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Fecha de publicación: 23/06/2023
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia declarado en la provincia de Zarumilla del departamento de Tumbes; en distritos de las provincias de Sullana, Ayabaca y Huancabamba del departamento de Piura; en distritos de la provincia de San Ignacio del departamento de Cajamarca; en el distrito de El Cenepa de la provincia de Condorcanqui del departamento de Amazonas; en el distrito de Torres Causana de la provincia de Maynas del departamento de Loreto; en la provincia de Tahuamanu del departamento de Madre de Dios y en distritos de las provincias de Tarata y Tacna del departamento de Tacna

Aprueban el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2023”, del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego

Resolución ministerial

N° 0199-2023-MIDAGRI

Lima, 22 de junio de 2023

VISTOS:

El Memorando N° 461-2023-MIDAGRI-DVPSDA, del Despacho Viceministerial de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario; la Nota N° 0082-2023-MIDAGRI-DVPSDA/DGGT-DG de la Dirección General de Gestión Territorial; el Informe N° 0011-2023-MIDAGRI-DVPSDA/DGGT-DAII de la Dirección de Articulación Intersectorial e Intergubernamental, sobre Plan Anual de Transferencia de Competencia Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2023; y el Informe N° 0710 -2023-MIDAGRI-SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 188 de la Constitución Política del Perú, establece que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente del Estado Peruano, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país; se realiza por etapas en forma progresiva y ordenada, conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales;

Que, el artículo 3 de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, señala que la descentralización tiene como finalidad el desarrollo integral, armónico y sostenible del país, mediante la separación de competencias y funciones, y el equilibrado ejercicio del poder por los tres niveles de gobierno, en beneficio de la población;

Que, el artículo 83 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece para asegurar el proceso de transferencia en forma progresiva y ordenada, la constitución de Comisiones Sectoriales de Transferencia, presididas por un Viceministro/a del Sector correspondiente las cuales deben proponer planes anuales de transferencia; para su presentación ante el Consejo Nacional de Descentralización. ahora Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 0617-2014-MINAGRI, se reestructura la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio de Agricultura y Riego ahora Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, encargada de elaborar el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales con el apoyo de la Dirección General de Gestión Territorial del MIDAGRI, en su calidad de Secretaría Técnica;

Que, el literal c) del numeral 6.1 del artículo 6 de la Directiva N° 001-2023-PCM-SD, Directiva para la Formulación de los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales, aprobada por la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 003-2023-PCM/SD, señala que los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales que elabora cada uno de los Sectores y que son remitidos a la Secretaría de Descentralización se aprueban mediante resolución ministerial publicada en el Diario Oficial El Peruano;

Que, mediante Nota N° 0082-2023-MIDAGRI-DVPSDA/DGGT-DG la Dirección General de Gestión Territorial, en su calidad de Secretario Técnico de la Comisión Sectorial propone y sustenta el documento denominado “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2023”, propuesta aprobada según Acta de la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego en sesión de fecha 30 de mayo de 2023, solicitando su aprobación;

Que, en tal sentido, es necesario aprobar el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales 2023” del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego” para contribuir a consolidar el proceso de descentralización;

Con la visación del Viceministro de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario, del Secretario General, del Director General de la Dirección General de Gestión Territorial, de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, del Director General de la Oficina General de Administración, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Director Ejecutivo del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre; y,

De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y su Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por la Resolución Ministerial N° 00080-2021-MIDAGRI;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2023”, del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, el cual forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Gestión Territorial, el seguimiento de las actividades contempladas en el Plan Anual que se aprueba por el artículo precedente, en su calidad de Secretaría Técnica de la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego.

Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial y del Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales 2023” a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines pertinentes.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y del Plan aprobado, en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese

NELLY PAREDES DEL CASTILLO

Ministra de Desarrollo Agrario y Riego

2189606-1