Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a la danza Charicamay de la provincia de Daniel Alcides Carrión, departamento de Pasco
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 000142-2021-VMPCIC/MC
San Borja, 21 de junio del 2021
VISTOS; el Informe Nº 000249-2021-DGPC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; el Informe Nº 000297-2021-DPI/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial; la Hoja de Elevación Nº 000341-2021-OGAJ/MC; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú señala que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública; los mismos que se encuentran protegidos por el Estado;
Que, el inciso 1 del artículo 2 de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura – UNESCO, establece que “se entiende por Patrimonio Cultural Inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas –junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes– que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial que se trasmite de generación en generación es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad, y contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana”;
Que, el numeral 2 del artículo 1 de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modificatorias, señala que integran el Patrimonio Inmaterial de la Nación las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unitaria o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresión de la identidad cultural y social, además de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos autóctonos, el saber y conocimiento tradicional, ya sean artísticos, gastronómicos, medicinales, tecnológicos, folclóricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural;
Que, el literal b) del artículo 7 de la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modificatoria, establece que es función exclusiva del Ministerio de Cultura realizar acciones de declaración, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, el artículo 55 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, establece que la Dirección de Patrimonio Inmaterial es la unidad orgánica encargada de gestionar, identificar, documentar, registrar, inventariar, investigar, preservar, salvaguardar, promover, valorizar, transmitir y revalorizar el patrimonio cultural inmaterial del país, en sus distintos aspectos, promoviendo la participación activa de la comunidad, los grupos o individuos que crean, mantienen y transmiten dicho patrimonio y de asociarlos activamente en la gestión del mismo. Depende jerárquicamente de la Dirección General de Patrimonio Cultural;
Que, mediante Memorando Nº 000017-2021-DDC PAS/MC, la Dirección Desconcentrada de Cultura Pasco remitió el expediente final para la declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación de la danza Charicamay de la provincia de Daniel Alcides Carrión, departamento de Pasco, tras un trabajo conjunto con representantes de la Municipalidad Distrital de Chacayán, la Comunidad Campesina Espíritu Santo de Chacayán, y el Centro Poblado de San Miguel de Cuchis;
Que, mediante Informe Nº 000249-2021-DGPC/MC, la Dirección General de Patrimonio Cultural hizo suyo el Informe Nº 000297-2021-DPI/MC, emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial, a través del cual recomendó declarar como Patrimonio Cultural de la Nación a la danza Charicamay de la provincia de Daniel Alcides Carrión, departamento de Pasco;
Que, la danza Charicamay es practicada al interior del ámbito de la provincia Daniel Alcides Carrión. Específicamente, en las poblaciones del valle de Chaupihuaranga en el distrito de Chacayán, así como en el centro poblado San Miguel de Cuchis en el distrito de Vilcabamba. Según información del XII Censo Nacional de Población de 2017, la población de Chacayán asciende a 2006 habitantes. Por su parte, el centro poblado y comunidad campesina San Miguel de Cuchis, de acuerdo al citado Censo, tiene una población que asciende a 213 habitantes. Tanto en San Miguel de Cuchis como en Chacayán, la principal actividad económica es la agricultura. En especial, cobra importancia el cultivo de papas, maíz y habas. También resulta relevante la crianza de ganado ovino, camélidos sudamericano, vacuno y porcino;
