Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 458/MDSM que aprobó beneficios tributarios en el distrito de San Miguel
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 005-2022/MDSM
San Miguel, 23 de junio de 2022
EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL;
VISTOS, el Memorando Nº 563-2022-GM/MSDM emitido por Gerencia Municipal, el Informe Nº 182-2022-OAJ/MDSM emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 214-2022-OATF/MDSM emitido por la Oficina de Administración Tributaria y Fiscalización;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 192º de la Constitución Política del Perú y modificatorias, señala que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, en el artículo 195º otorga potestad tributaria a los Gobiernos Locales, al disponer que estos tienen competencia para administrar sus bienes y rentas;
Que, el artículo Segundo del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que mediante Decreto de Alcaldía se establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal, entre otras;
Que, mediante Ordenanza Nº 458/MDSM, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” en fecha 07 de junio de 2022, se aprueba beneficios tributarios en el distrito de San Miguel, fijando en la cláusula primera de la Disposiciones Complementarias Transitorias y Finales, que la presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación hasta el 30 de junio de 2022, facultándose al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para establecer su prorroga y su adecuada aplicación;
Que, mediante memorando de vistos, este Despacho propone prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 458/MDSM, Ordenanza que aprueba beneficios tributarios en el distrito de San Miguel, hasta el 31 de julio de 2022, ello con la finalidad de otorgar mayores oportunidades y facilidades a todos los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias; asimismo el cumplimiento de las mismas, respecto al impuesto predial, contribuyen al logro de la Meta Nº 2 del Plan de Incentivos establecido por el Ministerio de Economía y Finanzas y mejora de la recaudación 2022;
Que, a través del Informe de vistos, la Oficina de Asesoría Jurídica emite su opinión favorable respecto a la prórroga antes señalada, precisando que la misma se ajusta a derecho;
Que, con Memorando de vistos, Gerencia Municipal, al haber tomado conocimiento de la propuesta de prórroga antes citada, remite la misma a fin de que se prosiga con trámite correspondiente para su aprobación;
Estando a lo expuesto y contando con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
SE DECRETA:
Artículo 1º.- PRORROGAR hasta el 31 de julio de 2022, la fecha de vigencia de la Ordenanza Nº 458/MDSM, Ordenanza que aprueba beneficios tributarios en el distrito de San Miguel.
Artículo 2º.- ENCARGAR a la Oficina de Administración Tributaria y Fiscalización, a través de la Unidad de Registro Tributario y Control de la Deuda y la Unidad Funcional de Fiscalización Tributaria el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía.
Artículo 3º.- ENCARGAR la publicación del presente Decreto a Secretaría General en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones en el portal institucional (www.munisanmiguel.gob.pe).
Regístrese, publíquese y cúmplase.
JUAN JOSE GUEVARA BONILLA
Alcalde
2082851-1