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Fecha de publicación: 04/07/2023
Modifican la R.M. N° 085-2011-MC, mediante la cual se constituye la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio de Cultura, encargada de efectuar el proceso de transferencia de competencias y recursos a los gobiernos regionales y locales correspondientes al Sector Cultura

Prorrogan vigencia de la Ordenanza Municipal N° 307-2023-MDP/C, que aprueba la regulación de la campaña de fiscalización tributaria con incentivos tributarios en la jurisdicción de Pachacámac

DECRETO DE ALCALDÍA

N° 007-2023-MDP/A

Pachacámac, 23 de junio del 2023

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC

VISTOS: el informe N° 113-2023-MDP/GAT-SGREC emitido por la Subgerencia de Fiscalización Tributaria, el informe N° 068-2023-MDP/GM/GAT emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y el informe N°189-2023-MDP/OGAJ emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica y el memorando Nº 914-2023-MDP/C de la Gerencia Municipal, sobre la prórroga de Ordenanza N° 307-2023-MDP/C; y

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú concordante con el artículo II del título preliminar de la ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción, la misma radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 42 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia de concejo municipal;

Que, con ordenanza N° 307-2023-MDP/C, se aprueba la regulación de la campaña de fiscalización tributaria con incentivos tributarios en la jurisdicción de Pachacámac, en cuya, segunda disposición final y complementaria, indica que, mediante decreto de alcaldía, se faculta al alcalde para que dicte disposiciones complementarias para el debido cumplimiento de dicha norma y/o prorrogue la vigencia de la misma;

Que, con informe del vistos, la Subgerencia de Fiscalización Tributaria, propone prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2023, el plazo de vigencia de la referida ordenanza, en razón de incentivar la regularización voluntaria en la presentación de las declaraciones juradas de autoavalúo del Impuesto Predial, de predios de uso casa habitación y otros, para omisos, y para quienes actualicen o rectifiquen el aumento de valor de autoavalúo de sus predios u otro dato, que incida en la determinación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, incluyendo a aquellos contribuyentes que se encuentren en proceso de fiscalización tributaria, la misma que es adoptada por la Gerencia de Administración Tributaria;

Que, con informe de los vistos, la Oficina de Asesoría Jurídica, opina que resulta procedente aprobar la prórroga del plazo de vigencia de la Ordenanza N° 307-2023-MDP/C, hasta el 31 de diciembre de 2023, debiéndose aprobar por decreto de alcaldía;

Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 42 de la ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y la primera disposición complementaria transitoria y final de la Ordenanza N° 307-2023-MDP/C;

Se Decreta:

Artículo 1.- PRORROGAR el plazo de vigencia de la Ordenanza Municipal N° 307-2023-MDP/C, hasta el 31 de diciembre de 2023.

Artículo 2.- ENCARGAR el cumplimiento del presente decreto a la Gerencia de Administración Tributaria, Oficina General de Administración y Finanzas y demás unidades orgánicas competentes, y a la Oficina de Comunicaciones e imagen Institucional, la difusión del mismo.

Artículo 3.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial El Peruano, y a la Oficina de Gobierno Digital su publicación en el portal institucional de la Municipalidad www.munipachacámac.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

ENRIQUE V. CABRERA SULCA

Alcalde

2192143-1