Que, es importante mencionar que la quebrada de Chaupihuaranga fue ocupado por diferentes etnias antes de la conquista inca. Según el investigador Bernardino Ramírez Bautista, existe evidencia de ocupación de la zona desde el periodo Precerámico (4000 a.C.). Antes de la llegada de los incas, la zona era ocupada por la etnia yarovilca que, pese a tener una cultura eminentemente pastoril, también practicó la agricultura de cereales y tubérculos, logrando un control vertical de varios pisos ecológicos. Prueba de su presencia son los sitios arqueológicos de Urin Huantar y Hanan Huantar. Tras la instauración de la colonia, la población yaro fue reubicada en reducciones de indígenas. De acuerdo al historiador Marino Pacheco, para 1583 ya existían iglesias en Chango y Mito. Chacayán, que anteriormente era un anexo de esta última población, ya figuraba como un pueblo independiente en 1777. La tradición oral recoge la historia de un aluvión que destruyó una antigua población colonial, cuyos sobrevivientes desplazados fundaron todos los poblados mencionados, así como el actual San Miguel de Cuchis. Con el advenimiento de la República, todos estos pueblos pasaron a formar parte de la jurisdicción del distrito de Chacayán, cuya fundación en 1825 fue ratificada el 2 de enero de 1857. Fue recién en 1920 que se creó el distrito de Vilcabamba, que pasó a incluir en su jurisdicción a San Miguel de Cuchis. Asimismo, cabe mencionar que Mito, Espíritu Santo de Chacayán y Cuchis fueron reconocidas en 1929 como comunidades campesinas, mientras que San Antonio de Chango en 1931;
Que, la danza Charicamay se practica en el marco de este contexto territorial, histórico y social, habiéndose desarrollado con mayor auge en el pueblo de Mito para posteriormente realizarse en el distrito de Chacayán luego del mencionado aluvión. Es una danza ejecutada por comparsas barriales durante los carnavales, a lo largo de cuatro días en una fecha variable entre los meses de febrero y marzo. Así, se enmarca en una festividad (los carnavales) de origen europeo, cuya práctica se asocia a celebraciones religiosas romanas que festejaban el paso del invierno a la primavera y el inicio del ciclo agrícola. En ellas, se asumía que el orden social y natural se suspendía temporalmente, dando paso a un tiempo de jolgorio que acababa con un periodo de purificación. Esta celebración fue asimilada por el catolicismo, que, al llegar a la región andina, la asoció y superpuso con expresiones de origen prehispánico ligadas al ciclo agrícola. De esta manera, hasta el día de hoy los carnavales tienen como trasfondo, en las comunidades andinas, la celebración de la fertilidad. Su realización coincide con el periodo de mayor intensidad de las lluvias y la maduración de las siembras;
Que, al igual que sucede con el carnaval, la danza Charicamay constituye un espacio de juego entre hombres y mujeres jóvenes. Ellos constituyen el cuerpo principal de danzantes y juegan entre sí echándose talco, a la par que entonan letras jocosas. De acuerdo a quienes practican esta danza, el término “charicamay” es un vocablo quechua que significa “agárrame, nombre que hace referencia a cómo estos jóvenes bailan uno detrás del otro, sujetándose entre sí de la cintura. Esta manera de bailar constituye una característica distintiva de la danza, al igual que el uso de una bandera del Perú por cada comparsa de danzantes. Algunos portadores indican que el símbolo patrio se incorporó a la danza después del reconocimiento de Chacayán como distrito, en 1825. Su centralidad habría aumentado como resultado de la resistencia que opuso la población de Chacayán y San Miguel de Cuchis al ejército chileno, cuando éste ocupó la vecina población de Vilcabamba, en el año de 1881;
Que, la festividad de carnavales y las comparsas son organizadas por los regidores, autoridades de mayor rango entre aquellas que la población local identifica como varayoq. Este término hace referencia a un sistema local de autoridades que tiene su origen en la estructura de cabildos coloniales de indios, y cuyo atributo distintivo es una larga vara de madera. En la localidad de Chacayán, el juez de paz designa anualmente a un regidor por cada barrio entre los comuneros varones mayores de 35 años. Las personas designadas asumen el cargo junto a sus esposas, que pasan a ser llamadas regidoras;
