Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 590-2023-MDB, que otorga Beneficios para el pago de Deudas Tributarias y No Tributarias para los contribuyentes del distrito de Breña
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 006-2023-MDB
Breña, 25 de julio de 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE BREÑA
VISTO:
El Informe Nº 368-2023-SGRCT-GR/MDB de la Subgerencia de Recaudación y control Tributario; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, mediante Ordenanza N° 590-2023-MDB, se aprobó el otorgamiento de Beneficios para el pago de Deudas Tributarias y No Tributarias para los contribuyentes del distrito de Breña; cuyo objeto fue el de conceder un régimen de incentivos tributarios y administrativos en la Jurisdicción del distrito de Breña a favor de los contribuyentes y administrados, que comprendió la condonación de reajustes e intereses moratorios de deudas tributarias y administrativas hasta el 04 de agosto del 2023;
Que, de conformidad con el Articulo Décimo Cuarto de las Disposiciones Finales y Complementarias de la Ordenanza N° 590-2023-MDB, se faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas necesarias para el debido cumplimiento de la presente norma; debiéndose considerar la prórroga de los beneficios tributarios y administrativos a favor de los contribuyentes del distrito;
Que, el Informe Nº 368-2023-SGRCT-GR/MDB de la Subgerencia de Recaudación y control Tributario de fecha 20 de julio de 2023, concluye que con el objetivo de lograr la reducción de la morosidad y a efectos de brindar mayores facilidades a los contribuyentes del distrito, es necesario prorrogar hasta el 31 de agosto del 2023, el beneficio tributario y no tributario establecido en la Ordenanza Municipal Nº 590-2023-MDB;
Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 6) del Artículo 20° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades.
SE RESUELVE
Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de agosto de 2023 la vigencia de la Ordenanza N° 590-2023-MDB, que otorga Beneficios para el pago de Deudas Tributarias y No Tributarias para los contribuyentes del distrito de Breña.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas y Subgerencia de Recaudación y Control Tributario, el cumplimiento de los dispuesto en el presente y a las dependencias de la Municipalidad a prestar el apoyo necesario brindando las facilidades que correspondan para el adecuado cumplimiento del presente.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Unidad de Tecnología de la Información, la publicación en el Portal Web Institucional de la Municipalidad, (www.munibrena.gob.pe) y en el Portal Peruano (www.peru.gob.pe).
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
LUIS FELIPE DE LA MATA MARTINEZ
Alcalde
2199560-1