Aprueban la Directiva N° 003-2022-MTC/18 “Reglas de Negocio Destinadas a Evitar Conductas Fraudulentas para la Obtención de las Licencias de Conducir”
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
N° 10-2022-MTC/18
Lima, 27 de julio de 2022
VISTO:
El Informe N° 0324-2022-MTC/17.03 de la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes; el Informe N° 0851-2022-MTC/23.01 de la Oficina de Desarrollo Tecnológico y Digital de la Oficina General de Tecnología de la Información; y el Informe N° 1158-2022-MTC/18.01 de la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, asumiendo, entre otras, competencias normativas;
Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 1 del Reglamento Nacional del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2016-MTC, este tiene como objeto, entre otros, establecer las disposiciones que regulan la gestión integrada, estandarizada y homogénea del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir vehículos de transporte terrestre; así como, regular el proceso de otorgamiento de las licencias de conducir, que comprende las fases de evaluación médica y psicológica, formación, evaluación de conocimientos y habilidades en la conducción, y el procedimiento de otorgamiento de la licencia de conducir;
Que, mediante la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 012-2022-MTC, que modifica el Reglamento citado en el considerando anterior, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 28 de junio de 2022; se establece que en el plazo máximo de veinte (20) días hábiles, contados de la publicación de dicho Decreto Supremo, a propuesta de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes y de la Oficina General de Tecnología de la Información del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal emite la Resolución Directoral que establece las reglas de negocio destinadas a evitar conductas fraudulentas para la obtención de las licencias de conducir;
Que, al respecto, los Informes N° 0324-2022-MTC/17.03 y N° 0851-2022-MTC/23.01, formulados por la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes, y por la Oficina de Desarrollo Tecnológico y Digital de la Oficina General de Tecnología de la Información, respectivamente, comprenden la propuesta de reglas de negocio destinadas a evitar conductas fraudulentas para la obtención de las licencias de conducir, la cual ha sido elaborada de manera coordinada entre ambos órganos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
Que, mediante Informe N° 1158-2022-MTC/18.01, emitido por la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, se consolida y propone establecer las reglas de negocio destinadas a evitar conductas fraudulentas para la obtención de las licencias de conducir, de acuerdo a lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 012-2022-MTC;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y en el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01;
SE RESUELVE:
Artículo 1. Aprobar la Directiva N° 003-2022-MTC/18 “Reglas de Negocio Destinadas a Evitar Conductas Fraudulentas para la Obtención de las Licencias de Conducir”, la cual forma parte integrante de la presente Resolución Directoral.
Artículo 2. La Directiva aprobada mediante el artículo precedente, entra en vigencia a los cuarenta (40) días hábiles contados desde la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo 3. Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral y la Directiva aprobada en su artículo 1, en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la presente norma en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LENIN ABRAHAM CHECCO CHAUCA
Director General
Dirección General de Políticas y Regulación en
Transporte Multimodal
2090852-1