Que, para llevar a cabo la celebración de carnavales, los organizadores solicitan el apoyo de sus familiares en reuniones realizadas con uno o dos meses de anticipación. En ellas también designan a un capataz, un iquiño, un botegero y un montañero. El primero será el encargado de coordinar la preparación y provisión de comida y bebida durante la fiesta, el segundo se encarga de repartir aguardiente, el tercero de repartir la chicha de jora, y el cuarto de repartir hojas de coca y cigarros. En conjunto, capataces e iquiños invitan al resto de miembros de la comparsa de Charicamay. Para garantizar el apoyo de sus familiares y amigos, los regidores hacen uso de vínculos, los que muchas veces toman la forma de relaciones de ayuda mutua como el waje-waje y la aychama. Esta clase de figuras son características de la reciprocidad andina, y su origen es anterior a la llegada de los españoles;
Que, el cuerpo principal de una comparsa o cuadrilla de Charicamay está compuesto por cinco o más danzantes, normalmente jóvenes. Los encabeza un olgo huaylash (varón danzante), personaje masculino que suele llevar un vestuario consistente en un par de shukuy u ojotas de cuero de vacuno o camélido. En la parte inferior del cuerpo llevan calcetines blancos y negros tejidos con lana de ovino, medias hechas en base a hilo de algodón con representaciones de animales y plantas, entre otras figuras; un calzoncillo de bayeta blanca y un calzonazo o pantalón corto negro de cordellate forrado en su interior con tela de algodón o bayeta. Además, el olgo huaylash lleva una camisa hecha de bayeta, encima de la cual lleva manguillas adornadas que cubren el antebrazo y un chaleco de bayeta blanca por detrás y cordellate negro por delante. Encima de todo esto, lleva un poncho de bayeta color marrón, el cual es amarrado en la cintura y ajustado con ayuda de un wachuco o faja de lana elaborada a base de lana de ovino y adornada con figuras geométricas. Adicionalmente, este personaje lleva un sombrero negro adornado con flores y una bandera peruana o de color entero (blanco en San Miguel de Cuchis) con una asta adornada con flores de maíz, ramas de cedrón y serpentinas;
Que, detrás del olgo huaylash se colocan al menos cuatro warmi huaylash (damas danzantes) mujeres jóvenes solteras. Su vestuario comprende un ruripas o fustán de bayeta negro, teñido con anilina verde limón, rosado, amarillo o guinda; encima de este visten falda de bayeta y una munilla o blusa de color rojo, rosado, amarillo o verde limón; sujetas con un wachuco o faja y una wachaca o faja secundaria. Asimismo, llevan puestos zapatos negros, un sombrero negro de paño adornado con flores, y sobre la espalda una mantilla o pulla cata elaborada con tela de castilla y adornada con ribetes especiales. En la cintura, las warmi huaylash llevan un pañuelo grande de colores vivos del cual se deben agarrar otros danzantes durante el baile. Del mismo modo, llevan amarrado en la muñeca un pañuelo más pequeño denominado para el watamano, el mismo que es puesto a las autoridades el día domingo de carnaval;
Que, el cuerpo principal de danzantes es acompañado por otros personajes que forman parte de la comparsa. Los regidores se hacen presentes vistiendo camisa, terno y sombrero negro de paño. Llevan cruzado desde el hombro hasta la cintura un poncho similar al del olgo huaylash, y un walqui hecho de piel de res adornado con alhajas. Portan una vara de más de metro y medio de alto que representa su autoridad como varayoq, y que es bendecida por el párroco el día en que asumen el cargo. Las regidoras, por su parte, visten igual que las warmi huaylash, llevando además un frasco, un chicutillo o látigo de tres puntas, un pañuelo grande amarrado a la cintura donde coloca talco y serpentina además de un cacho o bando de alhajas, elaborado con monedas de plata blanca, en el que se guarda aguardiente o cañazo;
