Prorrogan la Ordenanza Nº 365/MLV que otorga beneficios tributarios para el pago de obligaciones municipales (predial y arbitrios)
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 010-2021/MLV
La Victoria, 27 de agosto de 2021.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA
VISTOS: el Informe Nº 069-2021-GSAT-MLV de la Gerencia de Servicios y Administración Tributaria, el Informe Nº 625-2021-SGROCRYEC-GSAT/MLV de la Subgerencia de Registro, Orientación al Contribuyente, Recaudación y Ejecutoria Coactiva y el Informe Nº348-2021-GAJ/MLV de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, las municipalidades son órganos de gobierno local, con personería jurídica de derecho público, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política y en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, el artículo 39º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; asimismo, el artículo 42º de la norma citada prescribe mediante el dispositivo legal acotado se establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del Concejo Municipal;
Que, por Ordenanza Nº 365/MLV se aprueba y establece beneficios tributarios para el pago de obligaciones municipales (predial y arbitrios); asimismo en su Tercera Disposición Complementaria y Final se faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación del mencionado dispositivo legal;
Que, mediante el Informe Nº 069-2021-GSAT/MLV la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y el Informe Nº 625-2021-SGROCRYEC-GSAT/MLV de la Subgerencia de Registro, Orientación al Contribuyente, Recaudación y Ejecutoria Coactiva, sustentan la necesidad de prorrogar la vigencia de los beneficios tributarios hasta el 30 de septiembre de 2021, detallada en el anterior párrafo, con la finalidad de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias a los vecinos de la jurisdicción;
Que, por el Informe Nº 348-2021-GAJ/MLV la Gerencia de Asesoría Jurídica opina de manera favorable por la prórroga de la Ordenanza Nº365/MLV con la finalidad que todos los contribuyentes puedan acogerse a la misma; opinión que es compartida por la Gerencia Municipal con el proveído Nº 1002-2021-GM/MLV;
Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas, de conformidad con lo establecido en el artículo 20º, numeral 6 y el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y contando con las visaciones de la Gerencia Municipal, Secretaría General, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia de Servicios de Administración Tributaria;
SE DECRETA:
Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 30 de septiembre de 2021 la Ordenanza Nº 365/MLV que otorga beneficios tributarios para el pago de obligaciones municipales (predial y arbitrios).
Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, la Gerencia de Administración y Finanzas, la Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones y demás áreas competentes el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía.
Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano, a la Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones la publicación en el portal institucional www.munilavictoria.gob.pe.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
LUIS ALBERTO GUTIÉRREZ SALVATIERRA
Alcalde
1986481-1