Aprueban la creación de la Red Regional de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región Junín
ORDENANZA REGIONAL
Nº 349-GRJ/CR
POR CUANTO:
El Consejo Regional de Junín en Sesión Ordinaria celebrada a los 20 días del mes de julio de 2021, en la Sala de Sesiones Virtual de la Sede del Gobierno Regional Junín, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales vigente; y demás Normas Complementarias.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú de 1993 en su artículo 1º “establece que la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y el Estado”. Asimismo, en el inciso 2 del artículo 2º garantiza que toda persona tiene derecho y la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier índole. Además, en su artículo 59º establece que el rol económico del Estado es “brindar oportunidades de superación a los sectores que sufren cualquier desigualdad; en tal sentido promueve las pequeñas empresas en todas sus modalidades”. Continuando en el mismo marco normativo, en su artículo 191º establece la autonomía política, económica y administrativa de los Gobiernos Regionales, en los asuntos de su competencia;
Que, la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización señala en su artículo 192, que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo y son competentes para dictar las normas inherentes a la gestión regional.
Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales en su artículo 4º, establece que la finalidad esencial de los Gobiernos Regionales es garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo. Asimismo, en su artículo 6º establece que, el desarrollo regional comprende la aplicación coherente y eficaz de las políticas e instrumentos de desarrollo económico social, poblacional, cultural y ambiental a través de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento económico, armonizado con la dinámica demográfica, el desarrollo social equitativo y la conservación de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional, orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres en igualdad de oportunidades. Continuando en el mismo marco normativo, en el artículo 10º, norma la competencias exclusivas y compartidas establecidas en la Constitución y la Ley de Bases de la Descentralización, así como en los literales siguientes: f) Promover la formación de empresas y unidades económicas regionales para concertar sistemas productivos y de servicios, g) Facilitar los procesos orientados a los mercados Internacionales para la agricultura, la agroindustria, la artesanía, la actividad forestal y otros sectores productivos, de acuerdo a sus potencialidades, h) Desarrollar circuitos turísticos que puedan convertirse en ejes de desarrollo e i) Concretar acuerdos con otras Regiones para el fomento del desarrollo económico, social y ambiental. De la misma manera, en el literal a) del artículo 15º, señala que: “Es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar, o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional”.
Que, la Ley Nº 28983 Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, en sus artículos 1º Del Objeto y ámbito de Aplicación de la Ley; establece el marco Normativo, Institucional y de políticas públicas en los ámbitos nacional, regional y local, para garantizar a mujeres y hombres el ejercicio de sus derechos a la igualdad, dignidad, libre desarrollo, bienestar y autonomía, impidiendo la discriminación en todas las esferas de su vida, pública y privada, proponiendo a la plena igualdad. En su artículo 6º, establece los Lineamientos que deben de adoptar el Poder Ejecutivo, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales en todos los sectores adoptar políticas, planes y programas integrando los Principios de la Ley de manera Transversal, para fomentar el acceso a recursos productivos, financieros, científico-tecnológicos y de créditos para la producción y titulación de tierras, particularmente a las mujeres en situación de pobreza, teniendo en cuenta la diversidad geográfica, étnico-cultural, lingüística y las zonas afectadas por la violencia política, como es el caso de la Región Junín.
Que, de conformidad al Decreto Supremo Nº 013-2013-PRODUCE se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial, cuyo artículo 2º, establece como Política Estatal que “El Estado promueve un entorno favorable para la creación, formalización, desarrollo y competitividad de las MyPE y el apoyo a los nuevos emprendimientos a través de los Gobiernos Nacional, Regionales y Locales; y establece un marco legal e incentiva la inversión privada, generando o promoviendo una oferta de servicios empresariales destinados a mejorar los niveles de organización, administración, tecnificación y articulación productiva y comercial de la MyPE, estableciendo políticas que permitan la organización y asociación empresarial para el crecimiento económico con empleo sostenible.
Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2019-MIMP se aprueba la Política Nacional de Igualdad de Género cuyo artículo 2º del ámbito de aplicación establece que es de aplicación inmediata para todas las entidades de la administración pública señaladas en la Artículo 1º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, en el marco de sus competencias.