Que, también forman parte de la comparsa las mayorasas, mujeres mayores que acompañan a la regidora y se visten igual que ésta, excepto por una botella de coctel que llevan en vez del cacho. En Chacayán, a la comparsa se suma un chuto durante el yupanakuy del domingo de carnaval, personaje satírico que representa a los arrieros que antaño llegaban a la zona para vender o intercambiar frutas traídas de la parte baja de la quebrada de Chaupihuaranga. Hoy en día, los chutos usan una máscara hecha con cuero de chivo. El resto del cuero del animal es utilizado en la delantera del danzante, que le cubre desde el pecho hasta por debajo de las rodillas. Adicionalmente, llevan un sombrero de paja y un zumbador o látigo de cuero de res. En la danza, los chutos arrean un burro, adornado con serpentinas y un bozal hecho con flores. Sobre su lomo, el animal carga una bandera del Perú y canastas con frutas. Se debe tener en cuenta que, según la población de Chacayán, la vestimenta del olgo huaylash y la warmi huaylash (por ende, también la de mayorasas y regidoras) se asemeja a ropa de uso cotidiano utilizada en la localidad hasta mediados del siglo XX;
Que, la coreografía de la danza Charicamay presenta movimientos cadenciosos al ritmo de la música. El cuerpo principal de danzantes se organiza conformando una o más columnas encabezadas por un olgo huaylash, detrás del cual se ubican las warmi huaylash. La primera de ellas se debe sujetar del poncho del varón, mientras que el resto se sujetan del pañuelo de la danzante ubicada en su delante. El olgo huaylash se mueve hacia adelante o hacia los costados, en zig zag. El chuto se ubica por delante del cuerpo principal de danzantes, abriéndoles paso con ayuda de su zumbador. Junto a todos ellos se encuentran los regidores, regidoras y mayorasas. Estas últimas agitan el chicutillo en el aire al ritmo de la música, usándolo ocasionalmente para poner orden. También ofrecen bebidas a danzantes y espectadores. En conjunto, los danzantes amenizan la fiesta tirando harina y talco a todos los asistentes;
Que, las melodías que acompañan a la danza Charicamay solían ser ejecutadas por arpistas y violinistas. Hoy en día, su ejecución suele recaer en bandas u orquestas típicas con saxofones, clarinetes, arpas e instrumentos de percusión. La música es acompañada por estrofas definidas de cánticos en quechua, entonadas por los danzantes en momentos específicos del carnaval. En el distrito de Chacayán, durante el apakuy del domingo de carnaval se cantan estrofas en las que se alude de forma jocosa al juez de paz. Al día siguiente, las letras cantadas hacen referencia al triunfo y la persecución de la bandera. Finalmente, el día martes los cantos son más melancólicos, haciendo referencia a la soledad que se siente tras el fallecimiento de los padres. Adicionalmente, algunos cantos hacen referencia de forma jocosa a la soltería. En San Miguel de Cuchis, todas estas letras son cantadas el día lunes de carnaval;
Que, la transmisión de la danza de generación en generación se realiza principalmente en el ámbito familiar y por observación durante la fiesta del carnaval. Debido a la importancia y al prestigio que esta práctica tiene para la población de Chacayán, Mito y San Miguel de Cuchis, ocasionalmente la danza también es ejecutada en otros contextos festivos y eventos que se realizan en otras localidades. Como resultado, comparsas del Charicamay han ganado concursos a nivel regional desde la década de 1970;
Que, el carnaval, principal contexto de ejecución del Charicamay, se lleva a cabo entre los días sábado y miércoles, presentando ligeras variaciones entre el distrito de Chacayán y el centro poblado San Miguel de Cuchis. El día sábado es denominado víspera. En Chacayán y Mito se realiza el pishtapakuy (preparación de ganado para consumo), el mutilushti (pelado de maíz blanco), la preparación de panes (pan chacayano y de maíz, wawas, urpay, bizcochuelo) y ponches para la fiesta. Con la llegada de su orquesta respectiva, cada comparsa de Charicamay da una vuelta por la calle principal, tras lo cual se da inicio al chacchapackuy y la ceremonia del umantacay. Luego, tanto en Chacayán como San Miguel de Cuchis se hace el pago u ofrenda al tayta jirca, consistente en aguardiente, coca, cigarro, golosinas y algunas frutas como agradecimiento por la protección de los ganados;
