Prorrogan plazo de vigencia estipulado en la Primera Disposición Final de la Ordenanza Municipal N° 266-2021-MDP/C, “Ordenanza que Otorga Beneficios Tributarios y No Tributarios por Deuda de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, Multas Tributarias y Multas Administrativas en el Distrito de Pachacámac”
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 007-2022-MDP/A
Pachacámac, 15 de febrero del 2022.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
PACHACÁMAC
VISTO: El Informe N°72-2022-MDP/GAT-SGREC de la Subgerencia de Recaudación y Ejecución Coactiva, el Informe N° 11-2022-MDP/GAT de la Gerencia de Administración Tributaria y el Informe N°126-2022-MDP/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que “Los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia de Concejo Municipal”.
Que, mediante Ordenanza Municipal N° 266-2021-MDP/C, se aprueba la “Ordenanza que Otorga Beneficios Tributaros y No Tributarios por Deuda de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, Multas Tributarias y Multas Administrativas en el Distrito de Pachacámac”.
Que, de conformidad con la Sexta Disposición Final de la Ordenanza N° 266-2021-MDP/C, se faculta al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía emita los dispositivos necesarios para su mejor aplicación y de ser el caso ampliar la vigencia de la Ordenanza. En este sentido mediante Decreto de Alcaldía Nº 004-2022-MDP/A se prorroga hasta el 15 de febrero de 2022.
Que, con Informe N° 72-2022-MDP/GAT-SGREC, la Subgerencia de Recaudación y Ejecución Coactiva propone prorrogar extender hasta el 28 de febrero de 2022, el plazo estipulado en la primera disposición final de la Ordenanza Municipal N° 266-2021-MDP/C, en razón de promover el pago anual de las obligaciones tributarias del ejercicio 2021 y periodos anteriores e incentivar la cultura tributaria a través del pago puntual de sus deudas.
Que, mediante el Informe N° 11-2022-MDP/GAT, la Gerencia de Administración Tributaria adopta la propuesta de la Subgerencia de Recaudación y Ejecución Coactiva, de conformidad con la Disposición Final Sexta de la Ordenanza Municipal N° 266-2021-MDP/C, remitiéndola para su opinión legal.
Que, mediante Informe N° 126-2022-MDP/OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica, considera procedente prorrogar el plazo establecido en la Primera Disposición Final de la Ordenanza Municipal N° 266-2021-MDP/C hasta el 28 de febrero de 2022”, conforme a la propuesta de la Gerencia de Administración Tributaria, debiendo emitirse el acto administrativo correspondiente.
Estando a los fundamentos expuestos, y de conformidad con la Disposición Final Sexta de la Ordenanza Municipal N° 266-2021-MDP/C y el artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972;
DECRETA:
Articulo Primero: PRORROGAR el plazo de vigencia estipulado en la Primera Disposición Final de la Ordenanza Municipal N° 266-2021-MDP/C-Ordenanza que Otorga Beneficios Tributaros y No Tributarios por Deuda de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, Multas Tributarias y Multas Administrativas en el Distrito de Pachacámac” desde el vencimiento de la prorroga dispuesta por Decreto de Alcaldía Nº 004-2022-MDP/A, hasta el 28 de febrero de 2022.
Artículo Segundo: ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administración Tributaria, Oficina de Administración y Finanzas y sus unidades dependientes, en cuanto les corresponda.
Artículo Tercero: ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Gobierno Electrónico y Digital la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pachacámac: www. munipachacamac.gob.pe
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
GUILLERMO ELVIS POMEZ CANO
Alcalde
2040658-1