Que, la Organización de las Naciones Unidas en su reconocimiento sobre la igualdad de género reconoce que es un derecho fundamental y propuso como uno de los Objetivos de Desarrollo Sostenible “Lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y niñas”, esto significa que es necesario facilitar mediante diversos mecanismos el acceso a los servicios de salud, trabajo digno, educación y participación en decisiones políticas y económicas a mujeres y niñas, para ello el colectivo o asociativismo de mujeres traen consigo: mujeres con sentido de control personal, con un pensamiento crítico y capacidad reflexiva acerca de su contexto sociopolítico en el que se encuentran, otras ideas con respecto a la participación y organización de las estructuras sociales, el reconocimiento de la importancia de la búsqueda de apoyo social, comunitario e institucional.
Que, a través del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, se cuenta con una estrategia denominada “Redes Regionales de Mujeres Emprendedoras y Empresarias”, que articula con los Gobiernos Regionales en el marco de sus competencias y funciones para desarrollar procesos orientados al empoderamiento y la autonomía económica de las mujeres, promoviendo la generación de servicios, su acceso a herramientas de apoyo a la gestión de los emprendimientos liderados por mujeres y su articulación con actores del ecosistema de negocios. En ese sentido, debemos señalar que las redes de mujeres emprendedoras y empresarias persigue como objetivo fundamental:1) Promover y potenciar el empoderamiento y la Autonomía económica de las mujeres a través de mecanismos de asociatividad, 2) Visibiliza la participación de las mujeres en el desarrollo económico local, 3) Generar herramientas e instrumentos en beneficio de las mujeres, y 4) Contribuir a erradicar la discriminación; en tal manera que, estas contribuirán al fortalecimiento de la autonomía económica de las mujeres en nuestra Región Junín, por lo que es indispensable su implementación como una política pública por parte del Gobierno Regional Junín.
Que, con Oficio Nº 049-2021-GRJ/CR/TEAE, de fecha 09 de junio del 2021, la Consejera de la Provincia de Tarma – Sra. Tatiana Arias Espinoza, pide al Gerente Regional de Desarrollo Social la elaboración del informe técnico que respalde la Ordenanza Regional que aprueba la creación de la Red Regional de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región Junín. Señalando que habiendo participado en la reunión de trabajo para la generación de la Ordenanza Regional que aprueba la creación de la Red Regional de Mujeres emprendedoras y empresarias de la Región Junín y habiendo visto que es de vital importancia para el desarrollo económico y social de este segmento de mujeres.
Que, mediante Informe Técnico Nº 003-2021/GRJ-GRDS/SGDSIO-LMA, de fecha 16 de junio del 2021, la Lic. Luz Manrique Arroyo remite al Sub Gerente Regional de Desarrollo e Igualdad de Oportunidades el informe sobre la conformación de la Red de Mujeres emprendedoras. De esta manera, indica que la Red Regional de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región Junín deberá ser integrada por mujeres emprendedoras y empresarias líderes de asociaciones empresariales y de emprendimiento de la Región Junín, que sean designadas expresamente en cada una de las provincias de la región, para tal efecto deberán conformar redes provinciales de Mujeres emprendedoras y empresarias en cada una de las provincias de la región las cuales designaran a dos representantes para participar en la Red Regional, para tal efecto se establece un periodo de cada dos años contados a partir de la aprobación del documento normativo regional, como plazo para la conformación de las mencionadas redes. En tal sentido, concluye que desde el área técnica de la Sub Gerencia de Igualdad de Oportunidades y responsable de conducir el eje de género a nivel regional, opina favorablemente la conformación de esta Red de Mujeres Empresarias.
Que, con Informe Técnico Nº 005-2021-GRJ-GRDE, de fecha 14 de junio del 2021 el Gerente Regional de Desarrollo Económico – Econ. Herbert Quinte Chávez remite a la Consejera Regional de la Provincia de Tarma – Tatiana Arias Espinoza, el informe técnico de creación de la Red Regional de Mujeres emprendedoras y empresarias de la Región Junín. El cual concluye y recomienda lo siguiente: La Gerencia Regional de Desarrollo Económico, tiene por funciones específicas; de formular, ejecutar y desarrollar las acciones para crear las condiciones necesarias para la inversión productiva en la Región Junín; proponer acciones que impulsen el desarrollo competitivo de las ventajas comparativas existentes en la Región y desarrollar actividades que fomenten la competitividad empresarial, realizando alianzas estratégicas para el desarrollo integral y sostenible en la Región Junín. Asimismo, la Gerencia de Desarrollo Económico, declara que es viable elaborar una Ordenanza Regional para promover el desarrollo a favor de las Mujeres emprendedoras y empresarias de la Región Junín. Por otro lado, recomendamos y sugerimos que se tiene que involucrar a la Gerencia Regional de Desarrollo Social y a la Sub Gerencia de Desarrollo Social; ya que está encargada de conducir las acciones específicas regionales en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades.
