Prorrogan vigencia de la Ordenanza Municipal N° 326-2023/MDP, que estableció beneficios tributarios y no tributarios en el distrito
Decreto de Alcaldía
N° 02-2023/MDP
Pucusana, 24 de abril de 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA;
VISTO: El Memorándum N° 220-2023-GM/MDP de la Gerencia Municipal, La Ordenanza Nº 326-2023/MDP de fecha 28 de febrero de 2023, el Informe Nº 051-2023-SGREC-GAT-MDP de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva, el Memorándum Nº 381-2023-GAT/MDP de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 131-2023-GAJ/MDP de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre la prórroga de vigencia de la Ordenanza para la Ampliación del Beneficio Tributario y no Tributario en el Distrito de Pucusana; y,
CONSIDERANDO:
Que, los artículos 74º, 194º y los numerales 3) y 4) del artículo 195º de la Constitución Política del Perú, reconocen a los gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia y les otorga potestad para administrar sus bienes y rentas, estableciendo que mediante ordenanzas pueden crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, dentro de su jurisdicción conforme a ley;
Que, el numeral 9) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, así como la Norma IV del Título Preliminar del TUO de Código Tributario, reconocen las mismas facultades y competencias, en concordancia con lo establecido en la Constitución;
Que, el artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-13-EF y sus modificatorias, establece que los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general el interés moratorio y las sanciones, respecto a los tributos que administran;
Que, el artículo 60° del Decreto Supremo 156-2004-EF “Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal”, establece que las municipales crean, modifican, suprimen tasas y contribuciones, y otorgan exoneraciones dentro de los límites que fija la ley, disponiendo en el inciso a) que, la creación, modificación de tasas y contribuciones se aprueban por Ordenanza, del mismo modo en el inciso b) se establece que, para la supresión de tasas y contribuciones las municipalidades no tienen ningún límite legal;
Que, mediante Ordenanza Municipal N° 326-2023/MDP, publicada en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 05 de marzo del 2023, se estableció beneficios tributarios y no tributarios en el distrito de Pucusana a todos los contribuyentes que hayan cancelado su Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2023, otorgándoles una condonación de los intereses moratorios en general y descuentos del 20%, 30%, 50%, 60% y 90% sobre el insoluto correspondiente a los Arbitrios Municipales comprendidos en los rangos de los años del 2021 al 2022; 2019 al 2020; 2016 al 2018; 2012 al 2015; 2011 y años anteriores respectivamente, así como el 10% en el pago total de Arbitrios Municipales del año 2023, condonación del 99% del insoluto de las multas tributarias, así como el 50%, 60% y 80% sobre el insoluto de las multas no tributarias, comprendidos en los años del 2022, 2021, 2020 y años anteriores respectivamente;
Que, la Primera Disposición Final y Transitoria de la Ordenanza N° 326-2023/MDP, señala que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación (06 de marzo), hasta el 29 de abril del 2023; así mismo, la Cuarta Disposición Final y Complementaria, faculta al alcalde que mediante Decreto de Alcaldía se dicte las medidas complementarias que sean necesarias para el debido cumplimiento de la presente norma, así como, para suspender y/o prorrogar la vigencia de la misma;
Que, mediante Informe N° 051-2023-SGREC-GAT/MDP de fecha 20 de abril del 2023 de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva y el Informe N° 381-2023-GAT/MDP de fecha 20 de abril del 2023 de la Gerencia de Administración Tributaria de la Municipalidad Distrital de Pucusana, se propone prorrogar el plazo de vigencia de la Ordenanza Municipal 326-2023/MDP, hasta el 30 de junio del presente ejercicio fiscal 2023, en virtud a la respuesta obtenida de los contribuyentes del Distrito, ya que a la fecha aún existen un considerable número de contribuyentes potenciales susceptibles de acogerse a la Ordenanza referida, los cuales debido al plazo establecido en la mencionada norma correrían el riesgo de quedarse excluidos y ver dificultada su regularización tributaria;
Que, con el Informe Nº 131-2023-GAJ/MDP de fecha 21 de abril de 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión procedente sobre la expedición del Decreto de Alcaldía que prorrogue la vigencia de la Ordenanza Nº 326-2023/MDP, hasta el 30 de junio del 2023;
Que, mediante Memorándum N° 220-2023-GM/MDP de fecha 24 de abril de 2023, la Gerencia Municipal remite los actuados a la Secretaría General para la emisión del correspondiente Decreto de Alcaldía;
En este sentido, estando a los considerandos precedentes y en uso de la facultad conferida en el artículo 6º, el numeral 9) del artículo 9º y el artículo 42º el de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de junio del 2023, la vigencia de las Ordenanza Municipal N° 326-2023/MDP, de conformidad con las consideraciones expuestas en el presente Decreto de Alcaldía.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y a las Unidades Orgánicas que la conforman, la ejecución del presente Decreto de Alcaldía, a la Gerencia de Administración y Finanzas el apoyo necesario y a la Secretaría General la publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo Tercero.- ENCOMENDAR a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información y Sistemas, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pucusana (www.munipucusana.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JUAN JOSE CUYA ESPINOZA
Alcalde
2173027-1