Que, en Chacayán y Mito, el día domingo de carnaval inicia con la realización del yupanakuy. Las comparsas de Charicamay, reunidas desde muy temprano, visitan a sus respectivos bailantes. A partir de las ocho, los conducen hacia la casa de los regidores. Acto seguido, cada comparsa sale bailando en pasacalle y da una vuelta a la plaza, tras lo cual se dirigen a una capilla (en el pueblo y comunidad campesina de Chacayán, las comparsas pertenecientes al Barrio Arriba (Huanca e Ihucán) se dirigen a la capilla ubicada en un lugar denominado Cruz Jirca, mientras que aquellas que conforman el Barrio Abajo (Allaucán y Chaupis) se trasladan a la capilla de San Antonio) para realizar una mesa u ofrenda a la Pachamama. En paralelo a esta ceremonia ritual, a la que son invitadas las autoridades locales, las comparsas bailan el Charicamay y se realiza el trenzado de la vara de los alguaciles (autoridades varayoq de menor rango). Por la tarde, las comparsas se dirigen a la casa del juez de paz para dar inicio al apakuy, acto en el cual cada regidor ofrece a dicha autoridad una variedad de platillos. En este lugar también se interpreta la melodía denominada cashua, luego de lo cual las jóvenes solteras colocan sus pañuelos o watamanos en el cuello del juez de paz y los varones le colocan sus watamanos a la esposa del juez de paz, siendo retribuidos con golosinas y frutas. Posteriormente, las comparsas de Charicamay se dirigen a las viviendas de sus respectivos regidores para almorzar. En San Miguel de Cuchis, este día no se celebra el yupanakuy, sino el señalakuy y la tinyapada. En estas ceremonias, acompañadas por canciones interpretadas con una tinya, se pinta y marca con un corte en la oreja al ganado vacuno. Durante la tarde llega al pueblo la orquesta;
Que, el tercer día de celebración corresponde al lunes de carnaval. En el transcurso del día, las comparsas bailan constantemente el Charicamay. Asimismo, en Chacayán y Mito el juez de paz invita desayuno y almuerzo a los participantes de la fiesta, como agradecimiento por la visita realizada el día anterior. En San Miguel de Cuchis, el día inicia con una visita de los alguaciles (cargo asumido por niños) a sus respectivos regidores, tras lo cual las autoridades se dirigen a la casa del alcalde de campo. Tras visitar a las principales autoridades del centro poblado, las comparsas bailan por las calles del pueblo;
Que, la celebración concluye en Chacayán y Mito el día martes de carnaval. Durante la mañana, las comparsas se reúnen para luego dirigirse hacia la plaza. Los familiares de cada regidor realizan el invitakuy, ofreciendo bebidas para el brindis. Hacia el mediodía, cada comparsa regresa a la vivienda del organizador, donde éste les agasaja y hace entrega de las huallgapas, panes de trigo con diferentes formas ensartados en una pita junto con frutas (manzana, lima y naranja), verduras y otros objetos. Asimismo, quienes cumplieron como servicio de cada regidor son retribuidos con ollas, frazadas, entre otros. Con las huallgapas colgadas, los participantes de las comparsas salen en pasacalle a la plaza para realizar el despacho, en el que las bandas de músicos interpretan melodías melancólicas. La celebración termina con la visita nocturna de los regidores a los campos, autoridades varayoq que vigilan las sementeras. En San Miguel de Cuchis y Mito, además, se realiza un cortamonte y torneo de cintas. En esta localidad, el día miércoles de ceniza las autoridades varayoq y sus familiares se reúnen para evaluar la forma en que se realizó la celebración;
