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Fecha de publicación: 21/10/2021
Designan temporalmente Secretario Técnico de la Comisión Nacional constituida por el D.S. Nº 039-2001-ED

Aprueban Reglamento Interno que regula el funcionamiento de la Red Regional de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región Arequipa

ORDENANZA REGIONAL

Nº 466-AREQUIPA

El Consejo Regional de Arequipa

Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:

Que, por las consideraciones expuestas en la exposición de motivos, y al amparo de la Ley N. 27783 / Ley de Bases de la Descentralización; Ley N. 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; y en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nº 010 – AREQUIPA y la Ordenanza Regional Nº 154 – AREQUIPA y sus modificatorias dispuestas por Ordenanzas Regionales Nº 301-AREQUIPA, Nº 342-AREQUIPA, Nº 392-AREQUIPA, Nº 393-AREQUIPA y Nº 403-AREQUIPA.

SE HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA:

ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA REGLAMENTO INTERNO QUE REGULA EL FUNCIONAMIENTO DE LA RED REGIONAL

DE MUJERES EMPRENDEDORAS Y

EMPRESARIAS DE LA REGIÓN AREQUIPA

Artículo 1°.- De la Aprobación

APRUÉBASE el Reglamento Interno que regula el funcionamiento de la Red Regional de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región Arequipa, el mismo que consta de 07 títulos, 22 artículos y 03 disposiciones complementarias finales, que forma parte integral de la presente en anexo.

Artículo 2°.– De su Cumplimiento

ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social, su debido cumplimiento de acuerdo a Ley.

Artículo 3°.– Vigencia Normativa

La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Artículo 4°.– DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano”, en el Diario de Avisos Judiciales de la Región y en la página web del Gobierno Regional de Arequipa, de conformidad con lo regulado en el artículo 9 del D.S. N° 001-2009-JUS.

Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación.

En Arequipa, a los cinco días del mes de octubre del 2021.

SANTIAGO NEYRA ALMENARA

Presidente del Consejo Regional de Arequipa

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los dieciocho días del mes de octubre del dos mil veintiuno.

ELMER CÁCERES LLICA

Gobernador del Gobierno Regional de Arequipa

2002878-1