Que, con Informe Legal Nº 243-2021-GRJ/ORAJ, de fecha 25 de junio del 2021, la Directora Regional de Asesoría Jurídica – Abg. Silvia Ticze Huamán remite al Gerente General Regional el informe sobre Ordenanza Regional que aprueba la Creación de la Red Regional de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región Junín”. El cual indica dentro del análisis lo siguiente: (…///…) En la Región Junín ha experimentado un crecimiento económico que le ha permitido mejorar la calidad de vida y las oportunidades de sus habitantes, sin embargo, la persistencia de múltiples desigualdades entre mujeres y hombres, constituyen el urgente desafío para su desarrollo sostenible, puesto que, las brechas de genero existentes (empleo, ingresos, uso del tiempo, participación entre otras), hacen imprescindible la implantación de una política pública que desde un enfoque multisectorial y de género, aborde las principales casusas de la discriminación y la desigualdad que afecta principalmente a las mujeres, quienes viven con un limitado ejercicio de sus derechos fundamentales y oportunidades de desarrollo, situación que requiere de una decidida intervención desde el Estado para impedir su sistemática reproducción social y trasmisión intergeneracional. En ese sentido, las Redes de Mujeres Emprendedoras y Empresarias persigue como objetivo fundamental: 1) Promover y potenciar el empoderamiento y la autonomía económica de las mujeres a través del mecanismo de asociatividad, 2) Visibilizar la participación de las mujeres en el desarrollo económico local, 3) General herramientas e instrumentos en beneficio de las mujeres, y 4) Contribuir a erradicar la discriminación; de tal manera que, estas contribuirán al fortalecimiento de la autonomía económica de las mujeres en nuestra Región Junín, por lo que es indispensable su implementación como una política pública por parte del Gobierno Regional Junín.Finalmente, concluye, indicando que por los fundamentos expuestos, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica emite opinión legal de acuerdo a lo siguiente: 1) Es Procedente la aprobación de la Ordenanza Regional que apruebe “Creación de la Red Regional de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región Junín”, de conformidad a los fundamentos expuestos. Asimismo, elevar al Consejo Regional del Gobierno Regional Junín para la prosecución de su trámite respectivo, conforme a sus competencias contenidas en el artículo 15º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
Que, con Oficio Nº 055-2021-GRJ-CR/TAEA, de fecha 02 de julio del 2021, la Consejera Regional de la Provincia de Tarma – Sra. Tatiana Arias Espinoza remite documento a la Consejera Delegada solicitando emitan Ordenanza Regional que crea la Red de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región Junín como mecanismo que promueve la autonomía económica de las mujeres, generación de servicios y herramientas de apoyo a la gestión de emprendimientos liderados por mujeres y su articulación con mercados nacionales e internacionales.
Que, de conformidad con las atribuciones conferidas y establecidas en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, contando con el Dictamen Nº 001-2021-GRJ-CR/CPDEPITyPE de la Comisión Permanente de Desarrollo Económico, Promoción de Inversión y Trabajo y Promoción del Empleo, en concordancia con su Reglamento Interno, ha aprobado por UNANIMIDAD lo siguiente:
“ORDENANZA REGIONAL QUE CREA LA RED DE MUJERES EMPRENDEDORAS Y EMPRESARIAS DE LA REGIÓN JUNÍN COMO MECANISMO QUE PROMUEVE LA AUTONOMÍA ECONÓMICA DE LAS MUJERES, GENERACIÓN DE SERVICIOS Y HERRAMIENTAS DE APOYO A LA GESTIÓN DE EMPRENDIMIENTOS LIDERADOS POR MUJERES Y SU ARTICULACIÓN CON MERCADOS NACIONALES E INTERNACIONALES”
ACUERDA:
Artículo Primero: APROBAR, la creación de la Red Regional de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región Junín, como un mecanismo que impulsa la asociatividad de organizaciones de mujeres emprendedoras y empresarias; que tiene como propósito promover:
- El empoderamiento y la autonomía económica de las mujeres,
- La generación de servicios y herramientas de apoyo a la gestión de emprendimientos liderados por mujeres,
- La articulación de dichos emprendimientos con servicios, programas y proyectos del estado vinculados al fomento y desarrollo empresarial
- El encadenamiento productivo y comercial en mercados nacionales e internacionales en coordinación con las entidades públicas y privadas competentes.
