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Fecha de publicación: 02/10/2021
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Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 303-MDL que aprueba la “Campaña de Actualización del Registro de Contribuyentes y Predios del Distrito de Lurigancho, formularios de Declaración Jurada del Impuesto Predial y otorga beneficios de condonación de intereses y/o deudas tributarias”

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 011-2021/MDL

Lurigancho, 23 de setiembre de 2021.

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

LURIGANCHO

VISTO:

El Memorándum Nº 928-2021/GM-MDL de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 488-2021-MDL/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 043-2021/MDL/GR de la Gerencia de Rentas, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por Ley Nº 30305, establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; lo mismo que se señala en el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, cuya autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al Ordenamiento Jurídico;

Que, el Articulo 42 de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que mediante los Decretos de Alcaldía se establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario;

Que, mediante Ordenanza Nº 303-MDL, publicado en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 29 de enero de 2021, se aprobó la “Campaña de Actualización del Registro de Contribuyentes y Predios del Distrito de Lurigancho, formularios de Declaración Jurada del Impuesto Predial y otorga beneficios de condonación de intereses y/o deudas tributarias”, disponiéndose su vigencia hasta el 30 de abril del presente año fiscal;

Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 003-2021-MDL del 26 de abril de 202, se aprobó la prorroga de la vigencia de la mencionada Ordenanza, disponiéndose su ampliación hasta el 30 de julio de 2021 y mediante Decreto de Alcaldía Nº 008-2021/MDL de fecha 15 de julio de 2021, se prorrogó por segunda vez hasta el 30 de setiembre de 2021;

Que, mediante Informe Nº 043-2021/GR-MDL de la Gerencia de Rentas, señala que de acuerdo con el Decreto Supremo Nº 009-2021-SA que prorrogo el Estado de Emergencia Sanitario por el plazo de sesenta (60) días calendarios, declarado por Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, prorrogada por los Decretos Supremos Nº 020-2020-SA, Nº 027-2020-SA, Nº 031-2020, Nº009-2021-SA y Nº 025-2021-SA y; a efectos de brindar facilidades a los contribuyentes, pide la ampliación del plazo de la Ordenanza Nº 303-MDL, hasta el 31 de diciembre del presente año;

Que, mediante Informe Nº 488-2021-MDL/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que es legalmente factible aprobar la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 303-MDL;

Que, mediante Memorándum Nº 928-2021/GM-MDL de la Gerencia Municipal, se dispone la emisión del Decreto de Alcaldía que prórroga la vigencia de la Ordenanza Nº 303-MDL “Campaña de actualización del registro de contribuyentes y predios del Distrito de Lurigancho, formularios de Declaración Jurada de Impuesto Predial y otorga beneficios de condonación de intereses y/o deudas tributarias”;

Estando a mérito de lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º, inciso 6) y el artículo 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades;

SE DECRETA:

Artículo Primero.- PRORROGAR, la vigencia de la Ordenanza Nº 303-MDL, que aprueba la “CAMPAÑA DE ACTUALIZACIÓN DEL REGISTRO DE CONTRIBUYENTES Y PREDIOS DEL DISTRITO DE LURIGANCHO, FORMULARIOS DE DECLARACIÓN JURADA DEL IMPUESTO PREDIAL Y OTORGA BENEFICIOS DE CONDONACIÓN DE INTERÉS Y/O DEUDAS TRIBUTARIAS”, hasta el 31 de diciembre de 2021.

Artículo Segundo.- ENCARGAR, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto a la Gerencia de Rentas, a la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica y demás unidades orgánicas competentes.

Artículo Tercero.- DISPONER, a través de la Secretaria General, la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial El Peruano; y, a través de la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica y la Sub Gerencia de Prensa y Relaciones Públicas, la publicación en el Portal Institucional y en todas las plataformas de la Municipalidad Distrital de Lurigancho.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

VICTOR A. CASTILLO SANCHEZ

Alcalde

1997684-1