Ordenanza que aprueba la prórroga del vencimiento de la tercera cuota de Arbitrios Municipales del ejercicio 2021
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 612/MDC
Comas, 31 de marzo de 2021
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS
VISTOS: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 31 de marzo de 2021, el Informe Nº 068-2021-SGRTyOC-GAT/MDC de la Subgerencia de Registro Tributario y Orientación al Contribuyente, el Informe Nº 071-2021-GPP/MDC de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Memorando Nº 203-2021-GAT/MDC de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 140-2021-GAJ/MC de la Gerencia de Asuntos Jurídicos, el Proveído Nº 105-2021-GM/MDC de la Gerencia Municipal y el Dictamen Nº 005-2021-CEAFPPTM/MDC de la Comisión Ordinaria de Regidores de Economía, Administración, Finanzas, Planificación, Presupuesto y Tributación Municipal; respecto al Proyecto de Ordenanza que aprueba la prórroga del vencimiento de la tercera cuota de Arbitrios Municipales del Ejercicio 2021, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme con lo establecido por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con lo prescrito en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, la Ordenanza Municipal Nº 575-2019/MDC, ratificado con Acuerdo de Concejo Nº 379-MML, publicado en el diario oficial “El Peruano” con fecha 31 de diciembre de 2019, que aprueba los arbitrios municipales para el periodo 2020, el mismo que en su artículo 10º establece que los Arbitrios Municipales son tributos de periodicidad mensual; se configuran el día uno (1º) de cada mes y el vencimiento de pago es el último día hábil del mes correspondiente. Asimismo para el año 2021 se aprobó el régimen tributario de los arbitrios municipales con Ordenanza Municipal Nº 597/MDC, ratificado con Acuerdo de Concejo Nº 397-MML, publicado en el diario oficial “El Peruano” el 23 de diciembre de 2020, el mismo que aplica el marco normativo de la Ordenanza Municipal Nº 575-2019/MDC;
Que, el último párrafo del artículo 29º Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado, con carácter general por la Administración Tributaria;
Que, es función de la Administración Tributaria, no solamente estrechar los márgenes de control del cumplimiento de las obligaciones tributarias, si no también establecer políticas y mecanismos que flexibilicen el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias, en ese sentido la Gerencia de Administración Tributaria mediante informe de visto, considera necesario prorrogar el plazo de vencimiento de la tercera cuota de arbitrios municipales del presente ejercicio fiscal, hasta el 30 de abril del año 2021;
Que, la Gerencia de Planificación y Presupuesto, mediante informe de visto, se pronuncia favorablemente para que se haga viable esta ampliación de plazo de vencimiento de la tercera cuota mensual para el pago de los tributos municipales del año en curso;
Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos, mediante informe de visto, opina a favor de la aprobación del Proyecto de Ordenanza que aprueba la prórroga del vencimiento de la tercera cuota de Arbitrios Municipales 2021;
Que, la Comisión Ordinaria de Economía, Administración, Finanzas, Planificación, Presupuesto y Tributación Municipal, mediante dictamen de visto, emite dictamen favorable respecto al Proyecto de Ordenanza que aprueba la prórroga del vencimiento de la tercera cuota de Arbitrios Municipales del Ejercicio 2021;
Estando a lo expuesto, de conformidad con las atribuciones previstas en los numerales 8 y 9 del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, luego de la respectiva deliberación y evaluación de los documentos concernientes al Proyecto de Ordenanza que aprueba la prórroga del vencimiento de la tercera cuota de Arbitrios Municipales del Ejercicio 2021, con el voto POR UNANIMIDAD de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó lo siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA LA PRÓRROGA DEL VENCIMIENTO DE LA TERCERA CUOTA DE ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO 2021
Artículo 1º.- Prorrogar, desde el 01 de abril de 2021, la fecha de vencimiento de la tercera cuota mensual de los arbitrios municipales del presente ejercicio fiscal, hasta el 30 de abril de 2021.
Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de Registro Tributario y Orientación al Contribuyente, Subgerencia de Recaudación y Control Tributario, Subgerencia de Fiscalización Tributaria, Subgerencia de Ejecutoria Coactiva Tributaria y Subgerencia de Informática y Gobierno Electrónico, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza.
Artículo 3º.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Subgerencia de Informática y Gobierno Electrónico la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Comas: www.municomas.gob.pe.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA Y FINAL
Única.- Facúltese al señor Alcalde para mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas complementarias y reglamentarias necesarias para la adecuada aplicación de la Ordenanza, así como establecer la prórroga de la misma.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
RAUL DIAZ PEREZ
Alcalde
1943095-1