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Fecha de publicación: 01/06/2023
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Ordenanza que establece beneficios por el pago de tributos municipales y multas administrativas en el distrito de Puente Piedra

ORDENANZA N° 432-MDPP

Puente Piedra, 31 de mayo de 2023

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA.

VISTO: En Sesión Extraordinaria de la fecha, se ha emitido la siguiente Ordenanza:

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 30305, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, ya que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, la actual gestión municipal considera necesario continuar impulsando acciones conducentes al recupero de tributos municipales, principalmente en el logro de mayores índices de recaudación y la reducción de los índices de morosidad, además en el cumplimiento de las metas trazadas por la institución edil y la Meta 2 del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF); por lo que teniendo en cuenta que la recaudación municipal se ha mantenido durante el presente ejercicio 2023, así como existe una proyección de ingresos ascendente aproximadamente en S/. 7’748,533.73 (Siete Millones Setecientos Cuarenta y Ocho Mil Quinientos Treinta y Tres con 73/100 soles), resulta pertinente la expedición de una nueva normativa local denominado “ Ordenanza que establece beneficios por el pago de tributos municipales y multas administrativas en el distrito de Puente Piedra”, cuyo propósito además es promover la regularización de las obligaciones sin afectar la economía familiar de nuestros vecinos contribuyentes, para lo cual se cuenta con opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades contenidas en los artículos 9 y 40 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con el voto en UNANIMIDAD del Pleno del Concejo Municipal, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta se aprobó lo siguiente;

ORDENANZA QUE ESTABLECE

BENEFICIOS POR EL PAGO DE TRIBUTOS MUNICIPALES Y MULTAS ADMINISTRATIVAS

EN EL DISTRITO DE PUENTE PIEDRA

Artículo Primero.- APROBAR los beneficios por el pago de tributos municipales y multas administrativas en el distrito de Puente Piedra, que como Anexo I forma parte de la presente Ordenanza.

Artículo Segundo.- FACULTAR al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, prorrogue la vigencia de los beneficios y/o dicte las disposiciones modificatorias, complementarias o reglamentarias que resulten necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y demás Subgerencias dependientes el cumplimiento de la presente Ordenanza.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina General de Asesoría Jurídica su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”, y a la Oficina General de Administración y Finanzas la publicación del integro de la Ordenanza (Anexo I) en el Portal Web Institucional de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

RENNÁN SAMUEL ESPINOZA ROSALES

Alcalde

2183040-1