Prorrogan incentivos por pronto pago de arbitrios, fechas de pago del impuesto predial y actualizan el calendario de pagos tributarios del ejercicio 2023, establecidos en la Ordenanza N° 409/MLV
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 001-2023/MLV
La Victoria, 27 de febrero de 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA VICTORIA
VISTOS: el Informe Legal 000072-2023-GAJ/MLV de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe N° 000018-2023-GSAT/MLV de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, el Informe N° 000002-2023-SGRROC-GSAT/MLV de la Subgerencia de Registro, Recaudación y Orientación al Contribuyente y el Informe 000108-2023-SGRROC-GSAT de la Subgerencia de Registro, Orientación al Contribuyente, Recaudación y Ejecutoria Coactiva; sobre la prórroga del vencimiento del pago al contado del Impuesto Predial 2023; así como de la Primera Cuota Predial 2023 para su pago fraccionado plazo de vencimiento de la primera y segunda cuota de arbitrios Municipales 2023; y el Incentivo del Pronto Pago del 15% y 10% de descuento en Arbitrios Municipales, así como la actualización del calendario de pagos tributarios del año 2023;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley N° 30305, “Ley de Reforma de los artículos 191°, 194° y 203° de la Constitución Política del Perú sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los gobiernos regionales y de los Alcaldes” establece que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (…);
Que, el artículo 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que, (…) el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; asimismo el artículo 42° de la norma citada prescribe que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del concejo municipal;
Que, mediante Ordenanza Nº 404/MLV publicada en el Diario Oficial “El Peruano” con fecha 16 de diciembre de 2022, aprobó los Arbitrios de Limpieza Pública (Barrido de calles y Recolección de Residuos Sólidos), Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio fiscal 2023, ratificada mediante Acuerdo de Concejo N° 393-2022-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima;
Que, el artículo 4° de la Ordenanza N° 409/MLV publicada en el Diario Oficial “El Peruano” con fecha 14 de enero de 2023, fija el calendario de pago tributarios y el artículo 5° del indicado dispositivo legal fija los incentivos por pronto pago, ambos correspondiente al ejercicio 2023.
Que, en su Tercera Disposición Complementaria y Final de la citada Ordenanza, se faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación del mencionado dispositivo legal, así como para determinar y aprobar la prórroga de su vigencia de ser el caso del ítem 2) del artículo 5°.
Que, la Subgerencia de Registro, Recaudación y Orientación al Contribuyente a través del Informe N° 000002-2023-SGRRYOC-GSAT/MLV, dependiente de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, informa que resulta necesario proceder a extender la vigencia del incentivo de pronto pago, el vencimiento del pago al contado del Impuesto Predial 2023, así como de la Primera cuota del pago fraccionado, y de la Primera y Segunda cuota de los Arbitrios Municipales hasta el 31 de marzo de 2023 y asimismo establecer la actualización del calendario tributario de pagos tributarios del ejercicio 2023, a fin de facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias a los vecinos de la jurisdicción. De igual modo, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el Informe N° 000072-2023-GAJ/MLV opina procedente emitir el
acto resolutivo.
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FECHA DE CANCELACIÓN 31 DE MARZO DE 2023 |
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CONTRIBUYENTES |
CONDICIÓN DEL DESCUENTO |
% DE DSCTO. SOBRE ARBITRIOS |
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No tienen deudas anteriores al año 2023 |
Cancelación Total del Impuesto Predial 2023 (Anual) y la Cancelación Total de los doce meses de los Arbitrios Municipales 2023 (Anual). |
15% |
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Tienen deudas anteriores al año 2023 |
10% |
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Que, en virtud de lo expuesto, corresponde establecer la actualización del calendario de pagos tributarios del ejercicio 2023, señalado en el artículo 4° de la Ordenanza N° 409/MLV publicada en el Diario Oficial “El Peruano”, con fecha 14 de enero de 2023.
Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas, de conformidad con lo establecido en el artículo 20, numeral 6 y el artículo 42 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y contando con las visaciones de la Gerencia Municipal, Secretaria General, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia de Servicios de Administración Tributaria;
SE DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de marzo de 2023 el Incentivo por Pronto Pago, Ítem 2, del artículo quinto de la Ordenanza N° 409/MLV, descuento del 15% y 10% sobre los Arbitrios Municipales según el cuadro que se detalla en los considerandos.
Artículo Segundo.- PRORROGAR hasta el 31 de marzo de 2023 la fecha de Vencimiento del Pago al Contado del Impuesto Predial 2023, así como de la Primera Cuota del Impuesto Predial 2023 para su Pago Fraccionado; y de la Primera y segunda cuota de los Arbitrios Municipales del Ejercicio Fiscal 2023, según lo establecido en el artículo 4° de la Ordenanza N° 409/MLV.
Artículo Tercero.- ACTUALIZAR el calendario de pagos tributarios del ejercicio 2023, señalado en el artículo 4° de la Ordenanza N° 409/MLV, conforme el detalle siguiente:
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TRIBUTO Y MODALIDAD DE PAGO |
FECHA DE VENCIMIENTO EJERCICIO 2023 |
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Pago total del Impuesto Predial Anual |
31 de marzo de 2023 |
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Pago Fraccionado*: Impuesto Predial (Trimestralmente) |
FECHA DE VENCIMIENTO EJERCICIO 2023 |
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Primer Trimestre |
31 de marzo de 2023 |
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Segundo Trimestre |
31 de mayo de 2023 |
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Tercer Trimestre |
31 de agosto de 2023 |
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Cuarto Trimestre |
30 de noviembre de 2023 |
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* Reajustado a partir de la segunda cuota de acuerdo a la variación acumulada del Índice de Precios al Por Mayor (IPM) que publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), Artículo 15ª del TUO de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nª 156-2004-EF y sus modificatorias |
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Arbitrios Municipales (Mensualmente) |
FECHA DE VENCIMIENTO EJERCICIO 2023 |
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Enero |
31 de marzo de 2023 |
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Febrero |
31 de marzo de 2023 |
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Marzo |
31 de marzo de 2023 |
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Abril |
28 de abril de 2023 |
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Mayo |
31 de mayo de 2023 |
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Junio |
30 de junio de 2023 |
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Julio |
31 de julio de 2023 |
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Agosto |
31 de agosto de 2023 |
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Setiembre |
29 de setiembre de 2023 |
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Octubre |
31 de octubre de 2023 |
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Noviembre |
30 de noviembre de 2023 |
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Diciembre |
29 de diciembre de 2023 |
Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria a través de la Subgerencia de Registro, Recaudación y Orientación al Contribuyente, a la Gerencia de Administración y Finanzas, a la Gerencia de Gestión del Gobierno Digital y a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional y demás áreas correspondientes, garantizar el cumplimiento de la presente ordenanza.
Artículo Quinto.- Encargar a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Gerencia de Gestión del Gobierno Digital la publicación en el Portal de la Entidad (www.munilavictoria.gob.pe)
Regístrese, publíquese y cúmplase.
RUBEN CANO ALTEZ
Alcalde
2155606-1