Prorrogan vigencia de la Ordenanza
Nº 478-MDC, que otorgó beneficios tributarios y administrativos en el distrito
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 004-2023-A/MDC
Carabayllo, 29 de marzo de 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO
VISTOS: El Informe N° 25-2023-GATR-MDC de fecha 27 de marzo de 2023, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas; el Informe N° 133-2023-MDC/GATR-SGREC de fecha 27 de marzo de 2023, emitido por la Sub Gerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva; el Informe N° 239-2023-GAJ/MDC de fecha 29 de marzo de 2023, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, el Memorandum emitido por la Gerencia Municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el artículo 42 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”;
Que, mediante Ordenanza Nº478-MDC, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 25 de enero de 2023, se otorgaron beneficios tributarios y administrativos en la jurisdicción del Distrito de Carabayllo, estableciéndose como fecha de término de la misma, el 28 de febrero de 2023; la misma que fue prorrogada hasta el 31 de marzo de 2023, mediante Decreto de Alcaldía N° 02-2023-A/MDC;
Que, la Octava Disposición Final de la Ordenanza Nº478-MDC, faculta al Señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para su adecuada aplicación, así como para disponer su prórroga;
Que, mediante Informe Nº 25-2023-GATR-MDC de fecha 27 de marzo de 2023, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas hace suyo el Informe N° 133-2023-MDC/GATR-SGREC de fecha 27 de marzo de 2023, de la Sub Gerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva, donde se indica que es política de la actual gestión otorgar a los vecinos del distrito, las facilidades que corresponden para lograr el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la finalidad de reducir la alta tasa de morosidad y que permita a la Administración sostener lo recursos a fin de lograr mejoras para el Distrito de Carabayllo, por lo que es conveniente prorrogar los beneficios establecidos en la Ordenanza N° 478-MDC, hasta el 28 de abril de 2023;
Que, mediante Informe Legal N° 239-2023-GAJ/MDC, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina favorablemente respecto a la prórroga de la vigencia de la Ordenanza N°478-MDC, por encontrarse conforme a ley;
Estando a lo informado, ejerciendo las facultades conferidas por la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y con el Visto Bueno de la Sub Gerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva, de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y de la Gerencia Municipal;
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 28 de abril de 2023, la vigencia de la Ordenanza Nº 478-MDC, que otorgó beneficios tributarios y administrativos en el distrito de Carabayllo.
Artículo Segundo.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, conforme a ley.
Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, y Subgerencia de Imagen Institucional, el cumplimiento y difusión de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, respectivamente; asimismo, encargar a la Secretaria General y Subgerencia de Logística, la publicación del texto del presente Decreto en el diario oficial “El Peruano, y, a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Estadística, su publicación en el Portal Institucional: www. municarabayllo.gob.pe.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
PABLO MENDOZA CUEVA
Alcalde
2165137-1