Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 345-MDSL/C, que establece Beneficio Tributario en el distrito de San Luis
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 001-2023-MDSL/A
San Luis, 30 de enero de 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS
VISTO: El Memorando Nº 174-2023-MDSL-GM, de la Gerencia Municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú reconoce a los gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, desarrollado por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, el artículo 42 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo municipal”;
Que, mediante Ordenanza Nº 345-MDSL/C, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 25 de enero de 2023, se aprobó el Beneficio Tributario en favor de los contribuyentes del distrito de San Luis;
Que, conforme lo establece la Tercera Disposición Complementaria y Finales de la citada Ordenanza, se faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda dictar las disposiciones necesarias para su correcta aplicación y aprobar la prórroga de su vigencia, de ser el caso;
Que, con Informe Nº 0015-2023-MDSL/GSAT, del 27 de enero de 2023, la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, sustenta la necesidad de prorrogar hasta el 28 de febrero de 2023, la fecha de vencimiento del beneficio tributario otorgado a través de la Ordenanza Nº 345-MDSL/C, en virtud del análisis, conclusión y recomendación contenido en el Informe Nº 035-2023-MDSL-GSAT-SGRCD, de la Subgerencia de Registro y Control de la Deuda, a efectos de facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias a los vecinos, así como de reducir el índice de morosidad;
Que, debido a la aceptación y respuesta favorable que viene teniendo la Ordenanza Nº 345-MDSL/C, se hace necesario prorrogar su vigencia, a fin de permitir que un mayor número de contribuyentes puedan acogerse a los beneficios tributarios;
Estando a las atribuciones conferidas por el artículo 42 y el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 345-MDSL/C, hasta el 28 de febrero de 2023, la misma que establece el Beneficio Tributario en el distrito de San Luis.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y Subgerencias dependientes de dicha Unidad Orgánica, Sub Gerencia de Tecnología de la Información y, Sub Gerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal, el cumplimiento de la presente norma debiendo demás dependencias orgánicas de la municipalidad, prestar el apoyo y facilidades para su cabal cumplimiento.
Artículo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
RICARDO ROBERT PEREZ CASTRO
Alcalde
2147303-1