Prorrogan fecha de vencimiento para el pago de la cuota anual (pago al contado), primera cuota del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales de los meses de Enero y Febrero del Ejercicio 2022 establecidos en la Ordenanza N° 600-MPL, y el plazo para acogerse a los beneficios concedidos mediante Ordenanza N° 601-MPL
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 004-2022-MPL
Pueblo Libre, 11 de marzo de 2022
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
VISTO, el Memorando N° 130-2022-MPL-GM de la Gerencia Municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo que conforme al artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la indicada autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el inciso 6 del artículo 20 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son atribuciones del Alcalde, dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas. Asimismo, el artículo 42 del mismo cuerpo legal establece que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas;
Que, la Segunda Disposición Final y Transitoria de la Ordenanza N° 600-MPL, que establece el pago Mínimo del Impuesto Predial y Aprueba el Cronograma de Pago para el Impuesto Predial y Arbitrios 2022, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda prorrogar las fechas de vencimiento para los pagos a que se refieren los artículos 2 y 3 de la Ordenanza;
Que, la Cuarta Disposición Final de la Ordenanza Nº 601-MPL, que Regula el Beneficio del Pronto Pago faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda prorrogar su vigencia;
Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 002-2022-MPL se prorroga la fecha de vencimiento para el pago de la cuota anual (pago al contado), primera cuota del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales de los meses de enero y febrero del ejercicio 2022, establecidos en la Ordenanza Nº 600-MPL; asimismo, el plazo para acogerse a los beneficios concedidos mediane Ordenanza Nº 601-MPL;
Que, la Subgerencia de Registro y Fiscalización Tributaria, mediante Informe N° 064-2022-MPL-GRDE-SRFT propone prorrogar la fecha de vencimiento para el pago de la cuota anual(pago al contado), primera cuota del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales de los meses de enero y febrero de 2022, y la vigencia de los descuentos por pronto pago hasta el día 31 de marzo de 2022;
Que, la Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico mediante Informe N° 037-2022-MPL-GRDE opina por la procedencia de la citada prórroga hasta el día 31 de marzo de 2022, elevando lo actuado a la Gerencia Municipal;
Que, mediante Informe N° 121-2022-MPL-GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta procedente que la propuesta de la Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico para que se prorrogue hasta el día 31 de marzo de 2022 el vencimiento para el pago de la cuota anual(pago al contado), primera cuota del Impuesto Predial 2022 y de los Arbitrios Municipales de los meses de Enero y Febrero de 2022, así como el plazo para acogerse a los beneficios otorgados mediante Ordenanza N° 601-MPL sea sometida a la aprobación del Alcalde mediante la emisión del Decreto de Alcaldía correspondiente;
Que, mediante Memorando N° 130-2022-MPL-GM la Gerencia Municipal remite los informes antes referidos, manifestando su conformidad y solicitando se emita el referido Decreto de Alcaldía;
Estando a las atribuciones conferidas por el inciso 6 del artículo 20 y el artículo 42 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;
SE DECRETA:
Artículo Primero.- PRORRÓGUESE la fecha de vencimiento para el pago de la cuota anual (pago al contado), primera cuota del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales de los meses de Enero y Febrero del Ejercicio 2022, establecidos en la Ordenanza N° 600-MPL, hasta el día 31 de marzo de 2022.
Artículo Segundo.- PRORRÓGUESE el plazo para acogerse a los beneficios concedidos mediante Ordenanza N° 601-MPL, hasta el día 31 de marzo de 2022.
Artículo Tercero.- ENCÁRGASE a la Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico el cumplimiento del presente Decreto, a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su difusión, a la Gerencia de Tecnología de la Información su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre: www.muniplibre.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.servicioalciudadano.gob.pe; y a la Secretaría General su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
STEPHEN YURI HAAS DEL CARPIO
Alcalde
2048751-1