Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza N° 651-MDJM, para acogerse al régimen de gradualidad de multas administrativas en apoyo a la reactivación económica en el distrito de Jesús María por el estado de emergencia nacional contra el avance del COVID-19
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 017-2021-MDJM.
Jesús María, 28 de diciembre de 2021
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
JESÚS MARÍA;
VISTO: El Informe Nº 452-2021-MDJM-GF-SOCS, de la Subgerencia de Operaciones y Control de Sanciones: el Memorándum Nº 232-2021-MDJM-GF de la Gerencia de Fiscalización; y, el Informe Nº 578-2021-GAJRC/MDJM, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil, el Proveído N° 1391-2021/MDJM/GM de la Gerencia Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ordenanza N° 651-MDJM, establece el régimen de gradualidad de multas administrativas en apoyo a la reactivación económica en el distrito de Jesús María por el estado de emergencia nacional contra el avance del COVID-19, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 15 de diciembre de 2021, dispone una vigencia hasta el 30 de diciembre de 2021, para acogerse al mencionado beneficio;
Que, la Quinta Disposición Final y Complementaria de la acotada ordenanza faculta al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, pueda prorrogar la vigencia de la misma;
Que, la Subgerencia de Operaciones y Control de Sanciones, con documento del visto, propone prorrogar el plazo de vigencia del referido régimen de gradualidad de multas administrativas en apoyo a la reactivación económica en el distrito de Jesús María por el estado de emergencia nacional contra el avance del COVID-19, hasta el 31 de enero de 2022, siendo efectiva a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial “El Peruano”, por los fundamentos que expone;
Contando con la propuesta de la Subgerencia de Operaciones y Control de Sanciones, con el pronunciamiento favorable de la Gerencia de Fiscalización; con la opinión legal favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil; con la conformidad de la Gerencia Municipal, en el ámbito de su competencia; en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20 y el artículo 42 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo Primero. – PRORRÓGUESE, hasta el 31 de enero de 2022, el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 651-MDJM, el cual regirá desde el día siguiente de su publicación en el diario oficial “El Peruano”, para acogerse al régimen de gradualidad de multas administrativas en apoyo a la reactivación económica en el distrito de Jesús María por el estado de emergencia nacional contra el avance del COVID-19.
Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Fiscalización y Subgerencia de Operaciones y Control de Sanciones el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía y demás que resulten competentes; a la Secretaría General, su publicación en el diario oficial “El Peruano” y a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Comunicación, su publicación en el portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Jesús María: www.munijesusmaria.gob.pe y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE: www.serviciosalciudadano.gob.pe, de conformidad con lo establecido en el artículo 4° del Decreto Supremo N° 004-2008-PCM.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JORGE LUIS QUINTANA GARCIA GODOS
Alcalde
2025865-1