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Fecha de publicación: 05/10/2022
Designan Subsecretario de la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo

Prorrogan vigencia de la Ordenanza
Nº 015-2022/MDCLR, que estableció beneficio por regularización de declaración jurada y amnistía de deudas tributarias y no tributarias, en el distrito de Carmen de la Legua Reynoso

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 009-2022-MDCLR

Carmen de la Legua Reynoso, 3 de octubre del 2022

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO;

VISTO:

El Informe Nº 170-2022-SGRRYEC-GAT/MDCLR de fecha 29 de setiembre del 2022 emitido por la Sub Gerencia de Registro, Recaudación y Ejecución Coactiva, Informe Nº079-2022-GAT/MDCLR de fecha 30 de Setiembre del 2022 emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, Informe Nº 281-2022-GAJ/MDCLR de fecha 30 de setiembre del 2022 emitido por la Gerencia Asesoría Jurídica y Proveido Nº 651-2022-GM/MDCLR de fecha 30 de setiembre del 2022 emitido por la Gerencia Municipal, sobre proyecto de “Decreto de Alcaldía, que prorroga la vigencia de la Ordenanza Nº 015-2022-MDCLR, que aprueba el beneficio por regularización de declaración jurada y amnistía de deudas tributarias y no tributarias en el distrito de Carmen de la Legua Reynoso, hasta el 31 de octubre del 2022.”

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972;

Que el artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº133-2013-EF y sus normas modificatorias, establece que, excepcionalmente, los gobiernos locales podrán condonar con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto a los impuestos que administren y que en caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar el tributo

Que, el artículo 39ºde la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas del gobierno mediante la dación de Decretos de Alcaldía;

Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 015-2022/MDCLR, se establece el beneficio por regularización de declaración jurada y amnistia de deudas tributarias y no tributarias en el distrito de Carmen de la Legua Reynoso hasta el 30 de setiembre del 2022 en el distrito de Carmen de la Legua Reynoso, facultándose al alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para su prorroga y adecuada aplicación;

Que, la cuarta disposición complementaria transitoria y final de la Ordenanza Municipal Nº 0015-2022-MDCLR, faculta al señor alcalde para que mediante decreto de alcaldía dicte las medidas complementarias que sean necesarias para el debido cumplimiento de la presente norma, así como para suspender y/o prorrogar la vigencia de la misma.

Que, a través de Informe de vistos, la Subgerencia de Registro Recaudacion y Ejecucion Coactiva, sustenta que de acuerdo a la coyuntura socioeconómica que atraviesa el país post pandemia, a las afecciones indirectas de la economía mundial, al cumplimiento de las metas establecidas, a la optimización de la recaudación tributaria y a la actualización del padrón de contribuyentes a través de las declaraciones juradas; resulta pertinente ampliar la fecha del beneficio por regularización de declaración jurada y amnistia de deudas tributarias y no tributarias en el distrito de Carmen de la Legua Reynoso, para que así los contribuyentes puedan acceder al pago tributario y a la presentación de sus declaración jurada en el distrito de Carmen de la legua Reynoso.

Estando lo expuesto y contando con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

SE DECRETA:

Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de octubre del 2022, la vigencia de la ORDENANZA MUNICIPAL Nº 015-2022/MDCLR, que establece “EL BENEFICIO POR REGULARIZACION DE DECLARACION JURADA Y AMNISTIA DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS EN EL DISTRITO DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO”.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de Registro, Recaudación y Ejecución Coactiva, a la Subgerencia de Tecnología de la Información y los demás órganos y/o unidades orgánicas competentes, el cumplimiento de los dispuesto en el presente decreto.

Artículo Tercero.- ENCARGAR la publicación del presente decreto a secretaria general en el Diario Oficial “El Peruano “y a la Oficina de Tecnología de la Información en el portal institucional (www.municarmendelalegua.gob.pe).

Regístrese, publíquese y cúmplase.

CARLOS ALFREDO COX PALOMINO

Alcalde

2112253-1