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Fecha de publicación: 02/08/2023
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Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza Municipal N° 312-2023-MDP/C, que aprueba beneficios tributarios a favor de contribuyentes del distrito

DECRETO DE ALCALDÍA

N° 010-2023-MDP/A

Pachacámac, 26 de julio del 2023

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

PACHACÁMAC

VISTOS: el informe N°351-2023-MDP/GAT-SGREC emitido por la Subgerencia de Recaudación y Ejecución Coactiva, el informe N°078-2023-MDP/GAT emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y el informe N°230-2023-MDP/OGAJ emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica y el memorando Nº1063-2023-MDP/C de la Gerencia Municipal, sobre la prórroga de Ordenanza N°312-2023-MDP/C; y

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú concordante con el artículo II del título preliminar de la ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción, la misma radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 42 de la ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia de concejo municipal;

Que, con ordenanza N°312-2023-MDP/C, se aprueban beneficios tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de Pachacámac, en cuya, primera disposición complementaria transitoria y final, dispone que, mediante decreto de alcaldía, se faculta al alcalde para que dicte disposiciones complementarias para el debido cumplimiento de dicha norma y/o prorrogue la vigencia de la misma;

Que, con informe de los vistos, la Subgerencia de Recaudación y Ejecución Coactiva, propone prorrogar hasta el 31 de agosto de 2023, el plazo de vigencia de la referida ordenanza, en razón de despertar la conciencia tributaria en el distrito, así como incrementar el pago de deudas anteriores y disminuir los índices de morosidad del impuesto predial, arbitrios municipales y multas administrativas, la misma que es adoptada por la Gerencia de Administración Tributaria;

Que, con informe de los vistos, la Oficina de Asesoría Jurídica, opina que resulta procedente aprobar la prórroga del plazo de vigencia de la Ordenanza N°312-2023-MDP/C, hasta el 31 de agosto de 2023, debiéndose aprobar por decreto de alcaldía;

Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 42 de la ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y la primera disposición complementaria transitoria y final de la Ordenanza N°312-2023-MDP/C;

SE DECRETA:

Artículo 1.- PRORROGAR el plazo de vigencia de la Ordenanza Municipal N° 312-2023-MDP/C, hasta el 31 de agosto de 2023.

Artículo 2.- ENCARGAR el cumplimiento del presente decreto a la Gerencia de Administración Tributaria, Oficina General de Administración y Finanzas y demás unidades orgánicas competentes, y a la Oficina de Comunicaciones e imagen Institucional, la difusión del mismo.

Artículo 3.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial El Peruano, y a la Oficina de Gobierno Digital su publicación en el portal institucional de la Municipalidad www.munipachacámac.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

ENRIQUE V. CABRERA SULCA

Alcalde

2200994-1