Artículo Segundo.- DISPONER, que la Red Regional de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región Junín. deberá ser integrada por mujeres Emprendedoras y Empresarias líderes de asociaciones empresariales y de emprendimiento de la Región Junín que sean designadas expresamente en cada una de las provincias de la Región, para tal efecto se deberán conformar redes provinciales de Mujeres Emprendedoras y Empresarias en cada una de las provincias de la región las cuales tendrán que estar organizadas y conformar su Junta Directiva (Presidenta, Vicepresidenta, Secretaria, Vocal 1 y Vocal 2) dicha junta tendrá que ser renovada cada 2 años; las cuales designarán a la representante para participar en la Red Regional, para tal efecto se establece un período de un año contados a partir de la aprobación de la presente ordenanza como plazo para la conformación de las mencionadas redes, para tal efecto se encarga a la Gerencia de Desarrollo Económico, la realización de las acciones conducentes a dicha conformación, los avances sobre este encargo serán reportados trimestralmente al Consejo Regional de Junín.
Artículo Tercero.- Son funciones de la Red Regional de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la región Junín:
- Elaborar un Programa Anual de capacitación para el desarrollo de emprendimientos económicos liderados por mujeres y gestión empresarial.
- Promover y difundir los derechos económicos de las mujeres, para su empoderamiento y autonomía económica, visibilizando su participación en el desarrollo económico Regional y Local.
- Coordinar y concertar con la mesa Multiactor acciones de capacitación, asistencia técnica, educación financiera, acceso a servicios financieros, acceso a nuevos nichos de mercado regional, nacional e internacional.
- Solicitar a la mesa Multiactor la creación e implementación de un sistema de información de la oferta y demanda de productos, bienes y servicio en el mercado regional y nacional.
- Congregar a las representantes de las Redes Provinciales de Emprendedoras y Empresarias de la Región Junín Existentes y Acreditadas.
- Tener participación y representación activa en los espacios participativos de toma de decisiones a nivel regional.
- Otras funciones que se considere necesarias para el empoderamiento y autonomía económica de las mujeres.
Artículo Cuarto.- CREÁSE, La Mesa Multiactor de la Red Regional de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región Junín, adscrita a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, como un espacio técnico responsable de:
- Generar los instrumentos, programas, planes, proyectos y/o actividades necesarias que respondan a las necesidades planteadas por la Red Regional de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región Junín.
- Promover, desarrollar y fomentar la sostenibilidad de la Red Regional de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región Junín.
- Brindar soporte técnico para facilitar, servicios de capacitación y asistencia técnica para la gestión y desarrollo empresarial, flujo de información de la demanda de mercado y gestión de recursos financieros para el apalancamiento de proyectos orientados al empoderamiento y autonomía económica de las mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región Junín.
Artículo Quinto.- La Mesa Multiactor de la Red Regional de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región Junín estará conformada por:
1. PRESIDENTE: Gerente/a Regional de Desarrollo Económico.
2. VICEPRESIDENTE: Gerente/a Regional de Desarrollo Social
3. SECRETARIA TECNICA: Representante de la Dirección Regional de Producción
4. MIEMBROS:
- Presidenta/e de la Comisión Permanente de la Mujer y Derechos Humanos del Consejo Regional de Junín
- Un Representante de la Dirección Regional de Producción
- Un representante de la Dirección Regional de Turismo
- Un Representante de la Dirección Regional de Agricultura
- Un Representante del Ministerio de la Mujer en la Región Junín
- Un Representante de la Mesa de Concertación de la Lucha contra la Pobreza de la Región Junín
- Un Representante de la Cámara de Comercio de Junín
- Un representante por cada una de las universidades privadas o públicas de la Región Junín
- Un representante del Ministerio de Justicia
- Un representante de la Fiscalía
- Una representante de la Red Regional de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la región Junín por cada una de las provincias
- U otro representante que crea conveniente la Presidencia para mejorar los trabajos que tenga que realizar la Mesa Multiactor.
