Modifican la Ordenanza Nº 000428-2021-MDI, que aprueba beneficios tributarios en el distrito de Independencia
ORDENANZA Nº 000437-2021-MDI
Independencia, 29 de noviembre del 2021
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE
INDEPENDENCIA
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE INDEPENDENCIA
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha; el Memorándum Nº 000389-2021-GATR-MDI de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y el Informe Legal Nº 000216-2021-GAJ-MDI de la Gerencia de Asesoría Jurídica, respecto a la propuesta de Ordenanza que modifica el Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 000428-2021-MDI, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme al Artículo 74º de la Constitución Política del Perú y numeral 9) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales se encuentran facultados para crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción, y con los límites que señala la ley;
Que, el Artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establece que excepcionalmente, los Gobiernos Locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren;
Que, constituye política de la Municipalidad de Independencia, brindar a sus vecinos las mayores facilidades para el cumplimiento de las obligaciones tributarias;
Que, mediante Ordenanza Nº 0000428-2021-MDI, publicada en el Diario El Peruano con fecha 04 de junio de 2021, se aprobaron una serie de beneficios para los contribuyentes del distrito, los mismos que se encuentran vigentes hasta el 30 de diciembre según Decreto de Alcaldía Nº 000003-2021-MDI, publicado con fecha 29 de octubre de 2021;
Que, el artículo segundo de la citada norma exceptuaba del ámbito de alcance de los beneficios a las deudas provenientes de procedimiento de fiscalización tributaria. Sin embargo, la afectación económica generada por las condiciones de aislamiento producto de la pandemia generadas por el COVID-19 hace necesario ampliar el alcance de los beneficios a las deudas tributarias sin distinción de su origen;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los numerales 8) y 9) del Artículo 9º y del Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación de Actas, ha aprobado la siguiente:
ORDENANZA QUE modifica
el artículo segundo de la ordenanza
Nº 000428-2021-MDI
Artículo Primero.- Modifíquese el artículo segundo de la Ordenanza Nº 000428-2021-MDI quedando redactado de la siguiente manera:
“Artículo Segundo.- Alcance: Podrán acogerse a los beneficios dispuestos en la presente Ordenanza las deudas tributarias y no tributarias, sin distinción de origen, en cualquier estado de cobranza, siempre que no tengan una medida cautelar en ejecución (embargo efectivo). Tratándose de deudas producto de procesos de fiscalización tributaria, sólo podrán acogerse las correspondientes al ejercicio 2018 y anteriores”.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS, COMPLEMENTARIAS Y FINALES
Primera.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Subgerencia de Recaudación, Subgerencia de Control y Fiscalización, Subgerencia Ejecución Coactiva y a la Gerencia de Tecnologías de Información y Comunicaciones, el cumplimiento de la presente Ordenanza, de acuerdo con sus competencias.
Segunda.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, a la Subgerencia de Imagen Institucional su difusión y a la Subgerencia de Infraestructura Tecnológica su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad, www.muniindependencia.gob.pe .
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cumpla.
YURI JOSE PANDO FERNANDEZ
Alcalde
2019337-1