Que, la danza Charicamay de la provincia de Daniel Alcides Carrión refleja un complejo simbolismo que se relaciona con elementos de las vivencias cotidianas y de la historia de los pueblos que la practican. Su práctica en fechas específicas del año, antecedida por la ofrenda al tayta jirca, así como durante la mesa del domingo del carnaval, refleja el estrecho vínculo entre la danza, el calendario agrícola local y, por ende, las prácticas productivas agrícolas y ganaderas. Del mismo modo, evidencia la relación entre los danzantes y su entorno geográfico, en el cual se manifiestan entidades como la Pachamama y el tayta jirca que, de acuerdo a la cosmovisión local, tendrían la capacidad de actuar sobre la vida del ser humano. A través de la práctica del Charicamay y del juego intrínseco a ella, se establecen nuevos vínculos entre hombres y mujeres jóvenes, pero también se reproducen vínculos previamente existentes entre familiares y la población en general, por un lado, y autoridades varayoq tradicionales, por el otro;
Que, conjuntamente con las referencias citadas en el Informe Nº 000297-2021- DPI/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial se detallan las características, la importancia, el valor, alcance y significado de la danza Charicamay de la provincia de Daniel Alcides Carrión, departamento de Pasco; motivo por el cual, dicho informe constituye parte integrante de la presente resolución conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 338-2015-MC, se aprobó la Directiva Nº 003-2015-MC, Declaratoria de las Manifestaciones del Patrimonio Cultural de la Nación y Declaratoria de Interés Cultural, en la que se establecen los lineamientos y normas para la tramitación del expediente de declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial, correspondiendo al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales declarar las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación; así como su publicación en el diario oficial “El Peruano”;
Con la visación de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modificatorias; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modificatoria; el Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva Nº 003-2015-MC, aprobada por Resolución Ministerial Nº 338-2015-MC;
SE RESUELVE:
Artículo 1. Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la danza Charicamay de la provincia de Daniel Alcides Carrión, departamento de Pasco, práctica cultural en cuya representación se entrelazan múltiples aspectos tales como la veneración de las divinidades tutelares, la organización en autoridades varayoq, el uso simbólico de la bandera del Perú como muestra de patriotismo, el calendario agrícola, y la evocación de la memoria colectiva local a través de aspectos como la vestimenta y el arrieraje que marcaron la vida cotidiana hasta mediados del siglo XX; todo lo cual confiere un alto valor identitario para los habitantes y residentes de las comunidades de Mito y Espíritu Santo de Chacayán, en el distrito de Chacayán, y del centro poblado de San Miguel de Cuchis, en el distrito de Vilcabamba, permitiéndoles reproducir y fortalecer los vínculos con su cosmovisión y tradición oral.
Artículo 2. Encargar a la Dirección de Patrimonio Inmaterial en coordinación con la Dirección Desconcentrada de Cultura de Pasco y la comunidad de portadores, la elaboración cada cinco (5) años de un informe detallado sobre el estado de la expresión declarada, de modo que el registro institucional pueda ser actualizado en cuanto a los cambios producidos en la manifestación, los riesgos que pudiesen surgir en su vigencia, y otros aspectos relevantes, a efectos de realizar el seguimiento institucional de su desenvolvimiento y salvaguardia, de ser el caso.
Artículo 3. Disponer la publicación de la presente Resolución Viceministerial en el diario oficial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), conjuntamente con el Informe Nº 000297-2021- DPI/MC.
Artículo 4. Notificar la presente resolución y el Informe Nº 000297-2021-DPI/MC a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Pasco, a la Municipalidad Distrital de Chacayán, a la Municipalidad Distrital de Vilcabamba, a la Junta Directiva de la Comunidad Campesina de Espíritu Santo de Chacayán, a la Junta Directiva de la Comunidad Campesina de Mito, y a la Municipalidad del Centro Poblado de San Miguel de Cuchis para los fines consiguientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA
Viceministra de Patrimonio Cultural
e Industrias Culturales
1965389-1