenanza Nº 516-MDSMP, “Ordenanza que aprueba amnistía tributaria y no tributaria a favor de los contribuyentes del distrito de San Martín de Porres”, conforme a lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria y Final de la citada norma.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, la Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria, la Sub Gerencia de Recaudación Tributaria y Control de la Deuda, la Sub Gerencia de Ejecutoria Coactiva, la Sub Gerencia de Administración Tributaria y Orientación al Contribuyente, la Sub Gerencia de Tesorería, la Sub Gerencia de Gestión Documentaria y Archivo Central, y demás órganos competentes a realizar las acciones de su competencia orientadas al cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía.
Artículo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia, al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General y a la Sub Gerencia de Logística y Gestión Patrimonial, la publicación del texto del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano”; a la Gerencia de Comunicación, Imagen y Cooperación Técnica la divulgación y difusión; asimismo a la Sub Gerencia de Desarrollo de Tecnologías de la Información y Estadística, la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres (www.mdsmp.gob.pe).
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JULIO ABRAHAM CHAVEZ CHIONG
Alcalde
1977996-1