Artículo Sexto.- SON FUNCIONES DE LA MESA MULTIACTOR.
1. Apoyar el crecimiento del empresariado liderado por mujeres ofreciendo herramientas y recursos destinados a consolidar la red de mujeres emprendedoras y empresarias, generando oportunidades de participación en mercados, regionales, nacionales e internacionales, declarando que la igualdad es buena para los negocios.
2. Impulsar y acompañar los procesos de creación, crecimiento y consolidación de emprendimientos económicos liderados por mujeres, ofertando conocimientos especializados para la gestión de sus empresas, mediante planes de negocio, registrar sus marcas, y gestionar recursos financieros.
3. Favorecer a aquellas mujeres emprendedoras y empresarias que, por falta de orientación no acceden a nichos de mercados en procura de convertirse en líderes de su sector.
4. Promover y gestionar mejor acceso a mercados y redes que permiten potenciar las empresas lideradas por mujeres ofreciendo información sobre servicios financieros y no financieros.
5. Formular, en base a las recomendaciones de la Red de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región Junín un plan de acción para el funcionamiento, fortalecimiento y sostenibilidad de los emprendimientos y empresas liderados por mujeres de la Región Junín
6. Promover la formalización de emprendimientos empresariales liderados por mujeres, en coordinación con las instancias públicas y privadas correspondientes.
7. Coordinar y concertar con otras instancias, servicios de capacitación, asistencia técnica, educación financiera, acceso a servicios financieros, acceso a nuevos nichos de mercado regional, nacional e internacional.
8. Crear e implementar un sistema de información de la oferta y demanda de productos, bienes y servicios en el mercado regional y nacional.
9. Elaborar un programa anual de capacitación para el desarrollo de emprendimientos económicos liderados por mujeres y gestión empresarial.
10. Elaborar un informe anual de cumplimiento el cual debe ser elevado al consejo Regional de Junín el 19 de noviembre de cada año, con ocasión de conmemorarse el Día Internacional de la Mujer Emprendedora.
11. Otras funciones que se considere necesarias para el empoderamiento y autonomía económica de las mujeres.
Artículo Séptimo.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico realizar las acciones siguientes:
1. Facilitar los procedimientos y espacios para la designación de los miembros de la red de mujeres emprendedoras y empresarias, así como la conformación de la Mesa Multiactor.
2. Realizar seguimiento a las acciones de la Red Regional de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la región Junín
3. Crear un registro de las Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región Junín a fin de recoger las demandas y necesidades de las mujeres emprendedoras y empresarias, así como fuente de información para la construcción del análisis de brechas de género en la región.
4. Promocionar y potenciar la creación de redes de mujeres emprendedoras y empresarias a nivel provincial y distrital en el ámbito de la región Junín.
5. Garantizar, monitorear y evaluar, el cumplimiento del plan de acción de la Mesa Multiactor
6. Elaborar y facilitar, la formulación del reglamento interno de la red de mujeres emprendedoras y empresarias de la región Junín, en un plazo de 30 días después de haberse aprobado la presente ordenanza.
7. Implementar y cumplir la presente Ordenanza Regional.
Artículo Octavo.- RECOMENDAR, al Gobernador Regional del Gobierno Regional de Junín para que a través de sus órganos competentes apliquen en forma obligatoria lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional.
Artículo Noveno.- ENCARGAR, a la Secretaria Ejecutiva del Consejo Regional la publicación de la presente Ordenanza Regional en la página web del Gobierno Regional Junín, en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario encargado de los avisos judiciales de la Región Junín.
Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, a los 20 días del mes de julio del 2021.
XIMENA M. LOPEZ CASTRO
Consejera Delegada
Consejo Regional
Por lo tanto:
Mando, comuníquese y cúmplase.
Dado en el Despacho de Gobernación del Gobierno Regional Junín, a los 22 días del mes de julio de 2021.
FERNANDO POOL ORIHUELA ROJAS
Gobernador Regional
2011739-1