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Fecha de publicación: 30/06/2022
Oficializan la realización del III Curso de Extensión para Universitarios denominado “Aspectos Jurídicos de la Gestión Predial Estatal y su Impacto en el Desarrollo del País”

Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 420-MDSJL, que establece “Beneficio tributario y no tributario en la jurisdicción del distrito de San Juan de Lurigancho”

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 005-2022-A/MDSJL

San Juan de Lurigancho, 27 de junio de 2022

EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN JUAN DE

LURIGANCHO

VISTO: El Memorando Nº 458-2022-GM/MDSJL, de fecha 27 de junio de 2022, emitido por la Gerencia Municipal; el Informe Legal Nº 094-2022-GAJ/MDSJL, de fecha 23 de junio de 2022, expedido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 036-2022-GAT/MDSJL, de fecha 20 de junio de 2022, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria; y el Informe Nº 178-2022-SGRYOT/MDSJL, de fecha 17 de junio de 2022, expedido por la Subgerencia de Registro y Orientación Tributaria; mediante el cual se solicitan la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 420-MDSJL, de fecha 16 de junio de 2022, que aprueba el “Beneficio tributario y no tributario en el distrito de San Juan de Lurigancho; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, mediante Ordenanza Nº 420-MDSJL, de fecha 16 de junio de 2022, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 19 de junio de 2022, se aprueba el “Beneficio tributario y no tributario en el distrito de San Juan de Lurigancho; asimismo, en la Quinta Disposición Transitoria y Final de dicha Ordenanza, se faculta al Alcalde para que dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la ordenanza, así como para aprobar y determinar la prórroga de su vigencia;

Que, a través del Informe Nº 178-2022-SGRYOT-GAT/MDSJL, de fecha 17 de junio de 2022, la Subgerencia de Registro y Orientación Tributaria, propone prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 420-MDSJL, de fecha 16 de junio de 2022, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 19 de junio de 2022, que aprueba el “Beneficio tributario y no tributario en el distrito de San Juan de Lurigancho, hasta el 30 de julio de 2022; situación que es corroborada en el Informe de la Gerencia de Administración Tributaria Nº 036-2022-GAT/MDSJL, de fecha 20 de junio de 2022;

Que, mediante el Informe Legal Nº 094-2022-GAJ/MDSJL, de fecha 23 de junio de 2022, expedido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina por que el proyecto del Decreto de Alcaldía que aprueba la prórroga de la Ordenanza Nº 420-MDSJL, de fecha 16 de junio de 2022, que aprueba el “Beneficio tributario y no tributario en el distrito de San Juan de Lurigancho”, hasta el 30 de julio de 2022, por lo que resulta procedente la emisión del mismo y se encuentra conforme a la normatividad contenida en la Ley de la materia;

Que, siendo política de la presente gestión, otorgar a los vecinos las facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones, resulta necesario expedir el presente Decreto de Alcaldía conforme a lo señalado líneas arriba;

Que, estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas en los artículos 20º numeral 6) y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de julio de 2022, la vigencia de la Ordenanza Nº 420-MDSJL, de fecha 16 de junio de 2022, que establece “Beneficio tributario y no tributario en la jurisdicción del distrito de San Juan de Lurigancho”.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Desarrollo Económico, así como a las unidades orgánicas que las conforman, Gerencia de Ejecución Coactiva y Subgerencia de Tecnologías de la Información el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Asimismo, a la Secretaría General su publicación en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Secretaría de Comunicación e Imagen Institucional la divulgación y difusión en el portal institucional (www.munisjl.gob.pe).

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

ALEX GONZALES CASTILLO

Alcalde

2081560-1